OFICINA ANTICORRUPCIÓN

 

Resolución 3/00

 

Dase por cumplida la obligación de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial de cese a los funcionarios que efectuaron dichas presentaciones antes del 7 de enero de 2000.

 

Bs. As., 20/1/00

 

VISTO, lo dispuesto por el artículo 25 del Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999, reglamentario de la Ley Nº 25.188, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto citado en el Visto fue publicado el 7 de enero de 2000.

 

Que los funcionarios que presentaron su Declaración Jurada Patrimonial y Financiera por haber cesado en sus funciones, antes de la fecha citada en el Considerando anterior, debieron hacerlo conforme al régimen entonces vigente.

 

Que por las Resoluciones de la Oficina Nacional de Etica Pública Nros. 38 del 5 de noviembre de 1999 y 40 del 11 de noviembre de 1999, se dispuso tener por cumplida con la presentación de la Declaración anual la obligación orrespondiente a la presentación por cese en la función, de los obligados que se desempeñaban en las Secretarías de la Presidencia de la Nación y en los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y Trabajo y Seguridad Social así como en los organismos dependientes de esas jurisdicciones, respectivamente.

 

Que, en consecuencia, resulta oportuno precisar la situación de aquellos funcionarios que cumplieron con la obligación de presentar sus declaraciones juradas conforme al régimen anterior.

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución del Ministro de Justicia y Derechos Humanos Nº 17 del 7 de enero de 2000.

 

Por ello,

 

EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dar por cumplida la obligación de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial de cese a los funcionarios de las distintas jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional que efectuaron dichas presentaciones antes del 7 de enero de 2000, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 41/99, normas aclaratorias y complementarias.

 

Art. 2º — Dar por cumplida con las presentaciones efectuadas conforme a las Resoluciones ONEP Nros. 38/99 y 40/99, la obligación de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial correspondiente al cese, a los funcionarios que se desempeñaban en las Secretarías de la Presidencia de la Nación y en los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y organismos dependientes de dichas jurisdicciones.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José Massoni.