Secretaría de Hacienda

BONOS EXTERNOS

Resolución 223/2000

Dispónese un canje con el Banco Central de la República Argentina, mediante el cual esta institución entregará al Estado Nacional "Par Bonds" en dólares estadounidenses y recibirá B"Floating Rate Bonds" en dólares estadounidenses, por un determinado valor nominal.

Bs. As., 15/6/2000

VISTO, el Expediente Nº 080-003263/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1999), la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 440 de fecha 9 de junio de 2000 y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 180 de fecha 2 de junio de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 180/2000 se aprobó el mecanismo de canje de los "DISCOUNT BANDS" SERIES L Y U, "PAR BONDS SERIES L Y U y "FLOATING RATE BONDS" en DOLARES ESTADOUNIDENSES, emitidos por los Decretos Nº 2321/1992 y Nº 407/1993, en función de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N°11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1999), a través de GOLDMAN SACHES & CO. como Coordinador global y J.P. MORGAN & CO., DEUTSCHE BANK ALEX BROWN y CHASE SECURITIES INC, como Colocadores Principales.

Que el día 7 de junio del corriente, se llevó a cabo la operación de canje mencionada en el considerando anterior, por lo cual la REPUBLICA ARGENTINA recompró en el mercado internacional "DISCOUNT BONDS" por un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL (V. N. U$S 1.082.140.000). "PAR BONDS" por un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL NOVECIENTOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL (V.N. U$S 1.904.386.000) y "FLOATING RATE BONDS" por un VALOR NOMINAL ORIGINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL (V.N. U$S 316.859.000).

Que el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1999) facultó a la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y SERVICIOS PUBLICOS, a realizar operaciones de administración de pasivos tales como compra, venta y/o canje de instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados.

Que las autoridades han entendido conveniente efectuar una operación de canje con el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el valor nominal original total de los "FLOATING RATE BONDS" recibidos en la operación de canje efectuado el 7 de junio de 2000, por "PAR BONDS" en cartera de esa institución, a precio medio de mercado.

Que la operación de canje permitirá hacer líquidos los activos que garantizan el capital y los intereses de los "PAR BONDS" y mejorar la liquidez de la cartera del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1999).

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el canje, a efectuarse el 15 de junio de 2000 con el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con las siguientes características:

1) La REPUBLICA ARGENTINA, entregará al BANCO CENTRAL DE LA RESPUBLICA ARGENTINA "FLOATING RATE BONDS" en DOLARES ESTADOUNIDENSES, emitidos por los Decretos N° 2321 y Nº 407 de fechas 4 de diciembre de 1992 y 11 de marzo de 1993, respectivamente, por un monto VALOR NOMINAL ORIGINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL (V.N. U$S 316.859.000) a un precio de NOVENTA Y UNO CON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO(91,375%) más intereses corridos.

2) El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA entregará a la REPUBLICA ARGENTINA "PAR BONDS" en DOLARES ESTADOUNIDENSES, emitidos por los Decretos Nº 2321 y Nº 407 de fecha 4 de diciembre de 1992 y 11 de marzo de 1993, respectivamente, por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL (V.N. U$S 343.783.000), a un precio de SESENTA Y SIETE CON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (67,375%) más intereses corridos.

El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, abonará a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y DOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (U$S 132,75) en concepto de redondeo de valores nominales y DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS (U$S 3.087.197,38) en concepto de diferencia de intereses corridos.

Art. 2º — Procédase a la cancelación de los instrumentos de deuda pública que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.— Mario Vicens.

Instrumentos a Cancelar Emitidos Bajo el Plan Financiero 1992

Valor Nominal en U$S

Discount Bonds

1.082.140.000

Par Bonds

2.248.169.000