Ministerio de Economía

PRESUPUESTO

Resolución 443/2000

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la Empresa Líneas Marítimas Argentinas Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (en liquidación) y de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (en liquidación).

Bs. As., 9/6/2000

VISTO el Expediente Nº 090-001513/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000, formulados por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) y por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), ambos entes residuales dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 2 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Titulo II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que el artículo 60 de la Ley Nº 24.938, actualmente incorporado como artículo 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley Nº 24.764.

Que la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 2 de febrero de 2000 prorrogó el plazo de la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación, entre los cuales se encuentra la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), como resulta de su ANEXO I.

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio 2000 conforme lo establecido por la mencionada Decisión Administrativa.

Que en el artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) dispone que los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que en el marco de lo establecido por el artículo 1º de la Resolución ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 777 de fecha 25 de junio de 1999, se ha suscripto con fecha 30 de setiembre de 1999, un acta de transferencia por la que se traspasan los activos, pasivos y la documentación contable y administrativa de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la exSECRETARIA DE COMUNICACIONES, actualmente SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la órbita de la exSUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, dependiente de la exSECRETARIA DE COORDINACION del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que de acuerdo con lo mencionado en los considerandos precedentes, resulta conveniente transferir recursos disponibles de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) a la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) para afrontar las erogaciones necesarias para el proceso liquidatorio de este último ente residual.

Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que el artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente. (* ver nota al final de la norma).

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 692.863) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 682.863.), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 1.650.863) los gastos corrientes, incluyendo una transferencia a la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) por un im porte de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 950.000), y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 1.560.863) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de la presente Resolución, estimase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2000 en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 1.410.863.), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en Iiquidación), de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos III y IV a la presente Resolución, respectivamente. (** ver nota al final de la norma).

Art. 6º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 1.046.374.) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 1.046.374), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 7º — Estímase en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL ($ 1.150.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 1.046.374) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CIENTO TRES MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS ($ 103.626) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 8º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 7º de la presente Resolución, estimase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el ejercicio 2000 en PESOS CIENTO TRES MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS ($ 103.626.), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

(*) MODIFICASE POR ART. 2° DE LA RES. N° 1016/2000 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, B.O. 11/12/2000 EL PLAN DE ACCIÓN Y PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2000 DE LA EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) DE ACUERDO AL DETALLE DE LA PLANILLA ANEXA AL PRESENTE ARTICULO, NO PUBLICADA EN B.O., LA MISMA PUEDE SER CONSULTADA EN SUIPACHA 767 - CAPITAL FEDERAL.

(**) MODIFICASE POR ART. 3° DE LA RES. N° 946/2000 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, B.O. 11/12/2000 EL PLAN DE ACCIÓN Y PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2000 DE LA EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) DE ACUERDO AL DETALLE DE LA PLANILLA ANEXA AL PRESENTE ARTICULO, NO PUBLICADA EN B.O., LA MISMA PUEDE SER CONSULTADA EN SUIPACHA 767 - CAPITAL FEDERAL.