Secretaría de Industria, Comercio y Minería

 

INDUSTRIA

 

Resolución 693/99

 

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma Chrysler Argentina S.A., que reemplaza y sustituye el que fuera aprobado por Resolución Nº 644/97.

 

Bs. As., 17/9/99

 

VISTO el Expediente Nº 060-007126/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el expediente mencionado en el VISTO la firma CHRYSLER ARGENTINA S.A. presenta, con el objeto de su aprobación, la modificación del plan que oportunamente le fuera aprobado por la Resolución SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 310 de fecha 8 de noviembre de 1996, y posteriormente modificado por la Resolución S.I.C. y M. Nº 644 de fecha 4 de julio de 1997.

 

Que las modificaciones producidas en el mercado automotriz producto de la crisis financiera internacional hacen necesario una adecuación del programa de intercambio original de la firma CHRYSLER ARGENTINA S.A.

 

Que el nuevo plan modifica los montos de las operaciones previstas en el plan original como consecuencia de lo cual a su finalización se prevé el mantenimiento de un saldo positivo significativo.

 

Que , atento a ello, se ha considerado que corresponde aprobar el nuevo plan presentado mediante el dictado de la medida pertinente.

 

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 del Decreto Nº 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma CHRYSLER ARGENTINA S.A. mediante el expediente Nº 060-007126/98, cuyo detalle obra en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 2º — El plan que se aprueba por el artículo primero reemplaza y sustituye al que fuera aprobado por la Resolución S.I.C. y M. Nº 644/97.

 

Art. 3º — Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el artículo 9º del Decreto Nº 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991, modificado por el artículo 4º del Decreto Nº 683 de fecha 6 de mayo de 1994, como así también por los compromisos asumidos por la firma CHRYSLER ARGENTINA S.A. mediante el expediente del VISTO.

 

Art. 4º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de la notificación de la misma a la firma CRHYSLER ARGENTINA S.A.

 

Art. 5º — Notifíquese a la interesada.

 

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Alieto A. Guadagni.

 

ANEXO I A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 693

 

Programa de Intercambio Compensado Chrysler Argentina S.A. 4º Trimestre de 1996 al 3º Trimestre de 1999 (en millones de U$S)

 

AÑO TRIMESTRE

 

TOTAL DEL PROGRAMA

Exportaciones

Exportaciones de vehículos

Exportaciones de Partes (cesión de autopartistas)

20% exportaciones

Cesión de Mercedes Benz Argentina S.A.

Total Exportaciones

 

Inversiones en Bienes de Capital

Incremento sobre las inversiones

Matrices y Prensas

Total Inversiones

 

Total Exportaciones

 

Importaciones

Importación de partes extrazona

Importación de Partes Brasil

Total Importaciones de partes

Importaciones de vehículos extrazonas

Importación de vehículos Brasil

Total Importación de vehículos

Total de importaciones

 

Balanza Comercial Balanza

Comercial Acumulada

 

153,269

2,293

31,112

82,200

268,875

 

36,911

7,099

0,000

44,010

 

312,885

 

 

112,160

2,338

114,498

146,927

15,919

162,846

277, 344

 

35,541

35,541