Secretaría de Energía

 

ENERGIA ELECTRICA

 

Resolución 8/00

 

Prorrógase la fecha de aplicación efectiva de la Resolución Nº 545/99, mediante la cual se establecieron modificaciones a los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios.

 

Bs. As., 21/1/00

 

VISTO el Expediente Nº 750-004334/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con fecha 21 de octubre de 1999 la entonces SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS emitió la Resolución Nº 545 por medio de la cual se establecen modificaciones a los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de precios (LOS PROCEDIMIENTOS).

 

Que en dicha Resolución se establecen que las modificaciones a LOS PROCEDIMIENTOS tendrán vigencia a partir del 1º de mayo de 2000.

 

Que en el artículo 25 se establece que la aplicación efectiva de la citada Resolución será a partir del 1º de mayo de 2000, con excepción de la regulación referida al Mercado Spot Anticipado Diario y Demanda Flexible, que se aplicará a partir del 1º de noviembre de 2000.

 

Que los artículos 26 hasta 31 de dicha Resolución establecen los plazos para que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) realice las diversas tareas asociadas a la efectiva vigencia de la Resolución.

 

Que numerosos Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) han objetado algunos artículos de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999.

 

Que los plazos previstos en dicha Resolución resultan extremadamente reducidos teniendo en cuenta la complejidad de las modificaciones por ella introducidas.

 

Que es instancia de la SECRETARIA DE ENERGIA revisar íntegramente la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999 y oportunamente ir implementando parcial o totalmente nuevas modificaciones en sus Anexos en vistas a una simplificación de las normas y a un mejor funcionamiento del Sistema Eléctrico.

 

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERlO DE ECONOMIA

 

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Prorrógase la fecha de aplicación efectiva de la entonces Resolución SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 545 del 21 de octubre de 1999 hasta el 1º de agosto de 2000, con la excepción del artículo 4º que reemplaza al Capítulo 4 “MERCADO A TERMINO” de LOS PROCEDIMIENTOS, el artículo 24 que deroga a partir del 1º de mayo de 2000 la Resolución Nº 404 del 26 de julio de 1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de la regulación referente al Mercado Spot Anticipado y Demanda Flexible, contemplado en el Anexo III de la misma Resolución que mantendrán las fechas previstas.

 

Art. 2º — Prorrógase por 90 días todos los plazos asignados a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en los artículos 26 a 31 de la Resolución Nº 545 del 21 de octubre de 1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

 

Art. 3º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel G. Montamat.