SOCIEDADES DEL ESTADO

 

Decreto 1605/99

 

Convalídase la Memoria, los Estados de Situación Patrimonial, de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto, de Variaciones de Capital Corriente, Distribución de Utilidades y demás documentación conexa correspondiente al Ejercicio cerrado al 31-12-96 de la Sociedad del Estado Casa de Moneda.

 

Bs. As., 9/12/99

 

VISTO el Expediente Nº 20.005/98, del Registro de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 21.622 y el Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de 1977, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA ha presentado, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de 1977, la MEMORIA, ESTADO DE RESULTADOS, DE SITUACION PATRIMONIAL, DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO, DE VARIACIONES DEL CAPITAL CORRIENTE, DISTRIBUCION DE UTILIDADES y documentación conexa, correspondiente al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 1996.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 5º último párrafo de la Ley de Creación de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA Nº 21.622, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ejerce las funciones que la Ley Nº 19.550 y sus modificaciones atribuyen a las Asambleas.

 

Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 919 del 6 de agosto de 1998, —Planilla Anexa del artículo 1º—, se le ha conferido a la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS tales atribuciones, coordinando las relaciones entre SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

 

Que conforme surge de lo actuado, corresponde convalidar la documentación presentada por la mencionada Sociedad del Estado.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Convalídase la MEMORIA, los ESTADOS DE SITUACION PATRIMONIAL, DE RESULTADOS, DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO, DE VARIACIONES DEL CAPITAL CORRIENTE, DISTRIBUCION DE UTILIDADES y demás documentación que como ANEXO I que, en fotocopia autenticada forma parte integrante del presente, se acompaña, correspondiente al Ejercicio de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cerrado al 31 de diciembre de 1996.

 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

 

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial. (Suipacha 767 - Capital Federal).