MINISTERIO DE ECONOMIA

Resolución 401/2000

Delégase en el funcionario a cargo de la Subsecretaría de Política Tributaria la firma de las autorizaciones para apelar las sentencias del Tribunal Fiscal de la Nación, previstas en la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Bs. As., 9/5/2000

VISTO el Expediente Nº 001-000893/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 193 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, se dispone que la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito de este Ministerio, tendrá derecho a apelar las sentencias del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, siempre que el escrito del recurso se acompañe con la autorización escrita para el caso dado, emanada del Subsecretario de Política y Administración Tributaria o de competencia análoga o en ausencia o impedimento de éste, del funcionario a cargo de la DIRECCION NACIONAL DE IMPUESTOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio, en cuya órbita funcionaba el ente recaudador por imperio de la normativa entonces vigente.

Que con motivo del dictado del Decreto Nº 896 de fecha 1º de agosto de 1996 y posteriormente del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, se dispuso que la citada ADMINISTRACION FEDERAL dependiera en forma directa de este Ministerio, a cuyo titular se le confirieron todas las atribuciones que la normativa vigente otorgaba a otros funcionarios.

Que la tramitación de las autorizaciones a que se refiere el primer considerando, requiere que se concrete con gran celeridad, dado el carácter perentorio de los plazos para interponer los recursos ante la CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.

Que por otra parte se ha comprobado que el cumplimiento de las referidas facultades, por el elevado número de solicitudes de autorización que se presentan, implica poner a cargo del suscripto tareas que, en algunos casos, no resulta posible cumplir con la eficiencia y celeridad que las mismas exigen.

Que como consecuencia de ello, se hace necesario adoptar los recaudos pertinentes a los efectos de corregir la problemática antes señalada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio al tomar la intervención que le compete, ha dictaminado en el sentido de que tal objeto podría alcanzarse a través de una delegación de firma, en uso de las facultades previstas en el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (t.o. 1991).

Que para ello corresponde tener presente que la materia involucrada en dichos trámites, resulta ser de competencia primaria de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (t.o. 1991).

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Delégase la firma de las autorizaciones para apelar las sentencias del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, prevista en el artículo 193 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, en el funcionario a cargo de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio, las que se considerarán otorgadas por el suscripto.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— José L. Machinea.