INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución 2/2000
Suspéndese la recepción de trámites para la obtención de matrículas de martiliero y corredor.
Bs. As., 10/4/2000
VISTO la notificación cursada el 4 de abril de 2000 por la
Excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital
Federal en las actuaciones "Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal
y Actividades Inmobiliarias s/ petición", S. 192/00, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Tribunal por Acuerdo del 29/3/00, resolvió, suspender
momentáneamente la convocatoria a examen para la obtención de las
matrículas de martillero y corredor, correspondiente al mes de abril
del corriente año.
Que conforme a la decisión comentada, resulta prudente suspender la
recepción de trámites para la obtención de matrículas de martillero y
corredor, hasta tanto se resuelva definitivamente el tratamiento del
recaudo interrumpido.
Por ello, y las facultades conferidas por el artículo 4° inc. a) de la Ley 22.315 y artículo 1° del Decreto 1493/82,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACION RESUELVE:
Artículo 1° — Suspender la recepción de trámites para la obtención de matrículas de martillero y corredor.
Art. 2° — El Jefe del Departamento Registral deberá arbitrar los medios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.
Art. 3° — Regístrese como
Resolución General. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
Publíquese. Oportunamente, archívese. — Mariano A. Posse.