INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

Resolución 2/2000

Suspéndese la recepción de trámites para la obtención de matrículas de martiliero y corredor.

Bs. As., 10/4/2000

VISTO la notificación cursada el 4 de abril de 2000 por la Excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal en las actuaciones "Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias s/ petición", S. 192/00, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Tribunal por Acuerdo del 29/3/00, resolvió, suspender momentáneamente la convocatoria a examen para la obtención de las matrículas de martillero y corredor, correspondiente al mes de abril del corriente año.

Que conforme a la decisión comentada, resulta prudente suspender la recepción de trámites para la obtención de matrículas de martillero y corredor, hasta tanto se resuelva definitivamente el tratamiento del recaudo interrumpido.

Por ello, y las facultades conferidas por el artículo 4° inc. a) de la Ley 22.315 y artículo 1° del Decreto 1493/82,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1° — Suspender la recepción de trámites para la obtención de matrículas de martillero y corredor.

Art. 2° — El Jefe del Departamento Registral deberá arbitrar los medios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.

Art. 3° — Regístrese como Resolución General. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Publíquese. Oportunamente, archívese. — Mariano A. Posse.