LUGARES HISTORICOS
Ley 25.275
Declárase como ciudad histórica, al casco urbano original de la ciudad de San Miguel de Tucumán, conforme a lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252.
Sancionada: Julio 5 de 2000.
Promulgada: Julio 7 de 2000.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Declárase al casco urbano original de la ciudad de San Miguel de Tucumán, como ciudad histórica, conforme a lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252.
ARTICULO 2ş El Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo que corresponda, adoptará las medidas necesarias a fin de que dicho casco urbano sea debidamente señalizado con sus referencias históricas, de ubicación y de todos aquellos testimonios arquitectónicos que justifican esta declaración.
ARTICULO 3ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.
RAFAEL PASCUAL. CARLOS ALVAREZ. Guillermo Aramburu. Mario L. Pontaquarto.
REGISTRADA BAJO EL Nş 25.275