OBRAS PUBLICAS
Decreto 176/2000
Transfiérense diversos programas acordados con el
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de
Desarrollo al Ministerio de Infraestructura y Vivienda y en su totalidad el
programa presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento
Básico” al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente. Modifícanse la
estructura programática y el presupuesto de la Administración Nacional para el
ejercicio 2000.
Bs.
As., 29/2/2000
VISTO
la Ley Nº 25.233, el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 y el
Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000, aprobado por
Ley Nº 25.237, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de
enero de 2000, y
CONSIDERANDO
Que la
Ley Nº 25.233 modificó, en ciertos aspectos, la Ley de Ministerios hasta
entonces en vigor, en atención a las nuevas necesidades que debe encarar el
Gobierno Nacional.
Que en
virtud de dicha normativa, se dictó el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de
1999, por el cual se estableció la conformación organizativa y los objetivos de
las Secretarías y Subsecretarías que dependen de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los distintos Ministerios.
Que a
fin de lograr consistencia en la nueva estructura organizativa del MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y para que ésta se adecúe a las políticas fijadas
por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se torna indispensable readecuar las acciones
asignadas con anterioridad a otras jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional, sobre la base de la distribución de competencias que surgen de la
actual Ley de Ministerios.
Que en
el nuevo contexto de la Administración Pública Nacional, se han atribuido al
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA competencias específicas en materia
hídrica, de infraestructura vial, de viviendas y de obras públicas.
Que
existen programas de crédito internacional que corresponden a las áreas de
competencia del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA que aún permanecen en
las jurisdicciones originales.
Que el
Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000 distribuido
por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, asignó los
Programas BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de
Protección contra las inundaciones, BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de
Inundaciones “El Niño”, al MINISTERIO DEL INTERIOR y deben ser transferidos al
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que la
Jurisdicción 25 —Jefatura de Gabinete de Ministros tiene dentro de sus créditos
el Programa BID 1118/OC— Programa de Emergencia para la recuperación de las
Zonas afectadas por las Inundaciones que corresponde transferir al MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que asimismo
el Programa de Financiamiento a Municipios (Préstamos BIRF 3860/AR, BID 830/OC,
y BID 932/SF) correspondiente a la jurisdicción 85 — MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, debe transferirse también al MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que con
igual criterio debe transferirse al MlNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO
AMBIENTE el Programa Presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y
Saneamiento Básico (PROPASA)”, actualmente incluido en la Jurisdicción 55 —
Ministerio de Infraestructura y Vivienda.
Que
como consecuencia de lo expresado en los considerandos anteriores, resulta
necesario modificar el presupuesto vigente de la Administración Nacional,
adecuar las respectivas aperturas programáticas y disponer la transferencia de
los bienes patrimoniales correspondientes.
Que la
presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de los artículos 20
(1º párrafo) y 26 de la Ley Nº 25.237 y el inciso 3) del artículo 99 de la
CONSTITUCION NACIONAL.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Transfiérense los
programas, BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de
Protección contra las Inundaciones, y BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de
Inundaciones “El Niño” actualmente en Jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR,
al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Art. 2º — Transfiérese el Programa BID
1118/ OC incluido en la Jurisdicción 25 Jefatura de Gabinete de Ministros al
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Art. 3º — Transfiérese el Programa de
Financiamiento a Municipios (BIRF 3860/AR, BID 830/OC-AR, y BID 932/SF-AR) al
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Art. 4º — Transfiérese en su totalidad
al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE el Programa Presupuestario
“Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento Básico (PROPASA)”,
actualmente incluido en la Jurisdicción 55 — Ministerio de Infraestructura y
Vivienda.
Art. 5º — Modifícase la estructura
programática de la Administración Nacional de acuerdo con el detalle obrante en
la planilla anexa al presente artículo.
Art. 6º — Como consecuencia de lo
dispuesto en los artículos anteriores modifícase el Presupuesto de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2000 de acuerdo con el detalle de las
planillas anexas al presente artículo.
Art. 7º — Mantiénese en la Jurisdicción
85 — Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente el Programa BID 940/OC -
AR, Mejoramiento de Barrios.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — DE LA RUA. —
Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani. — Nicolás V. Gallo. — José L.
Machinea. — Rosa G. C. de Fernández Meijide.
NOTA:
Este Decreto se publica sin las planillas anexas. La documentación no publicada
puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Capital Federal).