MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 607/2000

Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 27/7/2000

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones de índole operativas y funcionales aconsejan modificar la estructura organizativa de la Dirección de Informática de Fiscalización.

Que la Subdirección General de Fiscalización ha formulado la propuesta respectiva, habiendo tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Recursos Humanos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional (Disposición Nº 890/98).

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Determinar que la División denominada "Mantenimiento de Datos de Fiscalización" pase a depender jerárquicamente del Departamento Desarrollo de Sistemas para Fiscalización, asignándole la acción y las tareas que como Anexo B forma parte de la presente.

ARTICULO 2º — Eliminar de la estructura organizativa vigente las unidades orgánicas con nivel de Departamento denominada "Administración de Datos de Fiscalización" y con nivel de División denominada "Computadores Personales de Fiscalización", existentes en el ámbito de la Dirección de Informática de Fiscalización.

ARTICULO 3º — Eliminar de la estructura organizativa vigente las unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Desarrollo de Sistemas de Fiscalización Tributaria" y "Desarrollo de Sistemas de Fiscalización Aduanera", existentes en el ámbito del Departamento Desarrollo de Sistemas de Fiscalización.

ARTICULO 4º — Crear una unidad orgánica con nivel de División denominada "Explotación de Datos para Fiscalización", dependiente jerárquicamente del Departamento Desarrollo de Sistemas de Fiscalización.

ARTICULO 5º — Reemplazar los Anexos A25 y B25 —en lo que corresponde a la Dirección de Informática de Fiscalización— de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 6º — Eliminar de la estructura organizativa vigente los Anexos A07 y B07.

ARTICULO 7º — La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 1º de agosto de 2000.

ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ, Administrador Federal.

Anexo B 25

SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE INFORMATICA DE FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Evaluar, desarrollar y coordinar aquellas acciones que permitan implementar y mantener un servicio de procesamiento de datos para la gestión de fiscalización.

ACCIONES

1. Proveer y mantener sistemas de computación de datos cuyas prestaciones permitan satisfacer las necesidades informáticas de la gestión de fiscalización, dentro de las pautas de integración definidas.

2. Desarrollar las actividades vinculadas al análisis, diseño, programación, implementación, mantenimiento y administración de los sistemas informáticos necesarios para la fiscalización dentro del ámbito normativo y metodológico establecido.

3. Coordinar las actividades de procesamiento de la información a ser utilizada en los procedimientos de fiscalización en el ámbito del Organismo.

4. Coordinar las actividades de planeamiento y control sobre el desarrollo, homologación, y mantenimiento de los sistemas, supervisando la evaluación e implementación de los recursos informáticos respectivos.

5. Coordinar el desarrollo de nuevos sistemas de información computarizados de acuerdo con las necesidades y prioridades establecidas.

6. Brindar asesoramiento y soporte para los sistemas informáticos de fiscalización.

7. Evaluar la aplicabilidad de nuevos desarrollos tecnológicos a las tareas y necesidades de los sistemas informáticos de fiscalización.

8. Entender en la recepción, registros y despacho de la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DEPARTAMENTO DESARROLLO DE SISTEMAS PARA FISCALIZACION

ACCION

Planificar, asignar las tareas, coordinar y controlar las actividades que permitan la eficiente utilización de los recursos de carga, actualización y apropiación de la información, así como el desarrollo de sistemas a su cargo para satisfacer las necesidades de la administración de los datos inherentes a las tareas de fiscalización, coordinando con las demás áreas de informática las actividades de su competencia.

TAREAS

1. Efectuar las tareas de planificación, coordinación y control necesarias para asegurar la actualización permanente de los datos inherentes a las bases de datos y participar, conjuntamente con las áreas usuarias, en la confección de los planes de desarrollo de las tareas asignadas.

2. Coordinar la asignación de recursos y controlar el avance de ejecución de las tareas para lograr el cumplimiento de los planes.

3. Coordinar con el Departamento Sistemas para Fiscalización las tareas relacionadas con la implementación y homologación de los sistemas desarrollados.

4. Realizar con las demás áreas de informática las tareas de coordinación requeridas para el desarrollo de los sistemas que por su competencia resulten necesarios.

5. Supervisar el cumplimiento de las normas y estándares de aplicación en su área.

6. Establecer las necesidades de recursos humanos y materiales necesarios y de procedimientos administrativos para asegurar el adecuado funcionamiento de los recursos de su dependencia.

DIVISION EXPLOTACION DE DATOS PARA FISCALIZACION

ACCION

Dirigir y coordinar las actividades de desarrollo y mantenimiento originadas en requerimientos que tengan por objeto la sistematización de las tareas de fiscalización, adaptación de las aplicaciones a los cambios de normativa legal, modificación de la funcionalidad existente, corrección de las aplicaciones y optimización de los programas, según las prioridades definidas.

TAREAS

1. Intervenir en el relevamiento de los requerimientos formulados y participar en la evaluación de viabilidad de su desarrollo.

2. Proponer soluciones alternativas a efectos de optimizar los procedimientos y maximizar la eficiencia de los requerimientos efectuados.

3. Elaborar y aprobar los planes de desarrollo de los sistemas y sus correspondientes cronogramas de tareas dando intervención al Departamento Sistemas para Fiscalización y a las demás áreas que por su competencia corresponde.

4. Efectuar las tareas de desarrollo y mantenimiento de los sistemas a su cargo.

5. Coordinar la asignación de recursos para atender las necesidades derivadas de los planes.

6. Controlar la aplicación de los estándares y normas de desarrollo y documentación de sistemas y la aplicación de las normas de seguridad por parte de los recursos humanos bajo su supervisión.

7. Controlar la ejecución de los planes y ejecutar las acciones tendientes a cumplir con los objetivos.

8. Coordinar las necesidades de capacitación tendientes a obtener la actualización técnica necesaria.

DIVISION MANTENIMIENTO DE DATOS PARA FISCALIZACION

ACCION

Dirigir y coordinar las actividades que permitan la carga, control, apropiación, intimación y rediseño, tanto de los datos provenientes de la Organización, como de la información exógena, que tengan por objeto la utilización de la información para las tareas de fiscalización, adaptación de las aplicaciones a los cambios de normativa legal, modificación de la funcionalidad existente y optimización de los programas, según las prioridades.

TAREAS

1. Intervenir en el relevamiento de los requerimientos formulados y participar en la evaluación de viabilidad de su desarrollo.

2. Proponer soluciones alternativas a efectos de optimizar los procedimientos y maximizar la eficiencia de los requerimientos efectuados.

3. Elaborar y aprobar los planes de desarrollo de los sistemas y sus correspondientes cronogramas de tareas dando intervención al Departamento Sistemas para Fiscalización y a las demás áreas que por su competencia corresponde.

4. Efectuar las tareas de desarrollo y mantenimiento de los sistemas a su cargo.

5. Coordinar la asignación de recursos para atender las necesidades derivadas de los planes.

6. Controlar la aplicación de los estándares y normas de desarrollo y documentación de sistemas y la aplicación de las normas de seguridad por parte de los recursos humanos bajo su supervisión.

7. Controlar la ejecución de los planes y ejecutar las acciones tendientes a cumplir con los objetivos.

8. Coordinar las necesidades de capacitación tendientes a obtener la actualización técnica necesaria.

DEPARTAMENTO SISTEMAS PARA FISCALIZACION

ACCION

Entender en la definición e integración de la información a solicitar a responsables y terceros, y establecer los mecanismos de explotación de la misma como apoyo a la fiscalización, operando lo que sea de su responsabilidad.

TAREAS

1. Participar, conjuntamente con las áreas usuarias y los Departamentos de la Dirección, en la confección de los planes de homologación e implementación de los sistemas asignados.

2. Definir la creación de sistemas utilitarios de información elaborando los procedimientos y métodos que conlleven a obtención de la misma.

3. Preparar programas de trabajo tendientes a la integración de la información a una base de datos para fiscalización.

4. Entender en la definición y diseño de los formularios conducentes a brindar información al Organismo.

5. Realizar la confrontación de la información obtenida de terceros con la obrante en el Organismo.

6. Efectuar el control en lo referente a la calidad, cantidad y veracidad de la información suministrada.

7. Asesorar a la Dirección en lo concerniente al desarrollo de sistemas de fiscalización que utilicen como medio la computación y en cuanto a sus requerimientos a otras áreas de procedimientos informáticos.

8. Realizar las pruebas de los sistemas y su control incluyendo los lotes de prueba correspondientes y confeccionar los manuales del usuario que permitan la utilización y operación eficiente de los sistemas.

9. Entender en todo lo referente a la asistencia al usuario en lo referente a los sistemas desarrollados por la Dirección.

10. Promover la creación y/o perfeccionamiento de normas o procedimientos de cumplimiento obligatorio por parte de los contribuyentes y/o responsables.

11.Establecer las necesidades de recursos humanos y materiales necesarios y de procedimientos administrativos para asegurar el adecuado funcionamiento de los recursos de su dependencia.

e. 1/8 Nº 324.841 v. 1/8/2000