Ministerio de Economía

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 63/2000

 

Dispónese la emisión de “Letras Externas de la República Argentina en Euros 10% 2000- 2005”, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.

 

Bs. As., 8/2/2000

 

VISTO el Expediente Nº 173-001488/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 24.156, la Ley Nº 25.237, el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de junio de 1998, las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 311 y Nº 480 de fecha 2 de julio de 1998 y 20 de septiembre de 1999 respectivamente, y Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 9 de fecha 30 de diciembre de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 649/98 se facultó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (V. N. U$S 15.000.000.000,-), para ser utilizado en sucesivos ejercicios fiscales, autorizándolo asimismo, a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.

 

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 311/98, en su artículo 1º se dispuso la ampliación de dicho Programa.

 

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 480/99, se aprobó la modificación de los contratos del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.

 

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 9/99, se autorizó a ciertos funcionarios a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para instrumentar las operaciones dentro del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo en el marco del Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 649/98.

 

Que por Resolución mencionada en el considerando precedente, en su artículo 1º se dispuso la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 2000-2005”, por un VALOR NOMINAL DE EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V. N. EUROS 250.000.000), con vencimiento el 7 de enero de 2005.

 

Que MORGAN STANLEY & CO INTERNATIONAL LIMITED, uno de los bancos colocadores principales de la emisión original, ofreció a la REPUBLICA ARGENTINA efectuar una ampliación de la misma por hasta un VALOR NOMINAL EUROS CUATROCIENTOS MILLONES (V. N. EUROS 400.000.000,-).

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos por la planilla 14 anexa al artículo 5 de la Ley Nº 25.237.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 25.237 y por el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de junio de 1998.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo, la emisión de “LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 2000-2005” que serán colocadas a través de un sindicato de bancos encabezado por MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, con fecha 11 de febrero de 2000, de acuerdo con las siguientes características financieras:

 

a) Serie Número: 69.

 

b) Monto de la ampliación: VALOR NOMINAL EUROS CUATROCIENTOS MILLONES (V. N. EUROS 400.000.000,-).

 

c) Precio de colocación de la ampliación: CIENTO UNO CON VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (101,025%).

 

d) Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (99,75%).

 

e) Interés corrido: la REPUBLICA ARGENTINA percibirá interés corrido desde el 7 de enero de 2000 inclusive, hasta el 11 de febrero de 2000 exclusive por un monto de EUROS TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON SESENTA Y UN CENTAVOS (EUROS 3.825.136,61).

 

f) Fecha de desembolso: 11 de febrero de 2000.

 

g) Fecha de vencimiento: 7 de enero de 2005.

 

h) Amortización: íntegra al vencimiento.

 

i) Interés: DIEZ POR CIENTO (10%) anual, pagadero anualmente.

 

j) Comisión neta: CERO CON SESENTA POR CIENTO (0,60%).

 

k) Gastos de traducción: hasta un importe máximo de PESOS TRES MIL ($ 3000,-).

 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.