SESIONES EXTRAORDINARIAS

 

Decreto 89/00

 

Amplíase el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación.

 

Bs. As., 24/1/00

 

En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.

 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani.

 

ANEXO

TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION

 

1.- Proyecto de Ley por el que se declara en emergencia la situación económico financiera del Estado Nacional y se adoptan medidas al respecto.

 

2.- Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley Nº 24.050 a fin de incluir en nuestro Sistema Judicial Penal Nacional el Fuero Penal Tributario.

 

3.- Proyecto de Ley por el que se estructura el Fuero Penal Tributario en la Capital Federal.

 

4.- Proyecto de Ley de creación de Juzgados y Secretarías con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales tributarias.

 

5.- Proyecto de Ley de Implementación del programa laboral, que comprende el estímulo al empleo estable - período de prueba, convenciones colectivas y modificaciones a la Ley Nº 23.546.

 

6.- Proyecto de Ley de reforma a los Códigos Civil y Penal para asegurar la libertad de expresión.