Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

 

COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA BRUCELOSIS Y TUBERCULOSIS

 

Resolución 520/99

 

Modifícase el artículo 5º de la Resolución Nº 189/99, referido a la integración de dicha Comisión.

 

Bs. As., 6/10/99

 

VISTO el expediente Nº 4925/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y la Resolución Nº 189 de fecha 23 de junio de 1999, del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se ha deslizado un error tipográfico en el artículo 5º de la Resolución mencionada en el Visto.

 

Que corresponde proceder a su rectificación.

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 5º de la Resolución Nº 189 de fecha 23 de junio de 1999 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 5º.— Todos los miembros de la Comisión Nacional de Lucha contra la Brucelosis y Tuberculosis desempeñarán sus cargos adhonorem”.

 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.