BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION “B” 6601 (21/10/99). Ref.: Circular
RUNOR 1-321. Requisitos Mínimos de Liquidez. Régimen informativo.
A LAS
ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos
dirigimos a Uds. con relación a la Comunicación “B” 6598 del 19/10/99.
En tal
sentido, les aclaramos que las entidades que deban informar el importe
requerido en el primer párrafo de la citada Comunicación, consignarán, en caso
de ser necesario, el signo “-” en la primera posición del extremo izquierdo del
campo 5 del diseño 5701.
Asimismo,
a fin de detallar el importe solicitado en el segundo párrafo de dicha
Comunicación, deberán presentar el archivo “FRANRML.TXT” (diseño 5703),
conforme las siguientes instrucciones:
Campo
|
Nombre
|
Consignar |
4 |
Nº de
Resolución/Nota |
Com B
6598 |
5 |
Fecha
de Resolución/Nota |
19991019 |
7 |
Descripción
|
Importe
en promedio de las colocaciones a la vista que como mínimo deben constituir
el haber de los fondos comunes de inversión |
Las
entidades que sean beneficiarias de franquicias las informarán siguiendo el
procedimiento habitual.
Por
otra parte, aquellas entidades que ya hubieran presentado la información y
contaran con este tipo de colocaciones, deberán enviar nuevamente el régimen
informativo de la referencia, conforme a lo requerido en la presente
Comunicación.
e. 1/11 Nº
296.953 v. 1/11/99