Subsecretaría de Combustibles
GAS NATURAL
Disposición 108/99
Otórgase una excepción a los límites permitidos de
venteo de gas en el pozo exploratorio Volcán Auca Mahuida x-3, ubicado en la
provincia del Neuquén.
Bs. As., 14/9/99
VISTO el
Expediente Nº 750-002972/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución
de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, establece las
normas sobre el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento
integral del recurso, así como las condiciones de excepción a los límites
permitidos de venteo.
Que la empresa
YPF SOCIEDAD ANONIMA presentó a esta Autoridad de Aplicación un pedido de
excepción, a los límites permitidos de venteo de gas, para efectuar obras de
aprovechamiento del gas de venteo en el pozo exploratorio VOLCAN AUCA MAHUIDA
x-3, ubicado en la Provincia del NEUQUEN, acorde a lo que establece la citada
normativa en el punto 5.4.
Que analizada la
presentación desde el punto de vista técnico y normativo corresponde el
otorgamiento de la excepción solicitada.
Que los trabajos
a efectuar redundarán en beneficio de una mejor utilización de la energía
natural del yacimiento, ya que el mismo se encuentra aún en la etapa de
investigación y según su evolución podría modificarse el tipo de desarrollo de
la estructura productiva con pozos de explotación.
Que la aplicación
de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de
1998, así como el otorgamiento de las excepciones previstas en la misma,
justifican el dictado de la presente disposición.
Que la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente
se dicta de acuerdo a las facultades dispuestas en la Resolución de la
SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, en la que se delegó
en esta SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la facultad de otorgar excepciones a los
límites máximos establecidos en el Anexo I de la misma.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE COMBUSTIBLES
DISPONE:
Artículo 1º — Otórgase una excepción, a
los límites permitidos de venteo de gas establecidos en el apartado 5.4. del
Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de
abril de 1998, en el pozo exploratorio VOLCAN AUCA MAHUIDA x-3, ubicado en la
Provincia del NEUQUEN, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo I de la
presente disposición.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J.
Fiandesio.
ANEXO I
EXCEPCION
OTORGADA
Empresa: YPF
SOCIEDAD ANONIMA.
Area/Yacimiento:
POZO VOLCAN AUCA MAHUIDA x-3.
Volumen
autorizado: Hasta SESENTA Y CINCO MIL (65.000) m3/día.
Motivo de la
excepción: Obras de Captación, Compresión y Reinyección.
Plazo de
Excepción: TRES (3) meses.
Vencimiento de la
excepción: 31 de octubre de 1999.
Monto de la
Garantía: CINCUENTA MIL (50.000) DOLARES ESTADOUNIDENSES.
Plazo de la
Garantía: TREINTA (30) días posteriores al vencimiento del período de excepción
(30/ 11/1999).