SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

Decreto 1338/99

Habilítase el Complejo Penitenciario Federal I y aféctase en uso al referido Servicio.

Bs. As., 12/11/99

VISTO el Expediente Nº 122.878/99 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, lo expresado en el Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional, aprobado por Decreto Nº 426 del 27 de marzo de 1995, las previsiones del Pliego para la elaboración del proyecto y la construcción de un establecimiento penitenciario por el sistema "llave en mano", aprobado por Decreto Nº 1658 del 27 de diciembre de 1996 (Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 1/97), y

CONSIDERANDO:

Que el 28 de mayo de 1998 el ESTADO NACIONAL ARGENTINO, la adjudicataria de la Licitación mencionada conformada por "TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONlMA COMERCIAL E INDUSTRIAL – HOCHTIEF AKTIENGELLSCHAFT VORM GEBR. HELFMANN IMPREGILO S.p.A. – IGLYS SOCIEDAD ANONIMA - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS", sus miembros y el Fiduciario "RIO TRUST S.A." suscribieron un contrato de construcción de un establecimiento penitenciario por el sistema "llave en mano" sito en la localidad de Ezeiza, Provincia de Buenos Aires. (Escritura Nº Ciento Diecisiete - Escribanía General del Gobierno de la Nación de fecha 28 de mayo de 1998).

Que el Comité de Auditoría Técnica previsto en el pliego que rigió la convocatoria para el llamado a licitación del COMPLEJO PENITENCIARIO I y creado por Resolución Nº 82 de fecha 3 de abril de 1998 del entonces Secretario de Política Penitenciaria y de Readaptación Social ha otorgado con fecha 25 de octubre de 1999 el Acta de Recepción Provisoria de la UNIDAD FUNCIONAL Nº 1 del COMPLEJO PENITENCIARIO I.

Que consecuentemente, corresponde que el fiduciario "RIO TRUST S.A." otorgue la tenencia de la UNIDAD FUNCIONAL Nº 1 del citado Complejo, la que debe ser recibida por el ESTADO NACIONAL por medio de un funcionario autorizado e instrumentada en un acta protocolizada por ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación.

Que conforme la planificación efectuada están en condiciones de habilitarse SEISCIENTAS (600) plazas de alojamiento en el COMPLEJO PENITENCIARIO I y su correspondiente infraestructura.

Que por lo expuesto procede la habilitación del COMPLEJO PENITENCIARIO I, ubicado en Autopista Ezeiza-Cañuelas, sin Nº, Partido de Ezeiza. provincia de Buenos Aires, afectado al uso del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que corresponde homogeneizar la denominación que se acuerde al aludido Complejo Penitenciario con la asignada a otros establecimientos cuya denominación pone de relieve su naturaleza "Federal" (Decretos Nros. 596 del 3 de junio de 1996 y 1221 del 28 de octubre de 1996).

Que, en consecuencia, se denominará al instituto a habilitarse COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL I.

Que se ha expedido favorablemente el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que el presente se dicta en el marco de lo establecido en el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Habilítase el COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL I y aféctase en uso al SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Art. 2º — Autorízase al señor SECRETARIO DE POLITICA CRIMINAL, PENITENCIARIA Y DE READAPTACION SOCIAL del MINISTERIO DE JUSTICIA a recibir la tenencia de la UNIDAD FUNCIONAL Nº 1 del COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL I, ubicado en Autopista Ezeiza-Cañuelas sin Nº, Partido de Ezeiza, provincia de Buenos Aires y a suscribir el Acta de Recepción respectiva, la que como Anexo I forma parte del presente.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Jorge Domínguez.

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NOTA: Este decreto se publica en el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).