Comando de Regiones Aéreas

TARIFAS

Disposición 57/2000

Establécense nuevos aranceles correspondientes a servicios aeronáuticos, a partir del 15 de Junio de 2000.

Bs. As., 31/5/2000

VISTO, la Disposición Nº 108/99 (Régimen Arancelario) de fecha 02 de agosto 99, la Orden Nº 04/00 de fecha 04 de febrero de 2000, la Orden Nº 09/00 de fecha 14 de marzo de 2000, lo actuado por los diferentes Organismos y Unidades del CRA y

Considerando:

Que la Disposición Nº 108/99 estableció el régimen arancelario (Anexos I y II) por servicios y/ o prestaciones efectuadas por diferentes Organismos dependientes del CRA de acuerdo a normas legales vigentes.

Que a partir de la puesta en vigencia del régimen arancelario publicado por Boletín Oficial Nº 29.226 de fecha 16 de agosto de 1999, se presenta la necesidad de actualizar el mismo en base a las propuestas de modificaciones y/o agregados al vigente.

Que dichas modificaciones surgen del requerimiento de ciertos Organismos para incluir trabajos a financiar permitiendo desarrollar plenamente su capacidad potencial material y humana para asesorar y/o prestar servicios en tareas inherentes a la actividad aeroportuaria sin afectar sus funciones específicas de Seguridad, Fiscalización y Operativas.

Que a los efectos de corregir tal deficiencia se hace necesario mantener la vigencia de los procedimientos administrativos a fin de lograr el mejor ordenamiento operativo, administrativo y financiero.

Que por su naturaleza y oportunidad surgieron solicitudes de servicios y/o prestaciones no comprendidas en la Disposición Nº 108/99.

Que el suscripto es competente para efectuar modificaciones y agregados a la Disposición Nº108/99 por las facultades otorgadas y descriptas oportunamente.

Por ello:

EL COMANDANTE DE REGIONES AEREAS

DISPONE:

1º) Establecer los aranceles correspondientes a servicios prestados conforme a los conceptos y valores consignados en Anexos I y II que forman parte integrante de esta Disposición, a partir del 15 de junio de 2000.

2º) Derogar los Anexos I y II de la Disposición Nº 108/99 de fecha 02-AGO-99 .

3º) Los fondos recaudados serán ingresados y destinados a la Fuente de Financiación 13 – Jurisdicción 45.23 – Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina – Comando de Regiones Aéreas.

4º) Comuníquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese. — Horacio A. Orefice.

(ANEXO I)

(Anexo derogado por art. 2° de la Disposición N° 108/2001 del Comando de Regiones aéreas B.O. 14/8/2001)

ANEXO II (actualizado Mayo-00)

(Anexo derogado por art. 2° de la Disposición N° 108/2001 del Comando de Regiones aéreas B.O. 14/8/2001)