Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

INSTITUTO DE INVESTIGACION SOBRE EL DELITO Y LA JUSTICIA PARA AMERICA LATINA

Resolución 84/2000

Créase el mencionado Instituto dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Funciones. Organos de dirección. Integración del Consejo Consultivo.

Bs. As., 14/2/2000

Visto, las recomendaciones efectuadas por el Director de UNICRI (Instituto Interregional de Investigación de Naciones Unidas sobre el Delito y la Justicia), Sr. Alberto Bradanini, conmotivo de la coordinación regional de distintos proyectos de investigación, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la designación del Director Nacional de Política Criminal, Dr. Mariano Alberto Ciafardini, como coordinador regional del proyecto ICVS (Escuela Internacional de Victimización) según nota del Director de UNICRI, Sr. Alberto Bradanini, de fecha 8 de noviembre de 1999, y que fuera ratificada en el Encuentro Internacional de Expertos para la Organización Regional y la Coordinación de las Encuestas de Victimización ICVS que tuvo lugar los días 27 y 28 de enero de 2000, surgen actividades a implementar en la región.

Que, en tal sentido, resulta una necesidad la creación de un instituto de investigación con el propósito de llevar adelante la coordinación regional del proyecto denominado ICVS/ICBS (Encuesta Internacional de Victimización/Encuesta Internacional de Victimización de Comercios y Empresas) coordinado a nivel internacional por UNICRI (Instituto Interregional de Investigación de Naciones Unidas sobre el Delito y la Justicia).

Que el mandado de UNICRI respecto de la coordinación regional incluye la asistencia para la Cuestionario para el Estudio de las Naciones Unidas sobre Tendencias Delictivas y Funcionamiento de los Sistemas de Justicia Penal, con datos de la policía, del poder judicial y de los servicios penitenciarios; como así también para la recolección ad hoc de datos sobre cuestiones relacionadas con el crimen organizado (por ej., mercados ilegales, tráfico de seres humanos, tráfico de automóviles usados, tráfico de especies en peligro de extinción, etc.), etc.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el INSTITUTO DE INVESTIGACION SOBRE EL DELITO Y LA JUSTICIA PARA AMERICA LATINA dentro de la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 2º — El INSTITUTO DE INVESTIGACION SOBRE EL DELITO Y LA JUSTICIA PARA AMERICA LATINA tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo la coordinación regional del proyecto denominado ICVS/ICBS (Encuesta Internacional de Victimización/Encuesta Internacional de Victimización de Comercios y Empresas) coordinado a nivel internacional por UNICRI (Instituto Interregional de Investigación de Naciones Unidas sobre el Delito y la Justicia), con el objeto de la realización de estudios nacionales y regionales, con particular atención en la recolección y análisis de datos sobre el delito y la justicia.

b) Implementar el Cuestionario para el Estudio de las Naciones Unidas sobre Tendencias Delictivas y Funcionamiento de los Sistemas de Justicia Penal.

c) Propiciar el desarrollo de análisis comparativos de datos de las policías, de los poderes judiciales y de los servicios penitenciarios de los países de América Latina.

d) Llevar a cabo la recolección ad hoc de datos sobre cuestiones relacionadas con el crimen organizado (por ej., mercados ilegales, tráfico de seres humanos, tráfico de automóviles usados, tráfico de especies en peligro de extinción, etc.)

e) Programar e implementar otras acciones afines a las indicadas en los incisos precedentes, tales como publicaciones, organización de jornadas de capacitación, mesas redondas con los representantes de los sectores involucrados para la discusión de los resultados de los estudios realizados, etc.

Art. 3º — Son órganos del Instituto:

a) La Presidencia será ejercida por el Director Nacional de Política Criminal.

b) La Vicepresidencia será ejercida por el jefedel Departamento de Investigaciones de la Dirección Nacional de Política Criminal.

c) Tres coordinadores de las actividades previstas en el Artículo 3º, que serán designados por el presidente del Instituto.

d) El Consejo Consultivo será integrado por los Coordinadores Nacionales de los países que participen del proyecto ICVS (Encuesta Internacional de Victimización), por un representante del ILANUD con sede en San José de Costa Rica y por un representante del ILANUD con sede en SanPablo.

Art. 4º — La creación de este Instituto no implicará erogación de gastos al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Ricardo R. Gil Lavedra.