COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES

Decreto 36/2000

Derógase el Decreto Nº 1615/99, por el que se disponía la transferencia de dominio del predio que ocupa actualmente en la localidad de Falda del Carmen a favor de la Provincia de Córdoba y la nueva localización del Centro Espacial Teófilo Tabanera en la Provincia de La Pampa.

Bs. As., 11/1/00

VISTO el Decreto Nº 1615 del 9 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la actividad espacial es una actividad científico tecnológica de prioridad nacional, para cuyo desarrollo es menester contar con las condiciones más apropiadas.

Que los objetivos nacionales y las acciones necesarias para su consecución están explicitados en el PLAN ESPACIAL NACIONAL 1995-2006 y en el Plan revisado 1997-2008.

Que por razones de emergencia económica resulta altamente inconveniente comprometer al Estado Nacional a la erogación que demandaría el traslado de la PROVINCIA DE LA PAMPA de las instalaciones del Centro Espacial "Teófilo Tabanera" de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), ubicado en la localidad de Falda del Carmen —PROVINCIA DE CORDOBA—.

Que un eventual traslado de dichas instalaciones provocaría un mensaje unívoco ante la comunidad internacional respecto del compromiso de las autoridades nacionales con relación a las actividades de la CONAE y a la concreción del Plan Espacial Nacional.

Que se está evaluando en el ámbito del Gabinete Nacional una reestructuración de las actividades científico-tecnológicas con el objeto de maximizar sus capacidades e incrementar su potencial.

Que la presente se dicta en ACUERDO GENERAL DE MINISTROS y en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Derógase el Decreto Nº 1615 del 9 de diciembre de 1999.

Art. 2º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Adalberto Rodríguez Giavarini. — Nicolás V. Gallo. — Mario A. Flamarique. — Rosa Graciela C. de Frenández Meijide. — José L. Machinea. — Ricardo R. Gil Lavedra. — Héctor J. Lombardo. — Federico T. M. Storani. — Ricardo H. López Murphy. — Juan J. Llach.