CONVENIOS

Decreto 1398/99

Ratifícase el convenio de transferencia en comodato de los laboratorios del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, celebrado entre el Ministerio de Cultura y Educación y la Universidad Tecnológica Nacional.

Bs. As., 25/11/99

VISTO el Convenio de Transferencia en Comodato suscripto el 1ş de septiembre de 1999 entre el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo, el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION transfiere en comodato por el término de CINCO (5) años, a la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL los laboratorios del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA (INET).

Que la citada Universidad se compromete a que los laboratorios transferidos continúen cumpliendo adecuadamente sus fines y objetivos y, a tal fin, asegura destinar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios, así como respecto de los bienes cedidos en comodato, a incorporar las actualizaciones que surjan del avance tecnológico.

Que el convenio se inscribe en el marco de las funciones que el artículo 53 inciso h) de la Ley Nş 24.195 le asigna al MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, en cuanto a coordinar y ejecutar programas de investigación y cooperación con Universidades.

Que corresponde ratificar el citado convenio y disponer que el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION evalúe el desempeño de las acciones de cooperación que en él se instrumentan.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1ş) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1ş — Ratifícase en todos sus términos el convenio de transferencia en comodato celebrado entre el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, el 1ş de septiembre de 1999, que consta de SEIS (6) cláusulas, ONCE (11) secciones y CINCO (5) anexos y cuya copia autenticada forma parte del presente como ANEXO I.

Art. 2ş — El MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION evaluará el desempeño de la cooperación que se instrumenta por el convenio que se ratifica por el artículo 1ş del presente.

Art. 3ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández. — Manuel G. García Solá.

——————

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).