OBRAS PUBLICAS

Decreto 176/2000

Transfiérense diversos programas acordados con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo al Ministerio de Infraestructura y Vivienda y en su totalidad el programa presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento Básico” al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente. Modifícanse la estructura programática y el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2000.

Bs. As., 29/2/2000

VISTO la Ley Nº 25.233, el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 y el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000, aprobado por Ley Nº 25.237, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Nº 25.233 modificó, en ciertos aspectos, la Ley de Ministerios hasta entonces en vigor, en atención a las nuevas necesidades que debe encarar el Gobierno Nacional.

Que en virtud de dicha normativa, se dictó el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, por el cual se estableció la conformación organizativa y los objetivos de las Secretarías y Subsecretarías que dependen de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los distintos Ministerios.

Que a fin de lograr consistencia en la nueva estructura organizativa del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y para que ésta se adecúe a las políticas fijadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se torna indispensable readecuar las acciones asignadas con anterioridad a otras jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, sobre la base de la distribución de competencias que surgen de la actual Ley de Ministerios.

Que en el nuevo contexto de la Administración Pública Nacional, se han atribuido al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA competencias específicas en materia hídrica, de infraestructura vial, de viviendas y de obras públicas.

Que existen programas de crédito internacional que corresponden a las áreas de competencia del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA que aún permanecen en las jurisdicciones originales.

Que el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000 distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, asignó los Programas BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de Protección contra las inundaciones, BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de Inundaciones “El Niño”, al MINISTERIO DEL INTERIOR y deben ser transferidos al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que la Jurisdicción 25 —Jefatura de Gabinete de Ministros tiene dentro de sus créditos el Programa BID 1118/OC— Programa de Emergencia para la recuperación de las Zonas afectadas por las Inundaciones que corresponde transferir al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que asimismo el Programa de Financiamiento a Municipios (Préstamos BIRF 3860/AR, BID 830/OC, y BID 932/SF) correspondiente a la jurisdicción 85 — MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, debe transferirse también al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que con igual criterio debe transferirse al MlNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE el Programa Presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento Básico (PROPASA)”, actualmente incluido en la Jurisdicción 55 — Ministerio de Infraestructura y Vivienda.

Que como consecuencia de lo expresado en los considerandos anteriores, resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la Administración Nacional, adecuar las respectivas aperturas programáticas y disponer la transferencia de los bienes patrimoniales correspondientes.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de los artículos 20 (1º párrafo) y 26 de la Ley Nº 25.237 y el inciso 3) del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Transfiérense los programas, BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de Protección contra las Inundaciones, y BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de Inundaciones “El Niño” actualmente en Jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR, al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 2º — Transfiérese el Programa BID 1118/ OC incluido en la Jurisdicción 25 Jefatura de Gabinete de Ministros al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 3º — Transfiérese el Programa de Financiamiento a Municipios (BIRF 3860/AR, BID 830/OC-AR, y BID 932/SF-AR) al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 4º — Transfiérese en su totalidad al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE el Programa Presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento Básico (PROPASA)”, actualmente incluido en la Jurisdicción 55 — Ministerio de Infraestructura y Vivienda.

Art. 5º — Modifícase la estructura programática de la Administración Nacional de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 6º — Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos anteriores modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000 de acuerdo con el detalle de las planillas anexas al presente artículo.

Art. 7º — Mantiénese en la Jurisdicción 85 — Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente el Programa BID 940/OC - AR, Mejoramiento de Barrios.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani. — Nicolás V. Gallo. — José L. Machinea. — Rosa G. C. de Fernández Meijide.

NOTA: Este Decreto se publica sin las planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).