Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 133/2000

Suspéndese la aplicación de la Resolución Nº 543/99, mediante la cual se introdujeron los denominados Derechos de Congestión, asociados a las expansiones del sistema de transporte realizadas por el procedimiento de Ampliaciones a Riesgo o por otros procedimientos que involucran compromisos firmes de pago.

Bs. As., 18/5/2000

VISTO el Expediente Nº 750-001900/2000, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 543 de fecha 19 de octubre de 1999 de la SECRETARIA DE ENERGIA entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se sancionaron cambios en el REGLAMENTO DE ACCESO A LA CAPACIDAD EXISTENTE Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA destinados a brindar herramientas adicionales para la expansión del SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION basadas en la modalidad de AMPLIACIONES A RIESGO.

Que mediante la resolución citada en el considerando precedente se introdujeron también los denominados DERECHOS DE CONGESTION, asociados a las expansiones del sistema de transporte realizadas por el procedimiento de Ampliaciones a Riesgo o por otros procedimientos que involucraran compromisos firmes de pago.

Que mediante Resolución Nº 657 de fecha 3 de diciembre de 1999 de la SECRETARIA DE ENERGIA entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se sancionó un incremento del gravamen destinado al FONDO NACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (FNEE) y previsto en el Artículo 30 de la Ley Nº 15.336 y modificado por el Artículo 70 de la Ley Nº 24.065, asignándole como destino específico impulsar la integración energética de las regiones aisladas.

Que al presente esta Secretaría se encuentra elaborando un Plan de Desarrollo del Transporte, en el ámbito del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (CFEE), que contempla la aplicación del incremento referido en el considerando precedente.

Que dicho Plan requiere la realización de un replanteo general de las expansiones de la red de transmisión, lo cual podría entrar en conflicto con las eventuales AMPLIACIONES A RIESGO que pudieran autorizarse en los términos de la Resolución Nº 543 de fecha 19 de octubre de 1999 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que, en consecuencia, conviene suspender la aplicación de los cambios introducidos mediante la resolución citada en el considerando precedente.

Que por otra parte, al presente no se ha iniciado aun ninguna expansión del SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION basada en la modalidad de AMPLIACIONES A RIESGO.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto en el Artículo 12 del Decreto Nº 2743 del 29 de diciembre de 1992 y en el Artículo 12 de la Ley Nº 19.549.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Suspéndese la aplicación de la Resolución Nº 543 de fecha 19 de octubre de 1999 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 2º — La presente resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Notifíquese al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel G. Montamat.