Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

PLAN DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000

Resolución 702/2000

Apruébase el citado documento que propicia un criterio novedoso para resolver la política deconstrucción de establecimientos carcelarios.

Bs. As., 25/7/2000

VISTO el expediente N° 124.619/00, del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS creó una comisión a los fines de realizar el diagnóstico de la situación actual y delinear las previsiones de corto y mediano plazo para elaborar un plan de obras carcelarias que permita satisfacerlas necesidades de alojamiento de la población penal destinada a jurisdicción del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que en base a las recomendaciones efectuadas por la citada comisión, la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS elaboró el documento denominado “Plan de Construcción de Cárceles 2000”.

Que dicho plan propicia un criterio novedoso, en tanto se utiliza como pauta para resolver la política de construcción de establecimientos carcelarios la ponderación de las necesidades reales que se deducen de los volúmenes de causas de los tribunales federales de todo el país, la capacidad actual de alojamiento de las cárceles del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, su distribución geográfica y las situaciones cuya resolución, por afectar significativamente los derechos de las personas involucradas, resulta más urgente.

Que asimismo también ha sido evaluado el probable incremento de la población penal en el corto y mediano plazo, en atención a las modificaciones del Código Penal y del Código Procesal Penal que en la actualidad están siendo analizadas por el H. Congreso de la Nación.

Que el “Plan de Construcción de Cárceles 2000”, elevado por la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS contempla la habilitación de sectores de alojamiento de diseños adecuados, ajustados a estándares internacionales en la materia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartados 9° y 19 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), modificada por las Leyes Nros. 24.190y 25.233.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el documento denominado “Plan de Construcción de Cárceles 2000”que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Gil Lavedra.

PLAN DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

PLAN DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000

1. INTRODUCCION

La organización penitenciaria, como parte del sistema de justicia, orientada a satisfacer uno de los requerimientos esenciales de la sociedad, basa el éxito de su gestión en tres pilares fundamentales: el marco normativo, los recursos humanos y la infraestructura edilicia.

Mediante el primero de ellos se establece el armónico funcionamiento de leyes, instituciones y mecanismos que, teniendo en cuenta el adecuado equilibrio entre los derechos de la sociedad y los de las personas privadas de libertad, regulan la permanencia y actividad del interno durante su período de claustración, fijando los objetivos de la misma e intentando que sean compartidos por los distintos actores del sistema, receptando las recomendaciones basadas en experiencias exitosas desarrolladas en distintos países, canalizadas a través de organismos internacionales interesados en la materia.

La actividad del personal, destacada en forma coincidente en el tiempo como el eje del tratamiento penitenciario, demanda la especial preocupación de las administraciones, las que se esfuerzan en mejorar los procesos de selección y capacitación de los agentes con la finalidad de que su desempeño permita el cumplimiento del complejo cometido de la contención y oportuna reinserción social delinterno.

El tercer aspecto, el edilicio, en apariencia el de más fácil solución, en los países en desarrollosuele presentarse como el más complejo, debido fundamentalmente a la crónica falta de asignaciones presupuestarias, al quedar históricamente relegado el capítulo penitenciario en el ordenamiento de las prioridades, realidad que en general se observa en todas las sociedades del mundo.

Pero la problemática no se reduce sólo a la cuestión financiera, también pasa por el diseño de los establecimientos, en el que se tienen que considerar distintas variables basadas en el tipo, la cantidad y el aumento de la población penal que se estime, afectada por la expansión demográfica, la vigenciao modificación de la normativa penal, la incidencia de factores socioeconómicos y hasta por aspectos culturales, como por ejemplo el proceso de globalización observado en nuestro tiempo.

También ha incidido en la particular crisis del sistema la falta de convicción o el interés sobre la re definición de los objetivos de la cárcel, actitud vinculada principalmente con posiciones ideológicas, que abarcan desde la concepción economicista que pone el énfasis en criterios incriminatorios, meramente asegurativos, orientados hacia la simple retribución o castigo y que resulta en el alojamiento de la mayor cantidad de internos en edificios del menor costo posible, hasta las corrientes abolicionistas, con mayores adherentes en las últimas décadas, cuya pretensión es el cumplimiento integral de la finalidad de la privación de la libertad, poniendo el acento en la posibilidad del desarrollo del tratamiento estipulado en el régimen respectivo, además del logro de un nivel de vida aceptable dentro del ámbito carcelario.

Por supuesto, son los países desarrollados los que avanzaron en mayor medida en el mejoramiento de la infraestructura edilicia carcelaria, experimentando con actualizada tecnología, tanto en el sistema de construcción como en seguridad y comunicaciones, permitiendo contar en esta época con una variada oferta de diseños y de empresas en condiciones de hacerse cargo de este tipo de obra.

Las naciones en vías de desarrollo observan en común deficitarias condiciones con respecto a la cantidad y calidad de las plazas carcelarias, apareciendo como dato histórico la superpoblación con sus negativas consecuencias que afectan en forma directa los derechos esenciales delos internos.

La República Argentina necesita imperiosamente avanzar en un proceso de mejoramiento del sistema carcelario, registrándose igualmente carencias edilicias que afectan su desenvolvimiento, compensadas en algunos casos con la sobreocupación de sectores de alojamiento, o en otros, manteniendo a procesados y condenados en organismos de seguridad extracarcelarios.

Particularmente en la infraestructura edilicia del sistema penitenciario federal, además de la carencia de plazas mencionada precedentemente, deben resaltarse las siguientes deficiencias: a) la inadecuada distribución territorial de los establecimientos para condenados que constituye un serioescollo para la permanencia de los vínculos familiares y sociales y para el proceso de reinserciónsocial, y b) la obsolescencia física de algunas unidades —que además suman el hecho de contar casi exclusivamente con alojamientos comunes—, y el grave estado de deterioro de otras, que imposibilitan la implementación de modernos métodos de tratamiento

2. ORIGENES DE LA INFRAESTRUCTURA EDILICIA

De acuerdo a nuestra organización política, recordamos que cada estado provincial puede crear su propio sistema penitenciario, además del correspondiente a la jurisdicción federal y, desde la reforma constitucional de 1994, la posibilidad de que también lo posea la Ciudad Autónoma de BuenosAires.

Actualmente cuentan con dicho sistema las provincias que dieran origen a la República, ocupándose la institución federal del alojamiento de los procesados y condenados por la justicia de los estados que fueran territorios nacionales, con excepción del de Misiones, que constituyó su propio servicio penitenciario en 1959.

Es dable destacar que las provincias del Neuquén, Río Negro y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur avanzan en el proyecto de estructurar sus correspondientes organismos penitenciarios, ocupándose en parte de ese cometido hasta el momento las instituciones policiales de cada jurisdicción.

Las primeras construcciones de establecimientos penitenciarios diseñados para tal cometido, luego de un largo período en que las cárceles se instalaron en locales improvisados o inadecuados, datan del último cuarto del siglo XIX. Los proyectos, en general, fueron concebidos en función a las ideaspenológicas de su tiempo, marcando el inicio en el país de este tipo de arquitectura tan específica.

Corresponde tener presente sobre el particular a la Cárcel de Mercedes (Provincia de Buenos Aires) de 1876, la Cárcel de Dolores (Provincia de Buenos Aires) del mismo año, la Penitenciaría de Buenos Aires (luego Nacional) habilitada en 1877, la Cárcel de Sierra Chica (Provincia de Buenos Aires) del año 1882, la Cárcel de Corrección de Menores (en la Ciudad de Buenos Aires, actual Prisión Nacional) de 1898, y más adelante la Cárcel de Reincidentes de Ushuaia, año 1902 y la Penitenciaría y Cárcel de Detenidos de Mendoza a contar de 1905.

Se debe destacar como hecho significativo que en el lapso de un año (entre 1876 y 1877), un mismo estado provincial, el de Buenos Aires, puso en funcionamiento tres establecimientos penitenciarios de envergadura, diseñados siguiendo las concepciones actualizadas de la época, dos de ellosaún en actividad (Mercedes y Dolores), recordando que el tercero, la Penitenciaría Nacional, fuera desafectada en el año 1961.

El diseño arquitectónico de tales construcciones tuvo en cuenta el ya desestimado “self enclosed”, caracterizado por un bloque constructivo desarrollado en su perímetro, manteniendo espacios abiertos en su interior, inspirados en fortalezas, castillos y conventos del medioevo, además del novedoso sistema radial derivado del panóptico pensado por Jeremías Bentham, el que fuera experimentado por vez primera en la Penitenciaría de Filadelfia, antecedente destacado por los distintos autores especializados en el campo de la penología.

En el ámbito de la jurisdicción nacional, es a partir de 1888 y con el fin de alojar a los procesados a disposición de los juzgados criminales respectivos, cuando se comenzaron a constituir cárceles en los mencionados territorios nacionales, utilizándose de acuerdo a las posibilidades de los distintos lugares edificios en precarias condiciones que se ocupaban de la simple retención física del preso.

Ordenadas cronológicamente encontramos entre las primeras a la de General Acha (La Pampa), luego trasladada a Santa Rosa; Chos Malal (entonces capital del Neuquén), llevada a su actual emplazamiento (hoy denominada Prisión Regional del Sur), acompañando el traslado de la capital de la Provincia hacia su asiento definitivo; y Viedma (Río Negro). Se completa la nómina con las cárceles de Formosa y Posadas (remplazada luego por la Colonia Penal de Candelaria) en el norte y por las ubicadas en General Roca (hoy Colonia Penal Subprefecto Miguel Rocha, en la Provincia de RíoNegro), las cárceles de Rawson y Esquel en la Provincia del Chubut y de Río Gallegos en la Provinciade Santa Cruz.

Como complemento del citado panorama carcelario, es propicio considerar la composición y distribución de la población penal de la época, documentada como resultado del Censo Carcelario Nacional efectuado en el año 1906, cuyos datos obran en el CUADRO I, aprovechándose la oportunidadpara posibilitar un análisis comparativo con la situación actual, representada en el CUADRO II, elaborado con información reunida por la Secretaría de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios, a través del INDEC y de las instituciones carcelarias del país.

3. LOS PLANES EN EL SISTEMA FEDERAL

Con la sanción de la Ley Nº 11.833, de Organización Carcelaria y Régimen de la Pena, promulgada el 9 de octubre de 1933, se organiza definitivamente el sistema federal, al disponerse la creación en su artículo 1º de la Dirección General de Institutos Penales, de la cual pasaban a depender todos los establecimientos penales de la Nación, decisión que se cumplimentara integralmente a contar de1936.

En el año 1953 la institución accede a la categoría de Dirección Nacional, adoptando el año 1967 la denominación que rige hasta nuestros días, de Servicio Penitenciario Federal, al dictarse su primera ley orgánica Nº 17.236.

El análisis de la secuencia de los diferentes proyectos constructivos elaborados desde la constitución del sistema federal, nos proporcionan la idea del interés evidenciado en distintas oportunidadespor el mejoramiento de la infraestructura carcelaria, encarado con distintas concepciones y limitados resultados.

Plan de Construcciones Carcelarias y Organización de los Establecimientos de 1936

Fue autor del mismo el primer Director General de Institutos Penales, Dr. Juan José O’Connor, diseñándolo sobre la base de dos modalidades de ejecución: una por administración, con mano deobra y fabricación de materiales a cargo de internos, la que se concretó, y la otra, por obra pública, laque no pudo desarrollarse, estando previstos los recursos económicos en la mencionada Ley Nº 11.833.

Este plan posibilitó la construcción de la actual Colonia Penal de Santa Rosa (La Pampa), y de las cárceles de Rawson (Chubut, hoy Instituto de Seguridad y Resocialización) y de General Roca (RíoNegro, hoy Colonia Penal Subprefecto Miguel Rocha).

No pudieron concretarse la mayoría de las obras proyectadas: construcción de 11 cárceles, previstas para ejecutarse a través de la primera modalidad y de la cárcel de encausados de la Capital Federal junto con los tribunales del crimen, el reformatorio de mujeres y un establecimiento industrial para penados urbanos, por medio de obra pública.

Plan de traslado de la Penitenciaría Nacional y Construcción de Colonias Penales, año 1938

Elaborado por iniciativa del Dr. José María Paz Anchorena, el plan no contó con recursos presupuestarios, basando su financiación en la futura venta de los terrenos de la Penitenciaría Nacional, quedando en su tiempo como una formulación teórica. No obstante, el mencionado funcionario continuó la construcción de unidades iniciadas por el Dr. O’Connor.

Proyecto de Establecimiento Penal Integral en la Península de Valdez (Chubut), año 1941

El Dr. José Peco y el Arq. Martín Noel originaron un proyecto de ley para la creación del citado establecimiento, el que no llegó a tener tratamiento legislativo, debiendo destacarse, no obstante, que constituye el primer antecedente nacional de construcción de un complejo penitenciario en lugar deunidades aisladas.

Proyecto sobre unificación del Régimen de la Pena y Construcciones Carcelarias, año 1943

El Dr. Jorge H. Frías proyectaba la unificación de la ejecución penal en toda la República y unprograma de construcciones dirigido a remplazar la Penitenciaría Nacional y la Prisión Nacional de la Capital Federal, previendo la financiación con los recursos de la venta de los terrenos de la menciona-da Penitenciaría, lo que tampoco en esta oportunidad pudo concretarse.

El funcionario también desarrolla el concepto de complejo penitenciario como un conjunto deestablecimientos destinados a distintas finalidades y regímenes, con servicios de apoyo comunes.

Plan de Organización Penológica Nacional, año 1946

Tampoco se pudo materializar en realizaciones concretas, quedando como una iniciativa tendiente a construir una cárcel para encausados en la Capital Federal, un centro de orientación correccional compuesto por 6 establecimientos diferenciados, una cárcel industrial y una colonia penal para delincuentes habituales, plan generado por el Esc. Manuel Barcia.

Plan de Construcciones Penitenciarias, año 1948

Elaborado bajo la gestión del Director General Roberto Petinatto, tuvo un desarrollo parcial: el vinculado a ampliaciones y terminación de obras en los establecimientos preexistentes. No pudieron concretarse las nuevas construcciones proyectadas: la cárcel de encausados y los tribunales del crimen, el centro de orientación correccional y el sanatorio para reclusos.

Comisión Nacional de Construcciones Penitenciarias, 1960/1965

Actuando como Presidente el Dr. José María Paz Anchorena, esta comisión tuvo por finalidad dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 11.833. Aspirando a tal objetivo desafecta la Penitenciaría Nacional y vende los terrenos y los edificios a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Se consideraba que al momento de concretarse el cierre del citado establecimiento, el número de alojados permitiría su reubicación hasta tanto se habilitaran los institutos que se proyectaban sin producir sobreocupación en otros establecimientos. No obstante, el incremento de la población penal, particularmente de procesados, derivó en serios problemas que no fueron previstos.

Se completaba el plan de la Comisión con la edificación de una cárcel para encausados (la actual Unidad 1), de los tribunales del crimen y de un complejo penitenciario en Ezeiza. Se comienza la construcción de la Cárcel de Encausados, paralizándose la misma una vez terminada su estructura dehormigón armado. Entretanto, la situación derivada de la demolición de la Penitenciaría hizo necesario habilitar un campamento laboral en Ezeiza, actual Instituto Correccional Abierto (U.19), el que aún enlos pabellones de alojamiento conserva la precaria configuración original.

Programa de Ordenamiento y Transformación, años 1967/1971

Siendo Director Nacional el Cnel. Miguel Angel Paiva, se pudieron concretar las siguientes obras:

a) Completar y ampliar las colonias penales del plan de O’Connor, llevándolas a la capacidad máxima prevista.

b) Iniciar la construcción de las colonias penales de Candelaria y Viedma y del Instituto Correccional de Mujeres de Ezeiza.

c) Continuar las obras paralizadas de la Cárcel de Encausados de la Capital Federal.

Plan Trienal, año 1973

El mismo tuvo por objeto el remplazo de alguno de los establecimientos que ya no se adecuaban a las necesidades del momento, como en el caso de la Cárcel de Formosa y de la Cárcel de Santa Rosa (La Pampa). La iniciativa no pudo concretarse, continuando ambas unidades actualmente en la condición que se pretendía modificar.

También se planificó una unidad psiquiátrica para varones en Ezeiza, comenzándose la construcción de una estructura que a lo largo de los años fuera reiteradamente modificada en función deposibles destinos diferentes y que, no obstante las importantes inversiones efectuadas, su estadoactual la torna irrecuperable.

Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional, año 1995

Mediante Decreto Nº 426 del 27 de marzo de 1995, se aprueba el documento titulado “Política Penitenciaria Argentina —Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional”, elaborado por el entonces Ministerio de Justicia— Secretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social.

En su capítulo “Area Arquitectura Penitenciaria”, se enuncia que el estado de la infraestructura edilicia de cárceles y prisiones necesita una renovación en su aspecto físico, una modernización en la concepción de su funcionamiento y una nueva configuración en lo que hace a su distribución territorial, coincidiendo con los diagnósticos esbozados sobre la problemática del sector.

Se considera que la asimétrica disposición de las unidades penitenciarias en el territorio nacional, determina que su ubicación no coincida con las necesidades que en materia de alojamiento de internos bajo jurisdicción federal plantea la realidad penal del país. En consecuencia, para adecuar la infraestructura edilicia a esa situación, se propone, entre otras medidas, la construcción de Centros Penitenciarios Regionales, constituyendo esos nuevos institutos, junto con la readecuación de aquellos que estén en condiciones de ser mantenidos dentro del sistema, la nueva red de establecimientos federales.

Las metas proyectadas se dividen en dos programas: de acción inmediata y de acción mediata, este último comprensivo del Plan Quinquenal 1995-1999.

El Programa de Acción Inmediata comprendía:

a) La construcción de un establecimiento para jóvenes adultos en la localidad de Marcos Paz, con una capacidad para 150 internos, previéndose destinar las instalaciones de la U.26 para el alojamiento exclusivo de condenados. A ello se sumaba un módulo de tratamiento y recuperación de jóvenes drogadependientes con 48 plazas. Como consecuencia de lo proyectado, durante el año 1996 se inaugura el Instituto Federal de Jóvenes Adultos (U.24) y el Centro Federal de Tratamientos Especializados para Jóvenes Adultos “Malvinas Argentinas”, este último como anexo de la U.26.

b) El remplazo de la Cárcel de Encausados de la Capital Federal (U.1) y de la Prisión de la Capital Federal (U.16) mediante la habilitación del Complejo Penitenciario Ezeiza, el que contará con los adelantos observados en lo penológico y tecnológico, compuesto por diversos módulos independietes con una capacidad total de 1.620 internos y un Hospital Penitenciario Central de alta complejidad con 150 camas. Al momento, junio de 2000, fue receptada parte de la obra, compuesta por cuatro módulos de alojamiento (dos de máxima y dos de alta seguridad) y las dependencias correspondientes a los servicios comunes (sector administrativo, control operacional central, visitas, etc.), restando el centro de ingreso y selección, el módulo de alojamiento especial para internos con afecciones psíquicas y el hospital penitenciario.

c) El remplazo del Instituto de Detención de la Capital Federal (U.2) por el Complejo Penitenciario Marcos Paz, siguiendo el mismo criterio arquitectónico que el del proyecto Ezeiza, con una capacidad de 1.500 internos, distribuidos en módulos de 300 plazas cada uno. Actualmente se ha realizado la recepción de la primera unidad funcional de la obra compuesta por un módulo de alojamiento y el sector administrativo y de servicios comunes.

d) La realización de obras destinadas a la recuperación de la infraestructura. Las crónicas restricciones presupuestarias han impedido dar solución a los problemas de fondo, resolviéndose únicamente situaciones puntuales.

e) La rehabilitación del Hospital Penitenciario Central I, correspondiente a la Cárcel de Encausados de la Capital Federal, hasta la inauguración del respectivo centro sanitario proyectado para el Complejo Penitenciario Ezeiza. La tarea se desarrolló parcialmente, permitiendo sólo mejorar en parte la atención de los internos, destacándose que el establecimiento se encuentra en vías de desafectación, la que será completada durante el año en curso.

f) Ampliación del Instituto Correccional de Mujeres, habilitándose una guardería y sector de madres para adecuar los espacios del establecimiento al incremento de los nacimientos registrados. Más adelante se decidió concentrar el alojamiento de las internas madres, alojadas con sus hijos menores de 4 años, en la U.31.

g) La recuperación de más de 300 plazas en la Colonia Penal de Santa Rosa (U.4) y en el Instituto de Seguridad y Resocialización de Rawson (U.6). En este último caso se refuncionalizó el pabellón“A”, quedando pendientes las obras correspondientes al pabellón “B”.

h) Habilitación de Centros de Recuperación de Droga dependientes en la localidad de Ezeiza, los que se encontraban en proceso de construcción, para proporcionar 192 plazas para varones y 72 para mujeres, a los fines de cumplimentar con las medidas curativas previstas en la Ley Nº 23.737. El establecimiento proyectado para los varones terminó adecuándose como cárcel de mujeres, dando origen al Centro Federal de Detención de Mujeres “Nuestra Señora del Rosario de San Nicolás” (U.31), estando aún pendiente de concreción el respectivo centro de tratamiento para varones adultos. Con respecto al correspondiente a las mujeres, con menor capacidad, se habilitó un sector destinado a las mismas en la U.3.

El Programa de Acción Mediata, previsto como Plan Quinquenal a desarrollarse entre los años 1995-1999, fijaba como objetivo la construcción de los siguientes establecimientos:

a) Destinado a jóvenes adultos con 120 plazas, a integrarse con el conjunto de institutos habilitados para este tipo de población penal en la localidad de Marcos Paz, previéndose su inauguración en el tercer trimestre de 1997.

b) Complejo Penitenciario Campana, en las proximidades de la ciudad del mismo nombre, previsto para el alojamiento de 970 condenados, con sectores diferenciados para internos de distinta posición en la progresividad del régimen penitenciario, proyectándose su puesta en funcionamiento para el primer trimestre de 1999.

c) Instituto Correccional de Mujeres II, también en la localidad de Campana, con capacidad para 300 condenadas adultas y jóvenes adultas, estimándose su habilitación para el primer trimestre de 1997.

d) Dos Centros Penitenciarios del Noroeste, que permitan la contención de 300 internos cada uno, a levantarse en la Provincia de Salta, obra prevista para el primer trimestre de 1999.

e) Centro Penitenciario del Noreste, a construirse en la Provincia de Misiones, previsto para alojar 200 procesados varones y mujeres, estimándose su finalización durante el primer trimestre de 1999.

f) Centro Penitenciario Cuyo, a edificar en la Provincia de Mendoza, con capacidad para 250 plazas, estimándose su puesta en funcionamiento durante el tercer trimestre de 1999.

g) Centro Penitenciario Litoral, en territorio de la provincia de Santa Fe, destinado a procesados y condenados para un total de 300 internos, proyectándose su inauguración para el cuarto trimestre de 1999.

h) Centro Penitenciario Mar del Plata, destinado al alojamiento de la población penal de jurisdicción federal originaria del interior de la provincia de Buenos Aires, para una cantidad de 200 plazas entre procesados y condenados, con plazo de finalización durante el segundo trimestre de 1999.

Se preveía, asimismo, que a medida que se ejecutaran las obras proyectadas, se procedería a la desafectación de aquellas unidades que no resultaran operativas para la nueva estructura del Servicio Penitenciario Federal, aprovechándose los recursos derivados de la venta de los terrenos y establecimientos o de su transferencia a los estados provinciales para la creación de nuevas unidades o servicios.

Por distintos motivos ninguno de los establecimientos incluidos en este Programa de Acción Mediata pudo construirse hasta el momento, pese al tiempo pasado desde que fueran proyectados, estimándose necesario en la oportunidad proceder a su revisión con el objeto de ajustar el desarrollo delas obras futuras a las reales necesidades de alojamiento y al orden de prioridades basado en los requerimientos críticos del sistema.

Programa de Construcción de Cárceles para la Justicia Federal - 1998

Este programa se diseñó como complementario y ampliatorio del programa de construcción definido en el Plan Director, contemplando la realización de las obras que habían sido previstas en el Programa de Acción Mediata (Plan Quinquenal 1995/99) y que no habían tenido principio de ejecución por falta de previsiones presupuestarias. Además, preveía la construcción de establecimientos para procesados ubicados en las cercanías de los juzgados federales (denominados “cárceles federales”), con capacidades para alojar hasta 200 internos, y de Alcaidías de 25 plazas para alojar procesados enel primer período de su detención, por un lapso de hasta 45 días, o en ocasión del desarrollo del juicio oral.

Entre los primeros se definieron las siguientes ubicaciones y capacidades: Jujuy I (170 plazas, varones), Jujuy II (130 plazas, mujeres), Tucumán (200, varones y mujeres), Resistencia (50, mujeres), Concepción del Uruguay (25, varones y mujeres), Formosa (50, varones), Tierra del Fuego (25,varones y mujeres), Viedma (25, mujeres), Bariloche (25, varones y mujeres), Rawson (50, mujeres), Junín (50, varones y mujeres), Bahía Blanca (50, varones y mujeres), Neuquén (100, varones) y RíoGallegos (25, varones y mujeres).

Las Alcaidías fueron previstas en: Eldorado (25 internos), Paso de los Libres (25), Santa Fe/Paraná (100), Dolores (25) y Azul (25).

Cabe consignar que para este programa se preveía la posibilidad de tercerizar los servicios no esenciales de acuerdo con lo estipulado en el artículo 199 de la Ley N° 24.660.

4. LA SITUACION ACTUAL

Diversos y numerosos proyectos fueron elaborados a través del tiempo tanto en los ámbitos provinciales como en el nacional, destinados a adecuar la capacidad de alojamiento de la población penal con las reales necesidades de cada jurisdicción, chocando la mayoría de ellos con la dificultad de no poder lograr las previsiones presupuestarias correspondientes, en general, como fuera expresado, por problemas financieros del Estado y el orden de prioridades en el que se ubica a la cárcel dentro de los requerimientos de la sociedad, recurriéndose entonces a la ampliación de algunos establecimientos, ala reasignación de dependencias internas de los mismos y a la utilización como cárcel de sectores destinados a la detención temporal de personas existentes en las instituciones policiales o de las fuerzas de seguridad, situación que fue generando la crisis que padece el sistema, promoviendo la reforma estructural que ocupa a los distintos gobiernos en la actualidad.

En el CUADRO III se detalla la distribución de la población penal a disposición de los distintos tribunales del país, haciéndose notar el déficit de plazas carcelarias que se observa en la actualidad. Cabe destacar que los datos están en proceso de ajuste y actualización a través del Relevamiento de Establecimientos Carcelarios y Penitenciarios de la República Argentina, en desarrollo a la fecha, establecido mediante Resolución Nº 331/2000 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Como se advierte en dicho cuadro, se mantiene un acentuado déficit con respecto a la cantidadde plazas necesarias para alojar a la totalidad de la población penal de distinta situación jurídica adisposición de los diferentes tribunales de justicia del país. De un total de 39.917 internos, 7.042 (el 17,64%) permanecía al mes de marzo de 2000 en dependencias policiales y de fuerzas de seguridad, en lugares destinados al alojamiento en tránsito, sin un régimen específico, a cargo de personal preparado para otro tipo de tareas.

Pero además, la capacidad informada de los establecimientos carcelarios no podemos asegurar que se ajuste a los requerimientos básicos tanto cuantitativos como cualitativos para el alojamiento de personas. En algunas unidades existen pabellones celulares unipersonales donde se ubican a más de un interno por celda y sectores comunes a los que por razones de necesidad se le fueron agregando camas, sin que se correspondan con la superficie adecuada de los distintos ambientes.

Ello conspira también con la posibilidad de efectuar una buena clasificación de la población penal, la que además de favorecer la aplicación del régimen relativo a cada tipo de interno, brinda condiciones de seguridad a los mismos, evitando los consecuentes conflictos de convivencia que se producenen este medio tan particular.

En consecuencia, no sólo es necesario prever la construcción de establecimientos para contener a los internos alojados en forma permanente en instituciones extrapenitenciarias, sino además, establecer un programa que permita la paulatina ampliación o reacondicionamiento de los sectores dealojamiento de las unidades existentes, tanto federales como provinciales, que posibiliten un nivel de vida aceptable de la población penal, verdadero desafío para los distintos gobiernos.

En el orden nacional, se hallan en proceso de culminación las obras correspondientes a los Complejos Penitenciarios I y II, de las localidades de Ezeiza y Marcos Paz, establecimientos que, de acuerdo con lo previsto en el Plan Director, permitirían la definitiva desafectación de la Cárcel de Encausados de la Capital Federal (Unidad 1), del Instituto de Detención de la Capital Federal (Unidad 2) y de laPrisión de la Capital Federal (Unidad 16).

Ya fueron habilitados tres módulos del Complejo Penitenciario Ezeiza, estando próximos a agotar su capacidad de alojamiento (900 internos), previéndose la próxima puesta en funcionamiento de los restantes. El mencionado complejo se ocupa del ingreso de los procesados que debían ser derivadosa la Unidad 1, la que dejó de recibir internos, quedando cubiertas actualmente cerca del 30% de susplazas, previéndose su vaciamiento total para antes de fin del año en curso.

También durante el presente período comenzará a operar el Complejo de Marcos Paz, permitiendo avanzar en la referida gestión de desafectación de las unidades en cuestión (Caseros y Devoto), las que como no escapa al dominio público, desde hace largo tiempo no se hallan en condiciones de cumplir con su cometido.

Dos observaciones merecen efectuarse con respecto a la habilitación de los mencionados complejos. Una con relación a la cantidad de población penal, cuya simple relación numérica, si sólo los destinamos a procesados en régimen común, dando otro destino a condenados, jóvenes adultos y ex integrantes de fuerzas armadas y de seguridad que hoy contienen las Unidades 1, 2 y 16, obliga aplantear la rápida ampliación de la capacidad de alojamiento de los nuevos establecimientos.

La segunda, vinculada al sistema de contratación utilizado para la elaboración del proyecto, la construcción y el financiamiento de ambos complejos. Estas licitaciones se realizaron mediante el sistema “llave en mano”, financiadas íntegramente por el contratista a su solo riesgo (sin aval del Estado), para su posterior alquiler con opción a compra (“leasing”) con pagos trimestrales por un período de 15 años.

De la forma en que fue diagramada la operación no es posible desglosar del monto del canon cuánto es el costo de construcción propiamente dicho y por ende no se puede determinar el nivel de tasa de interés que se está aplicando para el financiamiento. No obstante, considerando como testigos los precios internacionales y algunos valores hechos públicos por las empresas contratistas, se evidencia una alta carga financiera de esta operación con respecto a las tasas de mercado. Y la causa principal de esto es la falta total de un pormenorizado análisis previo para determinar las condicionesde la contratación. Resulta evidente que ante la inexistencia de avales del Tesoro Nacional, el plazo juega un papel primordial, y de haberse efectuado los correspondientes análisis previos se hubiese podido determinar el plazo óptimo de financiamiento dadas las condiciones de la operación. En este sentido, se han realizado análisis técnicos que indican que con un mínimo incremento de la cuota trimestral y un plazo no mayor de ocho años, se hubiese podido obtener un nivel razonable de tasa definanciamiento con el consiguiente beneficio para el Estado Nacional.

Además, conforme a las cláusulas del contrato, si bien no existe en la operación un aval explícito del Estado Nacional, éste asume el compromiso de no suspensión en el pago de los cánones, con la consiguiente penalidad, caso contrario, de abonar la totalidad de la obra habida cuenta de su reconocida solvencia.

Es así que, expuesta la inconveniencia para los intereses del Estado del modelo de contratación adoptado por la anterior administración, fue preciso adoptar la decisión de dejar sin efecto las licitaciones en proceso para la construcción de los centros penitenciarios de Mercedes, Salta y Coronda.

En consecuencia se prevé modificar el criterio seguido, basando el futuro régimen de contrataciónen licitar la construcción de las obras con un proyecto definitivo del objeto a construir, igualando las posibilidades de los oferentes, ejecutado por el Ministerio o por terceros, propendiéndose a disminuiral mínimo posible el componente financiero de las ofertas, acudiéndose a la mecánica de los anticipos garantizados, como así también al riesgo de cumplimiento en el pago, reduciendo el grado de incertidumbre de las cotizaciones, lo que incidirá en la disminución de precios.

Especialmente se dará toda la publicidad nacional e internacional que corresponda en cada caso, interesando también a empresas regionales, instrumentándose un régimen de absoluta transparencia.

Volviendo a la apreciación general y con respecto a la competencia de los distintos sistemas penitenciarios, se observa que las instituciones, por requerimientos judiciales, se ocupan de recibir todo tipo de internos, más allá de sus prescripciones normativas. Así, las cárceles federales alojan personas a disposición de los tribunales provinciales, como a la inversa, los establecimientos provinciales contienen a procesados y condenados federales.

El Servicio Penitenciario Federal está destinado al alojamiento de internos a disposición de la Justicia Federal de todo el país, de la Justicia Nacional (ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires) y de la Justicia Provincial en los casos previstos en los artículos 18 y 53 del Código Penal, además de la recepción o transferencia de condenados considerada en el Artículo Nº 212 de la Ley Nº 24.660, de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad.

La finalidad de las unidades provinciales, es la de alojar a los internos derivados por sus propios tribunales penales, teniendo la posibilidad de proceder a los traslados comprendidos en los casos referidos precedentemente.

No obstante, como se aprecia en el CUADRO y GRAFICO IV de los 3.632 internos a disposición de la Justicia Federal en el mes de marzo último, 2.082 permanecían en establecimientos carcelarios federales, 1.177 en unidades provinciales y 427 en dependencias policiales o de fuerzas de seguridad. Por otro lado, 787 internos procesados y condenados por tribunales de provincia, se encontraban en establecimientos de la Nación, conforme a la clasificación incorporada como CUADRO y GRAFICO V.

Ello amerita adoptar previsiones tendientes a que cada jurisdicción se ocupe de su respectiva población penal o a la celebración de convenios de alojamiento en los casos en que no se justifique la construcción de nuevos establecimientos por el limitado número de plazas que pudieren requerirse, aspecto tenido especialmente en consideración en la elaboración del presente plan, inquietud extendida además a su tratamiento por parte del Consejo Federal Permanente de Política y Reforma Penitenciaria, cuya próxima reunión se halla prevista para el mes de octubre próximo.

Para mayor abundamiento y comprensión de la situación carcelaria en el orden federal, figura en el CUADRO y GRAFICO VI la nómina de los respectivos establecimientos, con la fecha en que comenzaron a recibir internos, para destacar la antigüedad de los mismos.

Del análisis de la conformación de la población penal que aloja y la que corresponde ser contenida en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal, se concluye:

1.  Que las previsiones de incremento de ingresos y condiciones actuales de superpoblación que afectan a los establecimientos destinados a mujeres y jóvenes adultos, cuyo incremento en los últimos diez años se advierte en el CUADRO y GRAFICO VII, constituyen una situación crítica que demanda prioritaria atención. En el caso de las internas, como se destaca en el GRAFICO VIII, además del exceso de alojadas, se debe tener en cuenta la responsabilidad de la Nación con respecto a ocuparse de las que estando a disposición de la Justicia Federal, permanecen en otros establecimientos odependencias policiales o de fuerzas de seguridad. Con respecto a los jóvenes adultos, el anexo en elque se hallan ubicados en la U.16, además de superar el máximo de sus posibilidades de contención, no es apto para ese destino, requiriéndose en consecuencia remplazar las 228 plazas ocupadas y preverse su incremento para el futuro.

2.  Que, aproximadamente, el 43% de los condenados por la Justicia Nacional (ordinaria de laciudad de Buenos Aires) se encuentra alojada en establecimientos federales del interior del país,generando las consecuentes inquietudes por su desarraigo y tornando más dificultosos los esfuerzosen procura de su adecuada reinserción social (GRAFICO IX).

3.  Que se hace necesario contemplar previsiones para ubicar a cerca de 400 condenados adultos alojados en las unidades 1, 16 y 2 (Caseros, las dos primeras, y Devoto) con el fin de desafectar tales establecimientos, ya que los nuevos complejos fueron destinados para el alojamiento de internos procesados, procurando a la vez evitar la generación de las consecuencias perniciosas descriptas en el punto precedente.

4.  Que como se expresaba en el análisis general se advierte la necesidad de aumentar la capacidad de alojamiento de los complejos de Ezeiza y Marcos Paz, previéndose el incremento en el corto y mediano plazo de la población de procesados a disposición del Poder Judicial de la Nación, en atención a las modificaciones del Código Penal y del Código Procesal Penal que se hallan en análisis. En ese sentido, una reforma del régimen de excarcelación en lo concerniente a la modalidad de robo agravado por el uso de armas, implicaría en la ciudad de Buenos Aires, el incremento del número de personas procesadas en prisión preventiva en una cifra no inferior a por lo menos trescientos en el primer año.

5.  Que al haberse decidido el alojamiento de los procesados, en particular los que se hallen a disposición de los tribunales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, en establecimientos distantes de los mismos (entre 35 y 55 kilómetros según se trate de Ezeiza o Marcos Paz), se presenta conveniente la habilitación de un centro de detención en lugar adyacente o cercano a los respectivos juzgados, con alrededor de 50 plazas, destinado a procesados cuyo período de internación no supere los diez días, con miras a evitar, además de los efectos estigmatizadores de la prisionización, la previsible complejidad y el costo que demandaría trasladar en condiciones adecuadas a un número importante de procesados enforma diaria a los diversos tribunales de la ciudad de Buenos Aires, a los efectos de su comparecencia a los primeros actos del proceso como así también durante el transcurso de los juicios orales.

6.  Que las personas que se encuentran privadas de la libertad por disposición de la Justicia Federal de todo el país en establecimientos provinciales o dependencias policiales o de fuerzas de seguridad, el 45% del total como se indica en el GRAFICO IV ya enunciado, corresponde que sean alojadas en establecimientos federales, ubicados en zonas que en la medida de lo posible no generen el desarraigo de las mismas.

7.  Que, como fuera apuntado, se contienen en unidades nacionales 787 internos a disposición de distintos tribunales provinciales, a través de convenios con los respectivos estados (CUADRO V).

Por lo expuesto, sobre la base del diagnóstico efectuado y consecuente con la realidad carcelaria actual, resulta adecuado realizar las previsiones pertinentes en materia de construcciones penitenciarias, dirigidas a atender las necesidades del corto y mediano plazo.

5. EL PLAN DE CONSTRUCCIÓN DE CARCELES 2000

Complejo Federal de Condenados de Mercedes

La construcción del Complejo Federal de Condenados de Mercedes se prevé llevarla a cabo en la localidad de Agote, Partido de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, en un terreno con una superficie de 200 hectáreas, lo que permitirá la implantación de diversos establecimientos autónomos, adecuados para los distintos regímenes penitenciarios que prevé la ley, junto con los servicios generales y la infraestructura necesaria.

El diseño del Complejo Federal resolverá la configuración de un emprendimiento de alto impacto en un medio rural, junto con la diversidad programática propia de su conformación. Este aspecto resulta relevante dado que dentro del Complejo Federal de Condenados de Mercedes se agrupará una comunidad penitenciaria heterogénea, donde en un mismo predio residirán mujeres y varones enlos distintos períodos de la progresividad del régimen establecidos normativamente, desarrollando diversos programas y tratamientos, cada uno de los cuales requerirá una respuesta adecuada y específica, por lo cual sólo se podrán homogeneizar aquellas soluciones cuyas características funcionales lo permitan.

El citado Complejo reflejará claramente la identidad arquitectónica de las partes componentes principales del mismo, contribuyendo a que las distintas fases del tratamiento penitenciario cuenten con una respuesta arquitectónica apropiada.

Cada establecimiento tendrá barreras de seguridad homogéneas según el grado de complejidad que presente. Los edificios se encontrarán distribuidos y agrupados conforme a las disposiciones de los modernos criterios de diseño. La configuración general responderá al tipo “campus” con un adecuado balance e integración entre los espacios cerrados y abiertos.

El programa de necesidades, la imagen edilicia y el régimen de vida son aspectos íntimamente vinculados en este tipo de unidades y serán considerados en el resultado arquitectónico-operativo del conjunto.

Los institutos tenderán a reflejar, en su imagen, identidades diferenciadas para cada uno de ellos. El concepto de “identidad” en los espacios, así como la imagen exterior de los mismos, pasará a ser un concepto integrante del tratamiento de los internos y de su calidad de vida, por lo que tenderán a reflejar el ambiente de cada una de las etapas de la Progresividad del Régimen Penitenciario.

Se evitarán los espacios altamente estructurados, promoviéndose el amplio empleo del color, de la iluminación natural y una fuerte vinculación de los lugares abiertos con los cerrados. Como propuesta general se procurará evitar el empleo de rejas, reemplazándolas, de ser necesario, por puertas con vidrios de seguridad. También se emplearán modernos sistemas de detección y supervisión que permitan una operación más eficaz y eficiente del Complejo.

El Complejo Federal de Condenados de Mercedes tendrá una capacidad de 1800 plazas.

Complejo Federal de Jóvenes Adultos

El déficit destacado en las plazas destinadas al alojamiento de jóvenes adultos requiere la construcción de 350 plazas, las cuales al menos 240 deben realizarse en forma prioritaria.

El Complejo Federal de Jóvenes Adultos ubicado en la localidad de Marcos Paz, fue construido en un predio de 180 hectáreas y con una infraestructura que permite la ejecución de nuevas unidades independientes, juntamente con el reordenamiento de su esquema funcional, a fin de mejorar la operatividad y la eficiencia de las instalaciones allí existentes.

Las nuevas construcciones que serán sumadas al complejo, comprenderán dos institutos semi-autónomos con capacidad para 120 internos cada uno y estarán integrados por unidades de viviendasy espacios destinados a programas y formación profesional.

El aspecto formal de los edificios será residencial y trasmitirá una sensación de apertura y tranquilidad. Para ello se emplearán amplios recorridos visuales y una enriquecida gama cromática para estimular los aspectos vitales de los residentes y proporcionar una atmósfera profesional al personal encargado de su operación.

El sistema operativo se basará en un intenso intercambio y una estrecha relación entre el personal y los internos fundado en la supervisión directa y en el régimen de la metodología pedagógica socializadora.

Los alojamientos se orientarán a la conformación de grupos reducidos, en habitaciones individuales y formalmente poseerán características de viviendas familiares, con sus espacios típicos: comedor, sala de estar, servicios y patios.

Centro Penitenciario Federal del Noroeste

El Centro Penitenciario Federal del Noroeste, con posibilidad de ubicarse en terrenos cedidos por la Provincia de Salta en la localidad de General Güemes, constituirá el primer centro de detención federal en la región.

La capacidad total alcanzará las 650 plazas, en dos establecimientos autónomos a construirse por etapas. Por tratarse de un centro regional atenderá diversas problemáticas particulares de la población penal por alojar, complementando a los establecimientos de los servicios penitenciarios de lazona.

La concepción arquitectónica se basará en la operación autónoma y descentralizada, en lo que respecta al tratamiento penitenciario, a fin de propender a una mejor individualización en la aplicación de los programas. Desde el punto de vista de los servicios e infraestructura, se tenderá a la centralización defunciones a los efectos de lograr una mayor eficiencia y una reducción en los costos operativos.

El tipo de establecimiento se adaptará a las características arquitectónicas de la región, tanto en su formalidad como en las respuestas técnicas a las condiciones ambientales de la zona. La imagen institucional estará conformada por una mayor apertura de los espacios abiertos, una integración de las distintas funciones mediante recorridos que promuevan la interacción del personal con los internos y favorezcan la creación de un ambiente semejante al que se percibe en el medio libre.

Estas condiciones espaciales, unidas a la disponibilidad de los programas, favorecerán la reinserción social de los alojados. Programas de integración familiar, ocupaciones en actividades de formación profesional, educativas y deportivas constituirán, junto con adecuados espacios para asistenciamédica, social y espiritual, las funciones de los edificios de apoyo.

Los sectores de alojamiento estarán estructurados en la conformación de unidades habitacionales compuestas por celdas individuales, en grupos de 24 a 48, junto con espacios para la relación social y oficinas para el personal de supervisión.

Centro Penitenciario Federal de Córdoba-Santa Fe.

El Centro Penitenciario Federal de Córdoba-Santa Fe, cuya construcción posiblemente se realizará en los terrenos cedidos por la Provincia de Santa Fe en la localidad de Coronda, tendrá una capacidad de 300 plazas y será destinado a los internos condenados federales provenientes de esas provincias mediterráneas.

Como en los casos anteriores, las características arquitectónicas y constructivas del conjunto estarán fundadas en los requerimientos de la región, previéndose que su diseño permita la clasificación de los internos conforme a las distintas etapas del régimen penitenciario, teniéndose en cuenta en el diseño respectivo las premisas comunes al resto de las obras.

Complejos Penitenciarios Federales I y II

Los Complejos Penitenciarios Federales I de Ezeiza y II de Marcos Paz, ambos destinados al alojamiento de internos procesados, el primero de ellos de máxima y alta seguridad y el segundo de mediana seguridad, poseen una capacidad de ampliación de 300 plazas cada uno.

Ambos proyectos fueron desarrollados basándose en un módulo prototípico y su planeamiento arquitectónico contempló la construcción de una unidad adicional en cada uno de ellos. Los módulosestán configurados para el empleo de alojamientos individuales y agrupaciones de 50 celdas, contando con importantes áreas de apoyo que incluyen talleres, aulas, biblioteca, asistencia social, médica y espiritual, campo deportivo y gimnasio y posibilitan la incorporación de procesados al régimen anticipado de ejecución de la pena.

Dado que ambos complejos incluyeron la construcción de importantes obras de infraestructura y apoyo, la ampliación de los módulos se encontrará circunscripta a la ejecución de los mismos.

Centro de Detención Preventiva Buenos Aires

En una ubicación por determinar, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se levantará el Centro de Detención Preventiva destinado al alojamiento transitorio de internos, procesados varones y mujeres, adultos y jóvenes adultos, cuyo período de internación no supere, a criterio del magistrado de quien dependan y según lo permitan prever las particularidades de sus respectivas causas, los diezdías, como también los imputados durante el transcurso del juicio oral.

Las especiales características enunciadas determinan el diseño del establecimiento, cuya capacidad rondará las 50 plazas y estará orientado a lograr una gran flexibilidad en las áreas de alojamiento a fin de poder acomodar la diversidad poblacional a las distintas capacidades, sin prescindir de laconservación de la independencia funcional de cada una de ellas.

Dado que se tratará de personas que, en su mayoría, por primera vez se ven frente a la privaciónde la libertad, muchas de ellas provenientes de comisarías, se pondrá especial cuidado en no generar una imagen opresiva y amenazante. Se favorecerá el intercambio con personal especializado para proporcionar un adecuado marco de contención y una atmósfera distendida, lo cual redundará en un menor nivel del estrés que comúnmente adquieren las personas en sus primeros días de detención.

La accesibilidad de transportes de internos, como así también la condición de seguridad y privacidad que deben contener, será debidamente considerada en atención a la alta rotación que presentará la población penal.

Centro Penitenciario Federal de Posadas

El importante aumento del llamado “delito de frontera”, por naturaleza de jurisdicción federal, demanda la construcción de un establecimiento en la región.

Se propicia que el Centro Penitenciario Federal de Posadas cuente con una capacidad de 200 plazas y la posibilidad de alojar tanto varones como mujeres, manteniendo la adecuada separación entre ambos tipos de poblaciones.

También las características arquitectónicas y constructivas del conjunto respetarán las exigencias del lugar, empleándose los materiales y técnicas que faciliten una respuesta positiva tanto a las condiciones de operación penitenciaria, como a las que demanda la eficiencia funcional.

Con respecto al diseño arquitectónico, la distribución y conformación de los espacios componentes se regirá por la descripción mencionada anteriormente, relacionada con el tipo y cantidad de población penal del centro.

Centro Penitenciario Federal de Cuyo

A fin de resolver el alojamiento de los internos federales de la región de Cuyo se construirá, en un predio por designar, un Centro Penitenciario Federal con capacidad de 500 plazas.

La condición de regional determina la necesidad de contar con alojamiento tanto para procesados como para condenados. El centro se conformará con dos establecimientos autónomos, a fin de posibi-litar la separación exigida por la ley entre ambas categorías de internos y agrupará servicios y áreas deapoyo a los efectos de optimizar la operación y lograr soluciones de mayor eficiencia en el empleo delos recursos.

Las características arquitectónicas y constructivas del conjunto estarán fundadas en la particular exigencia que plantea la región, empleándose materiales y técnicas que proporcionen una respuesta adecuada al medio.

Desde el punto de vista arquitectónico-operativo, la distribución y conformación de los espacios componentes se regirá por la descripción mencionada anteriormente, adecuada al tipo y cantidad de población penal del centro.

Centros Federales de Detención Preventiva (“Alcaidías”)

En algunas localidades del interior del país resulta imprescindible la construcción de Centros de Detención Preventiva, para atender el alojamiento de los procesados a disposición de los Juzgados Federales en el primer período de su detención o durante el resto del proceso en ocasión de ser requerida su comparecencia ante los estrados judiciales, dado que no existen establecimientos federales ni provinciales, a una distancia relativamente cercana, que brinden condiciones de residencia adecuadas y razonables, debiendo ubicar a los mismos en dependencias policiales y de fuerzas de seguridad, a cargo de personal preparado para otro tipo de tareas.

La concepción de estos Centro de Detención responderá tipológicamente a las diversas necesidades y requerimientos que presenten las distintas implantaciones. Asimismo, y debido a las características particulares de funcionamiento y operatividad que presentan, se resolverán en diferentes configuraciones que provean flexibilidad para adaptarse a cada una de las exigencias. Su capacidad estará fijada en 25 plazas pero la superficie del predio de implantación contemplará su crecimiento.

Estos edificios contarán con los espacios básicos para atender a la población penal por cortos períodos de tiempo, y por tal motivo no tendrán superficies destinadas a actividades complementarias y accesorias, previéndose incluso la tercerización de los servicios a efectos de una mayor economía operativa.

Se propondrá como norma la celda individual para el alojamiento y se las dotará de un servicio de admisiones capaz de proporcionar condiciones de alojamiento y trato, que se encuentren dentro de los parámetros admitidos por la legislación y las normas internacionales en la materia.

En una primera etapa se prevé la instalación de Centros de Detención Preventiva en las localidades de Eldorado (Misiones), Paso de los Libres (Corrientes), Ushuaia (Tierra del Fuego), Bariloche (Río Negro) y Dolores (Buenos Aires).

Reconversión de la Infraestructura Existente

Conforme se produzca el avance en la reconfiguración edilicia del sistema penitenciario federal, se procederá a la progresiva desafectación de los edificios que resulten obsoletos, con implantaciones inadecuadas o cuya conservación no contribuya a los objetivos institucionales.

Los edificios que serán desafectados o bien transferidos a las jurisdicciones provinciales interesadas en conservarlos, resultarán aquellos en los cuales la población penal de jurisdicción federal noalcance a mantener su capacidad operativa y su eficiencia funcional.

También se considerará el traslado de las unidades que por razones de obsolescencia, acompañadas por peticiones de gobiernos provinciales y comunales dirigidas a establecer su ubicación enzonas de urbanización adecuadas, no ameriten su reacondicionamiento. Al respecto se han iniciado tramitaciones con las provincias de Neuquén y Río Negro para el traslado de la Prisión Regional del Sur y de la Colonia Penal “Subprefecto Miguel Rocha” (General Roca, Río Negro) respectivamente, las cuales se prevé remplazar por nuevos y modernos establecimientos.

Programa de Obras

El programa contempla la licitación de las obras en el período 2001/2002 mientras que el período de construcción se iniciaría en el año 2001, estimándose su finalización a fines del año 2004.

Durante el transcurso del año 2001 se realizarán las licitaciones para la construcción del Complejo Federal de Condenados de Mercedes, del Complejo Federal de Jóvenes Adultos, del Centro Penitenciario del Noroeste y del Centro Penitenciario Federal de Córdoba-Santa Fe. Estas obras que aportarán 3.100 plazas nuevas en 124.000 m2, implican una inversión de $ 101.700.000 incluyendo eldiseño de los establecimientos y su entrega bajo la modalidad “llave en mano”.

El sistema de contratación será similar al utilizado en las licitaciones de los Complejos Penitenciarios de Ezeiza y Marcos Paz, pero transparentando los costos de construcción y equipamiento enfunción de los parámetros establecidos por los equipos técnicos de este Ministerio y garantizando loscontratos a través del Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura a fin de reducir los costosfinancieros vinculados con la incertidumbre sobre el pago en tiempo y forma de los cánones.

También para el próximo año se prevé la licitación, pero bajo la modalidad de contratación por obra pública, de las obras correspondientes a los Centros de Detención Preventiva para las cuales se estima un costo total de $ 4.305.000.

Los proyectos correspondientes a la construcción de módulos adicionales para los Complejos Penitenciarios Federales I y II y a los Centros Penitenciarios Federales de Posadas y Cuyo, que en su conjunto aportarán otras 1.300 plazas con un costo de inversión aproximado de $ 41.000.000, se estima que serán licitados en el año 2002, utilizando igualmente el sistema de construcción y financiamiento a través de la participación privada.

Tercerización de Servicios

En los nuevos establecimientos será conveniente, en la medida de lo posible, la privatización de los servicios no esenciales, según lo previsto en el artículo 199 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 24.660.

Dentro de éstos podrán incluirse los servicios de alimentación, lavandería, mantenimiento de edificios y equipamiento, la atención médica y los talleres.

6. COLOFON

La presente constituye una propuesta que involucra un cambio de rumbo en las políticas diseñadas desde el Estado Nacional en la materia, tendiente a satisfacer la demanda de alojamiento en establecimientos penitenciarios por parte de la Justicia Nacional y Federal, hasta ahora insatisfecha.

Se propicia un criterio novedoso, en tanto se utiliza como pauta para resolver la política de construcción de establecimientos, la ponderación de las necesidades reales que se deducen de los volumenes de causas de los tribunales federales de todo el país, la capacidad actual de alojamiento de losestablecimientos del Servicio Penitenciario, su distribución geográfica y las situaciones cuya resolución, por afectar significativamente los derechos de las personas involucradas, resulta más urgente.

Asimismo, se procura superar anteriores imprevisiones que condujeron a no contemplar la perentoria necesidad de resolver la demanda de condiciones dignas de alojamiento para la población penal,en especial para la constituida por mujeres y jóvenes adultos, o la inadecuada selección de las zonas geográficas en la que se habrían de radicar los nuevos establecimientos.

La falta de atención a las demandas locales o la distante radicación de los establecimientos penitenciarios en relación con la ubicación de los tribunales cuyas necesidades vienen a resolver (tal el caso dela Ciudad de Buenos Aires), con la consecuente ausencia de eficiencia en la asignación del gasto público que ello supone, constituyen ejemplos de las situaciones que se pretenden evitar mediante la formulación de un diagnóstico preciso que considere e identifique todas aquellas cuestiones involucradas.