Ministerio de Economía y Obras y Servicio Públicos

 

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

 

Resolución 1221/99

 

Modificación.

 

Bs. As., 5/10/99

 

VISTO el Expediente Nº 061-006235/99 del Registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a partir del 1 de enero de 1995 se ha constituido el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), por el cual se ha generado la necesidad en los Estados Parte de implementar regímenes especiales a fin de confluir en el mediano plazo a la concreción de la Unión Aduanera.

 

Que entre los mecanismos señalados precedentemente se encuentra el Régimen de Excepciones al Arancel Externo Común (Anexo II del Decreto Nº 998 de fecha 28 de diciembre de 1995), integrado principalmente por productos correspondientes a sectores que se encuentran en procesos de reconversión y cambios estructurales, y por lo tanto, requieren de plazos adicionales que permitan su participación plena en el comercio internacional a niveles competitivos.

 

Que según lo establecido por el Artículo 3º del Decreto Nº 2275 de fecha 23 de diciembre 1994, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS está facultado introducir o retirar productos del Régimen de Excepción y a anticipar el cronograma de desgravación establecido en el Anexo II del mencionado Decreto.

 

Que resulta pertinente modificar el contenido del Régimen de Excepciones al Arancel Externo Común (Anexo II del Decreto Nº 2275/94, modificado por el Decreto 998/95) a través de inclusión de ciertas conservas de tomate que se despachan por la posición arancelaria 2002.10.00 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

 

Que la presente medida pretende proteger el normal desenvolvimiento del sector agroindustrial nacional radicado principalmente en las economías regionales.

 

Que en virtud de lo señalado, se hace necesario efectuar los respectivos ajustes en la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

 

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado intervención en confección de la presente medida.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado intervención que le compete.

 

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415, en la Ley Ministerios —t.o. 1992— y en la Ley Nº 22.792 y en uso de las facultades conferidas por Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974 y 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR de acuerdo al detalle que consigna en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 2º — Modifícase en el Régimen de Excepciones al Arancel Externo Común (Anexo II Decreto Nº 998/95) la posición arancelaria con su respectivo cronograma de convergencia arancelaria, según se detalla en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 3º — Aclárase que el Derecho de Importación Extrazona que corresponde aplicar en virtud lo establecido en el Artículo 1º de la presente resolución incluye el incremento establecido por Artículo 1º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 12 de fecha 6 de enero de 1998.

 

Art. 4º — Aclárase que el Arancel Externo Común que corresponde aplicar en virtud de lo establecido en el Artículo 1º de la presente resolución incluye el incremento establecido por el Artículo 17 la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 942 de fecha 11 de agosto de 1998.

 

Art. 5º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roque B. Fernández.

 

ANEXO I A LA RESOLUCION M.E. Y O. Y S.P. Nº 1221/99

 

SITUACION ANTERIOR

 

SITUACION ACTUAL

CODIGO

TEXTO

AEC%

DIE%

DII %

RE

CODIGO

TEXTO

AEC%

DIE%

DII%

RE%

2002.10.00

Tomates enteros o en trozos

17

17

0

6.8

2002.10.000

Tomates enteros o en trozos

17

35

0

6.8

 

ANEXO II A LA RESOLUCION M.E. y O. y S.P. Nº 1221/99

 

INCORPORACIONES

N.C.M.

1999

%

01/01/2000

%

AEC0

1/01/2001

%

2002.10.00

35

32

14