Secretaría de Industria, Comercio y Minería

 

IMPORTACIONES

 

Resolución 904/99

 

Derecho de Importación Extrazona para determinadas mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

 

Bs. As., 6/12/99

 

VISTO el Expediente Nº 061-007669/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19 de fecha 20 de enero de 1999, estableció un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del SEIS POR CIENTO (6%) para las mercaderías nuevas y sin uso, no producidas en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que integran los universos de bienes de capital e informática y telecomunicaciones, correspondientes tanto a bienes finales como a partes, consignadas en los Anexos VI y VII, respectivamente, del Decreto Nº 998 del 28 de diciembre de 1995.

 

Que el Artículo 12 de la mencionada Resolución dispone que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS será la encargada de confeccionar y aprobar los listados de mercaderías que se beneficiarán con lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19/99, a través de un acto administrativo.

 

Que las mercaderías que se consideran en la presente medida cuentan con los correspondientes dictámenes clasificatorios, consultas públicas sobre las modificaciones arancelarias solicitadas y las respectivas conformidades técnicas, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 5º, 6º y 9º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19/99.

 

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19/99.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en la planilla que, como Anexo, forman parte integrante de la presente resolución, tributarán un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del SEIS POR CIENTO (6%).

 

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir del partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Alieto A. Guadagni.

 

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 904/99

 

N.C.M.

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

 

8477.80.00

 

 Confeccionadora de bolsas plásticas tipo camiseta

8479.89.99

 

 Debobinador simple

8414.10.00

 Unidad generadora de vacío, conformada por bomba de anillo líquido, separadores, intercambiador de calor, válvulas, tuberías y accesorios, montados sobre una estructura metálica de perfiles y chapa de acero

 

8419.89.91

 

Recipiente con enfriamiento por chaqueta de agua y equipo de agitación

8419.89.99

Aparato para calentamiento de aceite por resistencias eléctricas, con recipiente de acero para compensar dilataciones térmicas del fluido, válvulas, tuberías y accesorios, montados sobre una estructura metálica de perfiles y chapa de acero

 

8419.89.99

Reactor con ejes agitadores de rotación continua, para procesos térmicos de productos de elevada viscosidad, pastosos o sólidos

 

8419.89.99

Aparato de condensación

8460.90.90

Máquina para esmerilar piezas metálicas, de banda, con mesa rotativa de tres mandriles porta piezas y dos cabezales de trabajo y mando mediante controlador lógico programable

 

8460.90.90

Máquina pulidora de piezas metálicas con mesa rotativa de cincuenta mandriles porta piezas y cinco cabezales de pulido, dispositivos de dosificación de productos abrasivos y tablero eléctrico de control y mando

 

8421.39.90

Equipo de aspiración y filtrado de partículas constituido por: ciclón, filtro de mangas, ventilador de 12.000 m3/h de capacidad, tuberías de interconexión y tablero eléctrico de control y mando

 

8421.39.90

Equipo de aspiración y filtrado de partículas constituido por: ciclón, filtro de mangas, ventilador de 5.000 m3/h de capacidad, tuberías de interconexión y tablero eléctrico de control y mando