Secretaría de Hacienda
DEUDA PUBLICA
Resolución 2/99
Dispónese la ampliación de la emisión de los
instrumentos de deuda pública denominados “Bonos de la República Argentina en
Euros 10% 1999-2004”.
Bs.
As., 17/12/99
VISTO
el Expediente Nº 173-001370/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley
Nº 25.064, el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, la Decisión
Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de 1999, la Resolución de la
SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Nº 605 de fecha 3 de diciembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, se facultó al
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a traves de la
SECRETARIA DE HACIENDA a incluir en los contratos que suscriba por operaciones
en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes
tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley
de Presupuesto de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos del
artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS
CINCO MIL MILLONES (V.N. EUROS 5.000.000.000,).
Que por
la Decisión Administrativa Nº 469/99 se dispuso la realización de operaciones
de crédito público adicionales, de acuerdo con lo establecido por el artículo
6º de la Ley 25.064 por un monto de hasta VALOR NOMINAL PESOS DOS MIL MILLONES
(V.N. $ 2.000.000.000,-). Asimismo, el producido neto de las operaciones que se
efectúen con cargo a dicha Decisión Administrativa no podrá ser utilizado
durante el presente ejercicio fiscal ni antes del 1º de enero del año 2000.
Que
durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda
pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada
EURO.
Que a
través de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 605/99 se dispuso la emisión de los
instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN
EUROS 10% 1999-2004” por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS
MILLONES (V.N. EUROS 300.000.000,-).
Que
ante la inexistencia de otras ofertas de financiamiento y teniendo en cuenta la
necesidad de contar con un prefinanciamiento del mayor monto posible para el
año entrante, se ha entendido conveniente aceptar la propuesta realizada por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL
LIMITED y CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED para proceder a la
ampliación de los títulos denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS
10% 1999- 2004”, por un monto de VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000,-), totalizando con la emisión
original un monto de VALOR NOMINAL EUROS CUATROCIENTOS MILLONES (V.N. EUROS
400.000.000,-).
Que se
ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada
en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.
Que la
OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se
encuentra dentro de los límites establecidos en la Decisión Administrativa Nº
469 de fecha 26 de noviembre de 1999.
Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la
intervención que le compete.
Que la
presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto
Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999 y la Decisión Administrativa Nº 469 de
fecha 26 de noviembre de 1999.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese la
ampliación de la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados
“BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 1999-2004” la que será colocada a
través de un sindicato de Bancos encabezado por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL
LIMITED y CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED, con fecha 21 de
diciembre de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:
Monto
de ampliación: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS
100.000.000,-).
Precio
de emisión: CIENTO UNO CON DIEZ CENTESIMOS POR CIENTO (101,10%).
Precio
de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO
(99,85%).
Fecha
de ampliación y desembolso: 21 de diciembre de 1999.
Fecha
de vencimiento: 7 de diciembre del 2004.
Plazo:
CUATRO (4) años, ONCE (11) meses y DIECISEIS (16) días.
Amortización:
íntegra al vencimiento.
Tasa de
interés: DIEZ POR CIENTO (10%) anual, pagadera anualmente.
Intereses
corridos: por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS TRECE CON SESENTA Y SEIS CENTESIMOS (V.N. EUROS 382.513,66).
Comisión
neta: CERO CON SEISCIENTOS VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,625%).
Gastos
de traducción: hasta un valor máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S
3.000,-).
Art. 2º — Desígnase a CHASE MANHATTAN
BANK AG como Agencia Financiera “Fiscal Agency Agreement”, para la operación
aprobada por el Artículo 1º de la presente.
Art. 3º — Autorízase al Subsecretario
de Financiamiento, Licenciado Julio DREIZZEN, o a la Representante Financiero
en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí
LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de
los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante
Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional
de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o
al Director de Financiación Externa, Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ
ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo
sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la
Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 605/99 y toda aquella que resulte necesaria para
la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Mario Vicens.