PRESIDENCIA DE LA NACION

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución Nº 21/99

Bs. As., 23/5/99

VISTO la resolución nº 70 del 26 de mayo de 1998 por la que se dispuso la prohibición del uso de embarcaciones a motor en todos los ríos y arroyos situados en jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales, cuyas actuaciones corren por expediente nº 825/97, y

CONSIDERANDO:

Que la Delegación Regional Patagonia en su informe nº 26/99, advierte que en la parte dispositiva del acto administrativo mencionado no se previó su publicación en el Boletín Oficial, conforme lo prevé el artículo 103º del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos (Decreto nº 1759/72 t.o. 1883/91).

Que la Dirección de Administración señala que el Boletín Oficial de la Nación para publicar un acto administrativo, impone como requisito que en dicho acto se encuentre expresamente ordenada su publicación a través de esa entidad.

Que por tanto, corresponde subsanar la involuntaria omisión incurrida en la resolución nº 70/98, disponiendo su publicación conforme lo prescripto en la reglamentación vigente.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23, inciso w) de la ley 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Amplíase el artículo 3º de la resolución nº 70 de fecha 26 de mayo de 1998, en cuanto a que corresponde la publicación de la misma en el Boletín Oficial con transcripción íntegra de su texto, conforme el artículo 103 del Decreto nº 1759/72 (t.o. 1883/91).

ARTICULO 2º — Regístrese; dése al Boletín Informativo. Comuníquese a todas las Intendencias y a las Delegaciones Regionales. Tome conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas y las Direcciones de Coordinación Operativa y de Asuntos Jurídicos, y gírese a la Dirección de Administración para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior. Cumplido, agréguese al expediente nº 825/97. — Dr. FELIPE C. LARIVIERE, Presidente del Directorio. — FERNANDO ARDURA, Vicepresidente del Directorio. — Dr. HORACIO JOSE GUARDADO, Vocal del Directorio. — Dr. ANGEL C. PACHECO SANTAMARINA, Vocal del Directorio. — Dr. JORGE ALBERTO FONSECA, Vocal del Directorio.

e. 29/10 Nº 296.960 v. 29/10/99