CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Resolución 179/2000

Modifícase el artículo 6° del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación.

En Buenos Aires, a los 9 días del mes de agosto del año dos mil, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, con la Presidencia del Dr. Bindo B. Caviglione Fraga, los señores consejeros presentes,

CONSIDERANDO:

1°) Que el artículo 6° del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por resolución 78/99 y modificado por resoluciones 1/ 00, 38/00, 106/00 y 155/00 de este Consejo, establece que -lograda la integración del Jurado- la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial llamará a concurso mediante la resolución correspondiente, la que deberá ser comunicada al Plenario dentro de los dos (2) días posteriores; en un plazo que no excederá de los diez (10) días siguientes se publicará el llamado durante tres (3) días en el Boletín Oficial, en dos (2) diarios de amplia circulación en el territorio nacional, y en otro de la jurisdicción donde debe cubrirse la vacante, sin perjuicio de los otros medios que garanticen su difusión.

2°) Que la disposición citada prevé que el llamado a concurso también se anuncie mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en los Colegios de Abogados y en las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales, a las que se solicitará su colaboración.

3°) Que ante la desfavorable coyuntura presupuestaria por la que atraviesa el Estado Nacional, resulta oportuno y conveniente adoptar medidas conducentes a reducir los gastos en materia de publicidad, que actualmente insume la convocatoria a los concursos públicos, sin comprometer su adecuada difusión.

Por ello,

SE RESUELVE:

1°) Sustituir el artículo 6° del reglamento citado por el siguiente:

“Art. 6° - Cumplida la etapa de integración del Jurado, la Comisión llamará a concurso dictando la resolución correspondiente, que comunicará al Plenario dentro de los dos (2) días posteriores, procediendo -en un plazo que no excederá de los diez (10) días siguientes- a publicar la convocatoria durante tres (3) días en el Boletín Oficial de la República Argentina. La aparición de tales edictos se anunciará, asimismo, en un diario de amplia circulación en el territorio nacional y en otro de la jurisdicción donde debe cubrirse la vacante.

Sin perjuicio de otros medios que garanticen su difusión, el llamado a concurso se dará a conocer también mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en los Colegios de Abogados, y en las Facultades de  Derecho de las Universidades Nacionales, a las que se solicitará su colaboración al respecto”.

Regístrese, hágase saber y publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Firmado por ante mí, que doy fe.- María Lelia  Chaya. – Horacio D. Usandizaga. – Claudio M. Kiper. – Diego J. May Zubiría. – Alfredo I. A. Vítolo. – Pablo D. Fernández. – Juan C. Gemignani. – Humberto Quiroga Lavié. – Javier E. Fernández Moores. – Margarita A. Gudiño de Argüelles. – Angel Garrote. – Juan M. Gersenobitz. – Bindo B. Caviglione Fraga. – Eduardo D. E. Orio.