Secretaría de Hacienda

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 2/99

 

Dispónese la ampliación de la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “Bonos de la República Argentina en Euros 10% 1999-2004”.

 

Bs. As., 17/12/99

 

VISTO el Expediente Nº 173-001370/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.064, el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, la Decisión Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de 1999, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 605 de fecha 3 de diciembre de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999, se facultó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a traves de la SECRETARIA DE HACIENDA a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales europeos, en el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CINCO MIL MILLONES (V.N. EUROS 5.000.000.000,).

 

Que por la Decisión Administrativa Nº 469/99 se dispuso la realización de operaciones de crédito público adicionales, de acuerdo con lo establecido por el artículo 6º de la Ley 25.064 por un monto de hasta VALOR NOMINAL PESOS DOS MIL MILLONES (V.N. $ 2.000.000.000,-). Asimismo, el producido neto de las operaciones que se efectúen con cargo a dicha Decisión Administrativa no podrá ser utilizado durante el presente ejercicio fiscal ni antes del 1º de enero del año 2000.

 

Que durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada EURO.

 

Que a través de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 605/99 se dispuso la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 1999-2004” por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS MILLONES (V.N. EUROS 300.000.000,-).

 

Que ante la inexistencia de otras ofertas de financiamiento y teniendo en cuenta la necesidad de contar con un prefinanciamiento del mayor monto posible para el año entrante, se ha entendido conveniente aceptar la propuesta  realizada por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED y CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED para proceder a la ampliación de los títulos denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 1999- 2004”, por un monto de VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS  100.000.000,-), totalizando con la emisión original un monto de VALOR NOMINAL EUROS CUATROCIENTOS MILLONES (V.N. EUROS 400.000.000,-).

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Decisión Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de 1999.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999 y la Decisión Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de 1999.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la ampliación de la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 1999-2004” la que será colocada a través de un sindicato de Bancos encabezado por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED y CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED, con fecha 21 de diciembre de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:

 

Monto de ampliación: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000,-).

 

Precio de emisión: CIENTO UNO CON DIEZ CENTESIMOS POR CIENTO (101,10%).

 

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (99,85%).

 

Fecha de ampliación y desembolso: 21 de diciembre de 1999.

 

Fecha de vencimiento: 7 de diciembre del 2004.

 

Plazo: CUATRO (4) años, ONCE (11) meses y DIECISEIS (16) días.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Tasa de interés: DIEZ POR CIENTO (10%) anual, pagadera anualmente.

 

Intereses corridos: por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON SESENTA Y SEIS CENTESIMOS (V.N. EUROS 382.513,66).

 

Comisión neta: CERO CON SEISCIENTOS VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,625%).

 

Gastos de traducción: hasta un valor máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000,-).

 

Art. 2º — Desígnase a CHASE MANHATTAN BANK AG como Agencia Financiera “Fiscal Agency Agreement”, para la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 3º — Autorízase al Subsecretario de Financiamiento, Licenciado Julio DREIZZEN, o a la Representante Financiero en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa, Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 605/99 y toda aquella que resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el Artículo 1º de la presente.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Mario Vicens.