Secretaría de Hacienda

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 518/99

 

Dispónese una emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “Bonos de la República Argentina en Euros 7,30% 1999-2001”.

 

Bs. As., 8/10/99

 

VISTO el Expediente Nº 173-001103/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CINCO MIL MILLONES (V.N. EUROS 5.000.000.000.)

 

Que durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada EURO.

 

Que se han recibido propuestas de las principales instituciones financieras especializadas en los mercados europeos, para efectuar una colocación de títulos en dicha moneda.

 

Que se ha entendido que la propuesta realizada por CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED y CABOTO HOLDING SIM S.p.A. para proceder a la emisión de títulos a UN (1) año y SIETE (7) meses de plazo, por un monto de VALOR NOMINAL EUROS CIENTO CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 150.000.000), resultó ser la más conveniente.

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los limites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del artículo 5º de la Ley Nº 25.064.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 25.064 y el Decreto N° 119 de fecha 15 de febrero de 1999.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 7,30% 1999-2001” la que será colocada a través de un sindicato de bancos encabezado por CREDIT SUISSE FlRST BOSTON (EUROPE) LIMITED y CABOTO HOLDING SIM S.p.A., con fecha 14 de octubre de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:

 

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIENTO CINCUENTA MILLONES (VN EUROS 150.000.000,-)

 

Precio de emisión: CIEN POR CIENTO (100%).

 

Precio de reoferta: NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y UN CENTESIMOS POR CIENTO (98,61%).

 

Fecha de emisión y desembolso: 14 de octubre de 1999. Fecha de vencimiento: 14 de mayo del 2001.

 

Plazo: UN (1) año y SIETE (7) meses.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Tasa de interés: SIETE CON TREINTA CENTESIMOS POR CIENTO (7,30%) anual, pagadera al vencimiento.

 

Comisión neta: CERO CON CUARENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (0,45%).

 

Gastos de traducción: hasta un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000,-)

 

Art. 2º — Desígnanse a BANKERS TRUST COMPANY como Agente Principal de Pago “Principal Paying Agent”, a DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLSCHAFT como Agente de Pago Alemán “German Paying Agent” y a BANCA PROFILO S.p.A. como Agente de Pago Italiano “Italian Paying Agent”, para la operación aprobada por el Articulo 1º de la presente.

 

Art. 3º — Apruébanse los contratos denominados Acuerdo de Compra de Letras “Note Purchase Agreement” y el Acuerdo de Agencia “Agency Agreement” cuyas copias en idioma inglés y su traducción certificada al castellano, obran como Anexo a la presente Resolución.

 

Art. 4º — Autorízase al Subsecretario de Financiamiento Doctor Miguel Alberto KIGUEL, al Representante Financiero en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de presente Resolución y toda aquella que resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.

 

NOTA: Esta resolución se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).