JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
Resolución Nº 52/2000
Bs. As., 17/5/2000
VISTO y CONSIDERANDO el CONVENIO INSTITUCIONAL suscrito entre la
SECRETARIA PARALA MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA
NACION, LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y LA SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, a los efectos de instrumentar EL PROGRAMA CARTA
COMPROMISO CON EL CIUDADANO (Decreto Nº 229/00).
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el CONVENIO INSTITUCIONAL firmado entre la
SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA
NACION, LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y LA SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS para instrumentar EL PROGRAMA CARTA COMPROMISO CON
EL CIUDADANO, suscrito en la Ciudad de Buenos Aires, REPUBLICA
ARGENTINA, a los dieciséis días del mes de mayo de 2000, que consta de
doce cláusulas y cuya copia autenticada forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. LEANDRO I. POPIK, Subsecretario de
la Gestión Pública.
CONVENIO
PROGRAMA CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes
mayo de 2000, se reúnen por una parte, el Secretario para la
Modernización del Estado de la Vicepresidencia de la Nación y el
Subsecretario de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, en adelante LAS UNID-DES DE COOPERACION y por la otra, el
Subsecretario de Justicia y Asuntos Legislativos dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en adelante EL ORGANISMO y
acuerdan suscribir el presente Convenio a los efectos de instrumentar
EL PROGRAMA CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO (Decreto Nº 229/00), en
adelante EL PROGRAMA, en EL ORGANISMO y de acuerdo alas siguientes
cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: La incorporación de EL ORGANISMO al PROGRAMA CARTA
COMPROMISO CON EL CIUDADANO implica su voluntad de desarrollar un
proceso permanente de mejora continua en la prestación de los servicios
a su cargo, definido como una política sustantiva de Modernización del
Estado.
CLAUSULA SEGUNDA: LAS UNIDADES DE COOPERACION brindarán la asistencia
técnica necesaria para la primera fase de implantación, de forma tal
que EL ORGANISMO cuente con el apoyo necesario para lanzar EL PROGRAMA
en su jurisdicción. Esta primera fase tiene por objeto el
establecimiento de compromisos de servicio, formalizados a través de
una CARTA COMPROMISO antes del 31 de diciembre de 2000.
CLAUSULA TERCERA: EL ORGANISMO afectará a la implantación de EL
PROGRAMA un Responsable con capacidad de decisión y no menos de tres
(3) agentes de su planta de personal que sedesempeñen en áreas
sustantivas de los servicios seleccionados, quienes cumplirán las
funciones de facilitadores de EL PROGRAMA.
CLAUSULA CUARTA: LAS UNIDADES DE COOPERACION capacitarán al Responsable
de EL ORGANISMO y a los facilitadores, a los efectos de la implantación
de EL PROGRAMA.
CLAUSULA QUINTA: Durante el curso de capacitación, mencionado en la
cláusula precedente, el Responsable y los facilitadores designados por
EL ORGANISMO, con la colaboración de los profesionales asignados por
las UNIDADES DE COOPERACION, elaborarán el Plan de Implantación de EL
PROGRAMA, el cual deberá ser ratificado por el titular de EL ORGANISMO
y por los titulares de LAS UNIDADES DE COOPERACION, como condición
previa a su puesta en práctica.
CLAUSULA SEXTA: LAS UNIDADES DE COOPERACION afectarán en EL ORGANISMO
dos (2) profesionales a tiempo completo, los cuales serán sus
representantes y colaborarán en la implantación de EL PROGRAMA.
CLAUSULA SEPTIMA: La duración de la asistencia técnica a cargo de las
UNIDADES DE COOPERACION será establecida de acuerdo con las actividades
comprendidas en el Plan de Implantación mencionado en la Cláusula
Quinta, la cual no podrá exceder de seis (6) meses, salvo justificadas
razones que serán analizadas por las partes convinientes.
CLAUSULA OCTAVA: El titular de EL ORGANISMO se reunirá como mínimo, una
vez cada dos (2) meses, con los titulares de las UNIDADES DE
COOPERACION a los efectos de analizar la marcha del proceso de
implantación de EL PROGRAMA.
CLAUSULA NOVENA: El Responsable de EL ORGANISMO se reunirá mensualmente
con personal de LAS UNIDADES DE COOPERACION, a los mismos efectos
mencionados en la Cláusula precedente.
CLAUSULA DECIMA: EL ORGANISMO se compromete a tomar en consideración,
al evaluar el desempeño del personal con responsabilidad en la
prestación de servicios, la respectiva participaciónen la implantación
de EL PROGRAMA.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: Los gastos que demande la implantación de EL
PROGRAMA serán atendidos por EL ORGANISMO a excepción de la
remuneración, viáticos y/o compensaciones que le correspondan al
personal de LAS UNIDADES DE COOPERACION, los que serán atendidos porsu
respectiva jurisdicción.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: Las partes podrán rescindir las cláusulas
referidas a la asistencia técnica a cargo de LAS UNIDADES DE
COOPERACION del presente convenio, notificando fehacientemente a la
contraparte con una anticipación no menor a UN (1) mes.
En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.
Lic. LEANDRO I. POPIK, Subsecretario de la Gestión Pública. — MARCOS
MAKON, Secretario para la Modernización del Estado, Vicepresidencia de
la Nación. — CARLOS F. BALBIN, Subsecretario de Justicia y Asuntos
Legislativos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 24/5 Nº 317.927 v. 24/5/2000