MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 146/99

Asígnase a los Secretarios de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Consulares, de Culto y al Subsecretario de Coordinación, el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

Bs. As., 23/12/99

VISTO el Decreto Nº 22 de fecha 13 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto citado en el Visto se designaron en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al licenciado D. Horacio Aldo CHIGHIZOLA Secretario de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Consulares, al doctor D. Norberto PADILLA Secretario de Culto y al Contador D. Edgardo Sergio PENA Subsecretario de Coordinación.

Que los objetivos y acciones inherentes a los cargos descriptos en el Considerando anterior son de gran trascendencia, por lo que resulta conveniente asignar a los funcionarios designados a efectos de desempeñar dichas funciones, el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para asignar la categoría diplomática de Embajador, al sólo efecto del rango protocolar, a personas que no integran el Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación, conforme lo establece el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al sólo efecto del rango protocolar, al Licenciado D. Horacio Aldo CHIGHIZOLA (M.I. Nº 10.127.933) mientras se desempeñe como Secretario de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Consulares; al doctor D. Norberto PADILLA (M.I. 4.433.551), mientras se desempeñe como Secretario de Culto y al Contador D. Edgardo Sergio PENA (M.I. 7.851.247), mientras se desempeñe como Subsecretario de Coordinación, todos ellos en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme lo establecido en el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Adalberto Rodríguez Giavarini.