Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA BRUCELOSIS Y
TUBERCULOSIS
Resolución 520/99
Modifícase el artículo 5º de la Resolución Nº
189/99, referido a la integración de dicha Comisión.
Bs. As., 6/10/99
VISTO el expediente Nº 4925/98 del registro del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y la Resolución
Nº 189 de fecha 23 de junio de 1999, del registro de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y
CONSIDERANDO:
Que se ha deslizado un error tipográfico en el
artículo 5º de la Resolución mencionada en el Visto.
Que corresponde proceder a su rectificación.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 5º de
la Resolución Nº 189 de fecha 23 de junio de 1999 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION el que quedará redactado de la
siguiente manera: “ARTICULO 5º.— Todos los miembros de la Comisión Nacional de
Lucha contra la Brucelosis y Tuberculosis desempeñarán sus cargos adhonorem”.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.