Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 758/00
Regímenes de Promoción. Inversionistas con
beneficio de diferimiento de impuestos. Garantías. Resolución General Nº 737.
Su suspensión.
Bs. As., 11/1/00
VISTO la Resolución General Nº 737, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.237 y el Decreto Nº 6, de fecha 6
de enero de 2000, introdujeron modificaciones a los beneficios de naturaleza
promocional, sustentadas en la situación de emergencia fiscal por la que
atraviesa el país y la experiencia acumulada en la administración de los
beneficios indicados.
Que consecuentemente surge la necesidad de efectuar
un nuevo análisis respecto del sistema vigente establecido por la Resolución
General Nº 737, que contemple las inquietudes formuladas por los sectores
interesados y los Gobiernos Provinciales.
Que la vigencia inmediata de las antedichas
modificaciones legales, requiere la suspensión de la Resolución General Nº 737
a los efectos de evaluar las modificaciones que resulten necesarias.
Que han tomado la intervención que les compete las
Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal, y el Departamento Regímenes
Promocionales.
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de
julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Suspéndese por TREINTA (30)
días corridos la vigencia de la Resolución General Nº 737. No obstante, las
garantías constituidas durante su vigencia, mantienen los efectos previstos en
la misma.
Art. 2º — Restablécese la vigencia de la
Resolución General Nº 3879 (DGI) y sus modificaciones durante el lapso de la
suspensión a que se refiere el artículo anterior.
Art. 3º — Las disposiciones de la
presente Resolución General serán de aplicación a partir de su publicación en
el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Silvani.