Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 8/00
Prorrógase la fecha de aplicación efectiva de la
Resolución Nº 545/99, mediante la cual se establecieron modificaciones a los
Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el
Cálculo de Precios.
Bs. As., 21/1/00
VISTO el
Expediente Nº 750-004334/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21
de octubre de 1999 la entonces SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS emitió la Resolución Nº
545 por medio de la cual se establecen modificaciones a los Procedimientos para
la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de precios
(LOS PROCEDIMIENTOS).
Que en dicha
Resolución se establecen que las modificaciones a LOS PROCEDIMIENTOS tendrán
vigencia a partir del 1º de mayo de 2000.
Que en el
artículo 25 se establece que la aplicación efectiva de la citada Resolución
será a partir del 1º de mayo de 2000, con excepción de la regulación referida
al Mercado Spot Anticipado Diario y Demanda Flexible, que se aplicará a partir
del 1º de noviembre de 2000.
Que los artículos
26 hasta 31 de dicha Resolución establecen los plazos para que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA
DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) realice las diversas
tareas asociadas a la efectiva vigencia de la Resolución.
Que numerosos
Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) han objetado algunos artículos de
la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999.
Que los plazos
previstos en dicha Resolución resultan extremadamente reducidos teniendo en
cuenta la complejidad de las modificaciones por ella introducidas.
Que es instancia
de la SECRETARIA DE ENERGIA revisar íntegramente la Resolución SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999 y oportunamente ir implementando
parcial o totalmente nuevas modificaciones en sus Anexos en vistas a una
simplificación de las normas y a un mejor funcionamiento del Sistema Eléctrico.
Que ha tomado
intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERlO DE
ECONOMIA
Que las
facultades para el dictado del presente acto surgen de los artículos 35 y 36 de
la Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase la fecha de
aplicación efectiva de la entonces Resolución SECRETARIA DE ENERGIA del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 545 del 21 de octubre
de 1999 hasta el 1º de agosto de 2000, con la excepción del artículo 4º que reemplaza
al Capítulo 4 “MERCADO A TERMINO” de LOS PROCEDIMIENTOS, el artículo 24 que
deroga a partir del 1º de mayo de 2000 la Resolución Nº 404 del 26 de julio de
1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y de la regulación referente al Mercado Spot Anticipado y
Demanda Flexible, contemplado en el Anexo III de la misma Resolución que
mantendrán las fechas previstas.
Art. 2º — Prorrógase por 90 días
todos los plazos asignados a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en los artículos 26 a 31 de la Resolución
Nº 545 del 21 de octubre de 1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 3º — Notifíquese a la COMPAÑIA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).
Art. 4º — Comuníquese, publíquese,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel G.
Montamat.