Ministerio de Economía

 

DEUDA PUBLICA

 

Resolución 66/2000

 

Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses, denominados “Bontes 11,75% 2003”.

 

Bs. As., 11/2/2000

 

VISTO, el Expediente Nº 080-000480/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, las Leyes Nº 11.672 y 25.237 “Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2000”, el Decreto Nº 340 de fecha 1º de abril de 1999, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 230 de fecha 2 de diciembre de 1996 y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20 de fecha 9 de febrero de 2000, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el artículo 5º de la Ley Nº 25.237 se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA, a realizar operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central por hasta los montos autorizados en la planilla 14 anexa al artículo mencionado.

 

Que el artículo 1º del Decreto Nº 340/96 estableció un sistema de emisión, colocación, liquidación y negociación de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) que se emitan en el mercado local.

 

Que por el artículo 2º del Decreto citado en el considerando precedente, se estableció que entre los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) a emitirse estarán los Bonos de Mediano y Largo Plazo, conforme se definen en el artículo 57 inciso a) de la Ley Nº 24.156.

 

Que asimismo, por el artículo 4” del mismo Decreto, se determinaron las características de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLlCO (I.E.P.) pudiendo denominarse éstos en PESOS o moneda extranjera, ser a tasa adelantada o vencida, fija o flotante, o bien cualquier otra estructura usual en los mercados locales e internacionales.

 

Que de acuerdo con el artículo mencionado en el considerando precedente, la colocación de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) podrá realizarse por licitación pública —debiéndose dar a conocer las condiciones de la misma en el momento del correspondiente llamado a licitación—, por suscripción directa o licitación privada cuando circunstancias especiales así lo aconsejen.

 

Que el artículo 9º del Decreto Nº 340/96 facultó a la SECRETARIA DE HACIENDA a emitir y colocar los instrumentos financieros definidos por el artículo 57, inciso a) de la Ley Nº 24.156, en los términos, a los fines y por hasta las sumas estipuladas en la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional del ejercicio fiscal de que se trate, entre los que se encuentran los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) para el mercado local.

 

Que los títulos emitidos por la presente podrán ser utilizados en el corriente ejercicio conforme a las pautas de financiamiento previstas para el año en curso o podrán ser utilizados para realizar operaciones de administración de pasivos en el marco del artículo 42 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 1999), conforme lo establece el artículo 4º del Decreto Nº 340/96.

 

Que la Resolución Nº 20/2000 de la SECRETARIA DE HACIENDA aprobó la operación de canje de BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO (“BONTES”) emitidos en el marco del Decreto Nº 340/96 por títulos emitidos por reestructuración o consolidación de pasivos del sector público o con escasa liquidez en el mercado secundario.

 

Que la transacción aprobada por la referida Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20/2000 culmina con la emisión de dos nuevos Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en el marco del Decreto Nº 340/96 (“BONTES”).

 

Que se ha recibido la opinión de la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta de conformidad con las autorizaciones conferidas por el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 “Ley Complementaria Permanente de Presupuesto” (T.O. 1999), el artículo 65 de la Ley Nº 24.156 y el artículo 5º de la Ley Nº 25.237.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses denominados “BONTES 11,75% 2003”, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHOCIENTOS MILLONES (V.N. U$S 1.800.000.000,-), de acuerdo con las siguientes condiciones financieras:

 

a) Fecha de Emisión: 21 de febrero de 2000.

 

b) Fecha de Vencimiento: 21 de mayo de 2003.

 

c) Plazo: TRES (3) años y TRES (3) meses.

 

d) Amortización: íntegra a su vencimiento.

 

e) Tasa de interés: Fija de ONCE CON SETENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (11,75%) anual, pagadero semestralmente. El primer período de intereses será irregular, y abarcará desde el 21 de febrero de 2000 (inclusive) hasta el 21 de mayo de 2000 (exclusive). A partir de esa fecha los servicios de renta vencerán todos los 21 de mayo y 21 de noviembre de cada año hasta el vencimiento del bono. Se utilizará como base de cálculo meses de TREINTA (30) días y años de TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

 

f) Denominación mínima: el bono de menor denominación será de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UNO (V.N. US$ 1,-).

 

g) Régimen de colocación: de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 340 de fecha 1º de abril de 1996, los bonos que se emitan por la presente, se podrán colocar por licitación pública, en uno o varios tramos de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 230/96, por suscripción directa o por licitación privada cuando circunstancias especiales así lo aconsejen, pudiéndose realizar operaciones de administración de pasivos, tales como: canjes, compra y/o venta de instrumentos, operaciones de pase y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados, en el marco del artículo 42 de la Ley Nº 11.672 “Ley Complementaria Permanente de Presupuesto” (T.O. 1999), o de la norma vigente al momento de concertarse las operaciones mencionadas.

 

h) Comisiones: de acuerdo con lo aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20 de fecha 9 de febrero de 2000.

 

i) Negociación: se solicitará su negociación en Bolsas y Mercados de Valores del país y mercados autorregulados a partir del 11 de febrero de 2000.

 

j) Titularidad: se emitirán Certificados Globales extendidos a nombre del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en su carácter de agente de registro de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) conforme lo establecido en el Decreto Nº 340/96.

 

k) Exenciones impositivas: gozarán de todas la exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentos vigentes en la materia.

 

l) Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA mediante transferencias de fondos de las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en los términos del Decreto Nº 340/96.

 

Art. 2º — Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses denominados “BONTES 12,125% 2005”, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 1.850.000.000,-), de acuerdo con las siguientes condiciones financieras:

 

a) Fecha de Emisión: 21 de febrero de 2000.

 

b) Fecha de Vencimiento: 21 de mayo de 2005.

 

c) Plazo: CINCO (5) años y TRES (3) meses.

 

d) Amortización: íntegra a su vencimiento.

 

e) Tasa de interés: Fija de DOCE CON CIENTO VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (12,125%) anual, pagadero semestralmente. El primer período de intereses será irregular, y abarcará desde el 21 de febrero de 2000 (inclusive) hasta el 21 de mayo de 2000 (exclusive). A partir de esa fecha los servicios de renta vencerán todos los 21 de mayo y 21 de noviembre de cada año hasta el vencimiento del bono. Se utilizará como base de cálculo meses de TREINTA (30) días y años de TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

 

f) Denominación mínima: el bono de menor denominación será de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UNO (V.N. US$ 1,-).

 

g) Régimen de colocación: de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 340 de fecha 1º de abril de 1996, los bonos que se emitan por la presente, se podrán colocar por licitación pública, en uno o varios tramos de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 230/96, por suscripción directa o por licitación privada cuando circunstancias especiales así lo aconsejen, pudiéndose realizar operaciones de administración de pasivos, tales como: canjes, compra y/o venta de instrumentos, operaciones de pase y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados, en el marco del artículo 42 de la Ley Nº 11.672 “Ley Complementaria Permanente de Presupuesto” (T.O. 1999), o de la norma vigente al momento de concertarse las operaciones mencionadas.

 

h) Comisiones: de acuerdo con lo aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20 de fecha 9 de febrero de 2000.

 

i) Negociación: se solicitará su negociación en Bolsas y Mercados de Valores del país y mercados autorregulados a partir del 11 de febrero de 2000.

 

j) Titularidad: se emitirán Certificados Globales extendidos a nombre del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en su carácter de agente de registro de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (I.E.P.) conforme lo establecido en el Decreto Nº 340/96.

 

k) Exenciones impositivas: gozarán de todas la exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentos vigentes en la materia.

 

l) Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA mediante transferencias de fondos de las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en los términos del Decreto Nº 340/96.

 

Art. 3º — Aféctase un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS (VN US$ 1.381.224.386,-) de los bonos emitidos de acuerdo al artículo 1º de la presente Resolución y un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO DIEZ (VN US$ 1.641.749.110,-) de los bonos emitidos de acuerdo al artículo 2º de la presente Resolución, al canje de los bonos descriptos en la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20 de fecha 9 de febrero de 2000.

 

Art. 4º — Aféctase un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS TRES MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS (VN US$ 303.714.166,-) de los bonos emitidos de acuerdo al artículo 1º de la presente Resolución y un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (VN US$ 121.892.250,-) de los bonos emitidos de acuerdo al artículo 2º de la presente Resolución, a suscribirse en efectivo.

 

Art. 5º — Procédase a la cancelación, en los registros de la deuda pública, de los bonos canjeados que se detallan como anexo a la presente Resolución.

 

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.