INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL
ESTADO
Resolución 15/00
Considéranse concluidas las funciones del
Liquidador y Subliquidadores de dicho Instituto.
Bs. As., 13/1/00
VISTO el Decreto Nº 171 del 23 de enero de 1992, la Decisión Administrativa Nº 639 del 23 de diciembre de 1998, y las Resoluciones Nros. 411 del 7 de abril de 1999 y 485 del 23 de abril de 1999, ambas del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se resolvió declarar en
liquidación a partir del 1º de enero de 1992 al INSTITUTO NACIONAL DE
REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO —IndeR—.
Que corresponde tener por cumplidas las tareas
desempeñadas como Liquidador y Subliquidadores del mencionado Instituto por los
Doctores Claudio Martín VIALE, Alfonso Fernando MOSQUERA y Contador Público
César Reynaldo BOGADO respectivamente.
Que siendo necesario asegurar la continuidad del
despacho, corresponde proceder a la designación del funcionario encargado de la
firma del mismo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la debida intervención.
Que el suscripto es competente para dictar el
presente acto en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 25.233, el Decreto Nº 101
del 16 de enero de 1985 y el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Danse por concluidas las
funciones como Liquidador del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCEDAD DEL
ESTADO —IndeR— (en liquidación) del Doctor D. Claudio Martín VIALE (D.N.I. Nº
7.989.102).
Art. 2º — Danse por concluidas las
funciones como Subliquidadores del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD
DEL ESTADO —IndeR— (en liquidación) del Doctor D. Alfonso Fernando MOSQUERA
(D.N.I. Nº 18.167.188) y del Contador Público D. César Reynaldo BOGADO (D.N.I.
Nº 14.254.067).
Art. 3º — Desígnase al Doctor D. Daniel
MARX (M.I. Nº 7 12.731.688) encargado de la firma del despacho del INSTITUTO
NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO —IndeR— (en liquidación). Dichas
funciones serán ejercidas con carácter “ad-honorem” y sin perjuicio del
desempeño del cargo de Secretario de Finanzas.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.