MARCO DE REGULACIÓN DEL EMPLEO PUBLICO NACIONAL

 

Decreto 69/00

 

Derógase el Decreto Nº 1596/99 por el que se aprobó la Reglamentación del Anexo de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público (Nº 25.164).

 

Bs. As., 18/1/00

 

VISTO el Decreto Nº 1596 del 9 de diciembre de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante dicho decreto se aprobó la Reglamentación del Anexo de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público (Mº 25.164).

 

Que en análisis de esa medida permite llegar a la conclusión que no constituye una reglamentación integral del cuerpo a que se refiere, lo que ha de traer como consecuencia inmediata una implementación no equilibrada de sus disposiciones.

 

Que ello surge explícitamente del segundo considerando del acto en estudio cuando destaca que “…se reglamentan lineamientos generales de los institutos o principios básicos de la regulación del empleo público”, estableciéndose, según el tercer considerando, aspectos parciales de la ley bajo tratamiento.

 

Que tal concepto se ve ratificado por el artículo 3º del citado decreto, en cuanto deroga el Decreto Nº 1797/80, reglamentario de la Ley Nº 22.140 (Régimen Jurídico Básico de la Función Pública), “…en sus partes pertinentes, siempre y cuando se opongan expresamente a la presente reglamentación”.

 

Que, por otra parte y sobre la base de lo antes expuesto, cabe destacar que el decreto bajo análisis constituye un acto administrativo de alcance general, por lo cual, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Nº 19.549), sólo puede adquirir eficacia previo cumplimiento del requisito de su publicación, lo que aún no se ha concretado.

 

Que, en virtud de todo lo expuesto, nada obsta a decidir la derogación del Decreto Nº 1596/ 99, lo que permitirá implementar las acciones tendientes a instrumentar en forma integrada la reglamentación de la Ley Nº 25.164.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2 de la Constitución Nacional.

 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Derógase el Decreto Nº 1596 del 9 de diciembre de 1999.

 

Art. 2º — Mantiénense en vigencia las disposiciones derogadas por el artículo 3º del decreto mencionado precedentemente.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani.