Ministerio de Economía y Ministerio del Interior

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución Conjunta 312/2000 y 28/2000

Modificación de la Resolución Conjunta Nº 96/ 2000-ME y Nº 5/2000-MI, en relación con la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en determinados Departamentos de la Provincia de Entre Ríos, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913.

Bs. As., 18/4/2000

VISTO el Expediente Nº 800-015001/99 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 96 y del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 5 de fecha 17 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo primero de la mencionada Resolución Conjunta se ha deslizado un error material con relación a la fecha de finalización de la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de ENTRE RIOS a los productores agropecuarios de algunos Departamentos del territorio provincial afectados por intensa sequía y heladas, mediante el Decreto Provincial Nº 7193 S.P.G. del 24 de noviembre de 1999.

Que el señor presidente de la COMISION NACIONAL DE EMRGENCIA AGROPECUARIA ha analizado lo ocurrido y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5º del Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997, opina que corresponde rectificar el error material y modificar la fecha de finalización de la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario por la del 28 de febrero de 2001, a fin de la aplicación, en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley Nº 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que por el artículo 3º, inciso a), apartado 1) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre.

Por ello,

LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y DEL INTERIOR

RESUELVEN:

Artículo 1º — Sustitúyese el texto del artículo 1º de la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 96 y del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 5, de fecha 17 de febrero de 2000, por el siguiente:

"ARTICULO 1º. — A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913: Declarar en la Provincia de ENTRE RIOS el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a los Departamentos COLON, CONCORDIA, DIAMANTE, FEDERACION, FEDERAL, FELICIANO, GUALEGUAY, GUALEGUAYCHU, LA PAZ, NOGOYA, PARANA, SAN SALVADOR, TALA, URUGUAY, VICTORIA, VILLAGUAY e ISLAS DEL IBICUY, afectados por intensa sequía y heladas, desde el 1º de noviembre de 1999 hasta el 28 de febrero de 2001".

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea — Federico T. M. Storani.