Secretaría de Hacienda

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 529/99

 

Dispónese la emisión de instrumentos de deuda pública denominados “Bonos de la República Argentina en Euros 9,25% 1999-2002”.

 

Bs. As., 18/10/99

 

VISTO el Expediente Nº 001-003857/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley de Presupuesto de cada ejercicio ohallarse encuadradas en los términos del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CINCO MIL MILLONES (V.N. EUROS 5.000.000.000).

 

Que durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada EURO.

 

Que se han recibido propuestas de las principales instituciones financieras especializadas en los mercados europeos, para efectuar una colocación de títulos en dicha moneda.

 

Que se ha entendido que la propuesta realizada por MORGAN STANLEY & CO. lNTERNATIONAL LIMITED para proceder a la emisión de títulos a TRES (3) años de plazo, por un monto de VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 250.000.000,-), resultó ser la más conveniente.

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del artículo 5º de la Ley Nº 25.064.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999.

 

Por ello

 

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 9,25% 1999-2002” la que será colocada a través de un sindicato de bancos encabezado por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, con fecha 21 de octubre de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:

 

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V. N. EUROS 250.000 000 -)

 

Precio de emisión: CIEN CON CIENTO NOVENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (100,195%).

 

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA Y SIETE CENTESIMOS POR CIENTO (99,37%).

 

Fecha de emisión y desembolso: 21 de octubre de 1999.

 

Fecha de vencimiento: 21 de octubre del 2002.

 

Plazo: TRES (3) años.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Tasa de interés: NUEVE CON VEINTICINCO CENTESIMOS POR CIENTO (9,25%) anual, pagadera anualmente.

 

Comisión neta: CERO CON ClNCUENTA Y ClNCO CENTESIMOS POR CIENTO (0,55%)

 

Gastos de impresión: a cargo del Banco Colocador hasta un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS SIETE MIL QUINIENTOS (V.N. EUROS 7.500.-).

 

Gastos de traducción: hasta un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000,)

 

Art. 2º — Desígnase a CHASE MANHATTAN BANK AG como Agencia Financiera “Fiscal Agency Agreement”, para la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 3º — Apruébanse los contratos denominados Convenio de Suscripción “Subscription Agreement” y el Convenio de Agencia Financiera “Fiscal Agency Agreement” cuyas copias en idioma inglés y su traducción certificada al castellano, obran como Anexo a la presente Resolución.

 

Art. 4º —Autorízase al Subsecretario de Financiamiento Doctor Miguel Alberto KIGUEL, o al Representante Financiero en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la presente Resolución y toda aquella que resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.

 

NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).