Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos
PLAN DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000
Resolución 702/2000
Apruébase el citado documento que
propicia un criterio novedoso para resolver la política deconstrucción
de establecimientos carcelarios.
Bs. As., 25/7/2000
VISTO el expediente N° 124.619/00, del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS creó
una comisión a los fines de realizar el diagnóstico de la situación
actual y delinear las previsiones de corto y mediano plazo para
elaborar un plan de obras carcelarias que permita satisfacerlas
necesidades de alojamiento de la población penal destinada a
jurisdicción del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que en base a las recomendaciones efectuadas por la citada comisión, la
SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS elaboró el
documento denominado “Plan de Construcción de Cárceles 2000”.
Que dicho plan propicia un criterio novedoso, en tanto se utiliza como
pauta para resolver la política de construcción de establecimientos
carcelarios la ponderación de las necesidades reales que se deducen de
los volúmenes de causas de los tribunales federales de todo el país, la
capacidad actual de alojamiento de las cárceles del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, su distribución geográfica y las situaciones
cuya resolución, por afectar significativamente los derechos de las
personas involucradas, resulta más urgente.
Que asimismo también ha sido evaluado el probable incremento de la
población penal en el corto y mediano plazo, en atención a las
modificaciones del Código Penal y del Código Procesal Penal que en la
actualidad están siendo analizadas por el H. Congreso de la Nación.
Que el “Plan de Construcción de Cárceles 2000”, elevado por la
SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS contempla la
habilitación de sectores de alojamiento de diseños adecuados, ajustados
a estándares internacionales en la materia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 4°, inciso b), apartados 9° y 19 de la Ley de Ministerios
(t.o. 1992), modificada por las Leyes Nros. 24.190y 25.233.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el documento denominado “Plan de Construcción
de Cárceles 2000”que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Gil Lavedra.
PLAN
DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y
ASUNTOS PENITENCIARIOS
PLAN
DE CONSTRUCCION DE CARCELES 2000
1. INTRODUCCION
La organización penitenciaria, como parte del sistema de justicia,
orientada a satisfacer uno de los requerimientos esenciales de la
sociedad, basa el éxito de su gestión en tres pilares fundamentales: el
marco normativo, los recursos humanos y la infraestructura edilicia.
Mediante el primero de ellos se establece el armónico funcionamiento de
leyes, instituciones y mecanismos que, teniendo en cuenta el adecuado
equilibrio entre los derechos de la sociedad y los de las personas
privadas de libertad, regulan la permanencia y actividad del interno
durante su período de claustración, fijando los objetivos de la misma e
intentando que sean compartidos por los distintos actores del sistema,
receptando las recomendaciones basadas en experiencias exitosas
desarrolladas en distintos países, canalizadas a través de organismos
internacionales interesados en la materia.
La actividad del personal, destacada en forma coincidente en el tiempo
como el eje del tratamiento penitenciario, demanda la especial
preocupación de las administraciones, las que se esfuerzan en mejorar
los procesos de selección y capacitación de los agentes con la
finalidad de que su desempeño permita el cumplimiento del complejo
cometido de la contención y oportuna reinserción social delinterno.
El tercer aspecto, el edilicio, en apariencia el de más fácil solución,
en los países en desarrollosuele presentarse como el más complejo,
debido fundamentalmente a la crónica falta de asignaciones
presupuestarias, al quedar históricamente relegado el capítulo
penitenciario en el ordenamiento de las prioridades, realidad que en
general se observa en todas las sociedades del mundo.
Pero la problemática no se reduce sólo a la cuestión financiera,
también pasa por el diseño de los establecimientos, en el que se tienen
que considerar distintas variables basadas en el tipo, la cantidad y el
aumento de la población penal que se estime, afectada por la expansión
demográfica, la vigenciao modificación de la normativa penal, la
incidencia de factores socioeconómicos y hasta por aspectos culturales,
como por ejemplo el proceso de globalización observado en nuestro
tiempo.
También ha incidido en la particular crisis del sistema la falta de
convicción o el interés sobre la re definición de los objetivos de la
cárcel, actitud vinculada principalmente con posiciones ideológicas,
que abarcan desde la concepción economicista que pone el énfasis en
criterios incriminatorios, meramente asegurativos, orientados hacia la
simple retribución o castigo y que resulta en el alojamiento de la
mayor cantidad de internos en edificios del menor costo posible, hasta
las corrientes abolicionistas, con mayores adherentes en las últimas
décadas, cuya pretensión es el cumplimiento integral de la finalidad de
la privación de la libertad, poniendo el acento en la posibilidad del
desarrollo del tratamiento estipulado en el régimen respectivo, además
del logro de un nivel de vida aceptable dentro del ámbito carcelario.
Por supuesto, son los países desarrollados los que avanzaron en mayor
medida en el mejoramiento de la infraestructura edilicia carcelaria,
experimentando con actualizada tecnología, tanto en el sistema de
construcción como en seguridad y comunicaciones, permitiendo contar en
esta época con una variada oferta de diseños y de empresas en
condiciones de hacerse cargo de este tipo de obra.
Las naciones en vías de desarrollo observan en común deficitarias
condiciones con respecto a la cantidad y calidad de las plazas
carcelarias, apareciendo como dato histórico la superpoblación con sus
negativas consecuencias que afectan en forma directa los derechos
esenciales delos internos.
La República Argentina necesita imperiosamente avanzar en un proceso de
mejoramiento del sistema carcelario, registrándose igualmente carencias
edilicias que afectan su desenvolvimiento, compensadas en algunos casos
con la sobreocupación de sectores de alojamiento, o en otros,
manteniendo a procesados y condenados en organismos de seguridad
extracarcelarios.
Particularmente en la infraestructura edilicia del sistema
penitenciario federal, además de la carencia de plazas mencionada
precedentemente, deben resaltarse las siguientes deficiencias: a) la
inadecuada distribución territorial de los establecimientos para
condenados que constituye un serioescollo para la permanencia de los
vínculos familiares y sociales y para el proceso de reinserciónsocial,
y b) la obsolescencia física de algunas unidades —que además suman el
hecho de contar casi exclusivamente con alojamientos comunes—, y el
grave estado de deterioro de otras, que imposibilitan la implementación
de modernos métodos de tratamiento
2. ORIGENES DE LA INFRAESTRUCTURA
EDILICIA
De acuerdo a nuestra organización política, recordamos que cada estado
provincial puede crear su propio sistema penitenciario, además del
correspondiente a la jurisdicción federal y, desde la reforma
constitucional de 1994, la posibilidad de que también lo posea la
Ciudad Autónoma de BuenosAires.
Actualmente cuentan con dicho sistema las provincias que dieran origen
a la República, ocupándose la institución federal del alojamiento de
los procesados y condenados por la justicia de los estados que fueran
territorios nacionales, con excepción del de Misiones, que constituyó
su propio servicio penitenciario en 1959.
Es dable destacar que las provincias del Neuquén, Río Negro y Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur avanzan en el proyecto
de estructurar sus correspondientes organismos penitenciarios,
ocupándose en parte de ese cometido hasta el momento las instituciones
policiales de cada jurisdicción.
Las primeras construcciones de establecimientos penitenciarios
diseñados para tal cometido, luego de un largo período en que las
cárceles se instalaron en locales improvisados o inadecuados, datan del
último cuarto del siglo XIX. Los proyectos, en general, fueron
concebidos en función a las ideaspenológicas de su tiempo, marcando el
inicio en el país de este tipo de arquitectura tan específica.
Corresponde tener presente sobre el particular a la Cárcel de Mercedes
(Provincia de Buenos Aires) de 1876, la Cárcel de Dolores (Provincia de
Buenos Aires) del mismo año, la Penitenciaría de Buenos Aires (luego
Nacional) habilitada en 1877, la Cárcel de Sierra Chica (Provincia de
Buenos Aires) del año 1882, la Cárcel de Corrección de Menores (en la
Ciudad de Buenos Aires, actual Prisión Nacional) de 1898, y más
adelante la Cárcel de Reincidentes de Ushuaia, año 1902 y la
Penitenciaría y Cárcel de Detenidos de Mendoza a contar de 1905.
Se debe destacar como hecho significativo que en el lapso de un año
(entre 1876 y 1877), un mismo estado provincial, el de Buenos Aires,
puso en funcionamiento tres establecimientos penitenciarios de
envergadura, diseñados siguiendo las concepciones actualizadas de la
época, dos de ellosaún en actividad (Mercedes y Dolores), recordando
que el tercero, la Penitenciaría Nacional, fuera desafectada en el año
1961.
El diseño arquitectónico de tales construcciones tuvo en cuenta el ya
desestimado “self enclosed”, caracterizado por un bloque constructivo
desarrollado en su perímetro, manteniendo espacios abiertos en su
interior, inspirados en fortalezas, castillos y conventos del medioevo,
además del novedoso sistema radial derivado del panóptico pensado por
Jeremías Bentham, el que fuera experimentado por vez primera en la
Penitenciaría de Filadelfia, antecedente destacado por los distintos
autores especializados en el campo de la penología.
En el ámbito de la jurisdicción nacional, es a partir de 1888 y con el
fin de alojar a los procesados a disposición de los juzgados criminales
respectivos, cuando se comenzaron a constituir cárceles en los
mencionados territorios nacionales, utilizándose de acuerdo a las
posibilidades de los distintos lugares edificios en precarias
condiciones que se ocupaban de la simple retención física del preso.
Ordenadas cronológicamente encontramos entre las primeras a la de
General Acha (La Pampa), luego trasladada a Santa Rosa; Chos Malal
(entonces capital del Neuquén), llevada a su actual emplazamiento (hoy
denominada Prisión Regional del Sur), acompañando el traslado de la
capital de la Provincia hacia su asiento definitivo; y Viedma (Río
Negro). Se completa la nómina con las cárceles de Formosa y Posadas
(remplazada luego por la Colonia Penal de Candelaria) en el norte y por
las ubicadas en General Roca (hoy Colonia Penal Subprefecto Miguel
Rocha, en la Provincia de RíoNegro), las cárceles de Rawson y Esquel en
la Provincia del Chubut y de Río Gallegos en la Provinciade Santa Cruz.
Como complemento del citado panorama carcelario, es propicio considerar
la composición y distribución de la población penal de la época,
documentada como resultado del Censo Carcelario Nacional efectuado en
el año 1906, cuyos datos obran en el CUADRO I, aprovechándose la
oportunidadpara posibilitar un análisis comparativo con la situación
actual, representada en el CUADRO II, elaborado con información reunida
por la Secretaría de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios, a
través del INDEC y de las instituciones carcelarias del país.
3. LOS PLANES EN EL SISTEMA FEDERAL
Con la sanción de la Ley Nº 11.833, de Organización Carcelaria y
Régimen de la Pena, promulgada el 9 de octubre de 1933, se organiza
definitivamente el sistema federal, al disponerse la creación en su
artículo 1º de la Dirección General de Institutos Penales, de la cual
pasaban a depender todos los establecimientos penales de la Nación,
decisión que se cumplimentara integralmente a contar de1936.
En el año 1953 la institución accede a la categoría de Dirección
Nacional, adoptando el año 1967 la denominación que rige hasta nuestros
días, de Servicio Penitenciario Federal, al dictarse su primera ley
orgánica Nº 17.236.
El análisis de la secuencia de los diferentes proyectos constructivos
elaborados desde la constitución del sistema federal, nos proporcionan
la idea del interés evidenciado en distintas oportunidadespor el
mejoramiento de la infraestructura carcelaria, encarado con distintas
concepciones y limitados resultados.
Plan de Construcciones Carcelarias y
Organización de los Establecimientos de 1936
Fue autor del mismo el primer Director General de Institutos Penales,
Dr. Juan José O’Connor, diseñándolo sobre la base de dos modalidades de
ejecución: una por administración, con mano deobra y fabricación de
materiales a cargo de internos, la que se concretó, y la otra, por obra
pública, laque no pudo desarrollarse, estando previstos los recursos
económicos en la mencionada Ley Nº 11.833.
Este plan posibilitó la construcción de la actual Colonia Penal de
Santa Rosa (La Pampa), y de las cárceles de Rawson (Chubut, hoy
Instituto de Seguridad y Resocialización) y de General Roca (RíoNegro,
hoy Colonia Penal Subprefecto Miguel Rocha).
No pudieron concretarse la mayoría de las obras proyectadas:
construcción de 11 cárceles, previstas para ejecutarse a través de la
primera modalidad y de la cárcel de encausados de la Capital Federal
junto con los tribunales del crimen, el reformatorio de mujeres y un
establecimiento industrial para penados urbanos, por medio de obra
pública.
Plan de traslado de la Penitenciaría
Nacional y Construcción de Colonias Penales, año 1938
Elaborado por iniciativa del Dr. José María Paz Anchorena, el plan no
contó con recursos presupuestarios, basando su financiación en la
futura venta de los terrenos de la Penitenciaría Nacional, quedando en
su tiempo como una formulación teórica. No obstante, el mencionado
funcionario continuó la construcción de unidades iniciadas por el Dr.
O’Connor.
Proyecto de Establecimiento Penal
Integral en la Península de Valdez (Chubut), año 1941
El Dr. José Peco y el Arq. Martín Noel originaron un proyecto de ley
para la creación del citado establecimiento, el que no llegó a tener
tratamiento legislativo, debiendo destacarse, no obstante, que
constituye el primer antecedente nacional de construcción de un
complejo penitenciario en lugar deunidades aisladas.
Proyecto sobre unificación del Régimen
de la Pena y Construcciones Carcelarias, año 1943
El Dr. Jorge H. Frías proyectaba la unificación de la ejecución penal
en toda la República y unprograma de construcciones dirigido a
remplazar la Penitenciaría Nacional y la Prisión Nacional de la Capital
Federal, previendo la financiación con los recursos de la venta de los
terrenos de la menciona-da Penitenciaría, lo que tampoco en esta
oportunidad pudo concretarse.
El funcionario también desarrolla el concepto de complejo penitenciario
como un conjunto deestablecimientos destinados a distintas finalidades
y regímenes, con servicios de apoyo comunes.
Plan de Organización Penológica
Nacional, año 1946
Tampoco se pudo materializar en realizaciones concretas, quedando como
una iniciativa tendiente a construir una cárcel para encausados en la
Capital Federal, un centro de orientación correccional compuesto por 6
establecimientos diferenciados, una cárcel industrial y una colonia
penal para delincuentes habituales, plan generado por el Esc. Manuel
Barcia.
Plan de Construcciones Penitenciarias,
año 1948
Elaborado bajo la gestión del Director General Roberto Petinatto, tuvo
un desarrollo parcial: el vinculado a ampliaciones y terminación de
obras en los establecimientos preexistentes. No pudieron concretarse
las nuevas construcciones proyectadas: la cárcel de encausados y los
tribunales del crimen, el centro de orientación correccional y el
sanatorio para reclusos.
Comisión Nacional de Construcciones
Penitenciarias, 1960/1965
Actuando como Presidente el Dr. José María Paz Anchorena, esta comisión
tuvo por finalidad dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 11.833.
Aspirando a tal objetivo desafecta la Penitenciaría Nacional y vende
los terrenos y los edificios a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos
Aires. Se consideraba que al momento de concretarse el cierre del
citado establecimiento, el número de alojados permitiría su reubicación
hasta tanto se habilitaran los institutos que se proyectaban sin
producir sobreocupación en otros establecimientos. No obstante, el
incremento de la población penal, particularmente de procesados, derivó
en serios problemas que no fueron previstos.
Se completaba el plan de la Comisión con la edificación de una cárcel
para encausados (la actual Unidad 1), de los tribunales del crimen y de
un complejo penitenciario en Ezeiza. Se comienza la construcción de la
Cárcel de Encausados, paralizándose la misma una vez terminada su
estructura dehormigón armado. Entretanto, la situación derivada de la
demolición de la Penitenciaría hizo necesario habilitar un campamento
laboral en Ezeiza, actual Instituto Correccional Abierto (U.19), el que
aún enlos pabellones de alojamiento conserva la precaria configuración
original.
Programa de Ordenamiento y
Transformación, años 1967/1971
Siendo Director Nacional el Cnel. Miguel Angel Paiva, se pudieron
concretar las siguientes obras:
a) Completar y ampliar las colonias penales del plan de O’Connor,
llevándolas a la capacidad máxima prevista.
b) Iniciar la construcción de las colonias penales de Candelaria y
Viedma y del Instituto Correccional de Mujeres de Ezeiza.
c) Continuar las obras paralizadas de la Cárcel de Encausados de la
Capital Federal.
Plan Trienal, año 1973
El mismo tuvo por objeto el remplazo de alguno de los establecimientos
que ya no se adecuaban a las necesidades del momento, como en el caso
de la Cárcel de Formosa y de la Cárcel de Santa Rosa (La Pampa). La
iniciativa no pudo concretarse, continuando ambas unidades actualmente
en la condición que se pretendía modificar.
También se planificó una unidad psiquiátrica para varones en Ezeiza,
comenzándose la construcción de una estructura que a lo largo de los
años fuera reiteradamente modificada en función deposibles destinos
diferentes y que, no obstante las importantes inversiones efectuadas,
su estadoactual la torna irrecuperable.
Plan Director de la Política
Penitenciaria Nacional, año 1995
Mediante Decreto Nº 426 del 27 de marzo de 1995, se aprueba el
documento titulado “Política Penitenciaria Argentina —Plan Director de
la Política Penitenciaria Nacional”, elaborado por el entonces
Ministerio de Justicia— Secretaría de Política Penitenciaria y
Readaptación Social.
En su capítulo “Area Arquitectura Penitenciaria”, se enuncia que el
estado de la infraestructura edilicia de cárceles y prisiones necesita
una renovación en su aspecto físico, una modernización en la concepción
de su funcionamiento y una nueva configuración en lo que hace a su
distribución territorial, coincidiendo con los diagnósticos esbozados
sobre la problemática del sector.
Se considera que la asimétrica disposición de las unidades
penitenciarias en el territorio nacional, determina que su ubicación no
coincida con las necesidades que en materia de alojamiento de internos
bajo jurisdicción federal plantea la realidad penal del país. En
consecuencia, para adecuar la infraestructura edilicia a esa situación,
se propone, entre otras medidas, la construcción de Centros
Penitenciarios Regionales, constituyendo esos nuevos institutos, junto
con la readecuación de aquellos que estén en condiciones de ser
mantenidos dentro del sistema, la nueva red de establecimientos
federales.
Las metas proyectadas se dividen en dos programas: de acción inmediata
y de acción mediata, este último comprensivo del Plan Quinquenal
1995-1999.
El Programa de Acción Inmediata comprendía:
a) La construcción de un establecimiento para jóvenes adultos en la
localidad de Marcos Paz, con una capacidad para 150 internos,
previéndose destinar las instalaciones de la U.26 para el alojamiento
exclusivo de condenados. A ello se sumaba un módulo de tratamiento y
recuperación de jóvenes drogadependientes con 48 plazas. Como
consecuencia de lo proyectado, durante el año 1996 se inaugura el
Instituto Federal de Jóvenes Adultos (U.24) y el Centro Federal de
Tratamientos Especializados para Jóvenes Adultos “Malvinas Argentinas”,
este último como anexo de la U.26.
b) El remplazo de la Cárcel de Encausados de la Capital Federal (U.1) y
de la Prisión de la Capital Federal (U.16) mediante la habilitación del
Complejo Penitenciario Ezeiza, el que contará con los adelantos
observados en lo penológico y tecnológico, compuesto por diversos
módulos independietes con una capacidad total de 1.620 internos y un
Hospital Penitenciario Central de alta complejidad con 150 camas. Al
momento, junio de 2000, fue receptada parte de la obra, compuesta por
cuatro módulos de alojamiento (dos de máxima y dos de alta seguridad) y
las dependencias correspondientes a los servicios comunes (sector
administrativo, control operacional central, visitas, etc.), restando
el centro de ingreso y selección, el módulo de alojamiento especial
para internos con afecciones psíquicas y el hospital penitenciario.
c) El remplazo del Instituto de Detención de la Capital Federal (U.2)
por el Complejo Penitenciario Marcos Paz, siguiendo el mismo criterio
arquitectónico que el del proyecto Ezeiza, con una capacidad de 1.500
internos, distribuidos en módulos de 300 plazas cada uno. Actualmente
se ha realizado la recepción de la primera unidad funcional de la obra
compuesta por un módulo de alojamiento y el sector administrativo y de
servicios comunes.
d) La realización de obras destinadas a la recuperación de la
infraestructura. Las crónicas restricciones presupuestarias han
impedido dar solución a los problemas de fondo, resolviéndose
únicamente situaciones puntuales.
e) La rehabilitación del Hospital Penitenciario Central I,
correspondiente a la Cárcel de Encausados de la Capital Federal, hasta
la inauguración del respectivo centro sanitario proyectado para el
Complejo Penitenciario Ezeiza. La tarea se desarrolló parcialmente,
permitiendo sólo mejorar en parte la atención de los internos,
destacándose que el establecimiento se encuentra en vías de
desafectación, la que será completada durante el año en curso.
f) Ampliación del Instituto Correccional de Mujeres, habilitándose una
guardería y sector de madres para adecuar los espacios del
establecimiento al incremento de los nacimientos registrados. Más
adelante se decidió concentrar el alojamiento de las internas madres,
alojadas con sus hijos menores de 4 años, en la U.31.
g) La recuperación de más de 300 plazas en la Colonia Penal de Santa
Rosa (U.4) y en el Instituto de Seguridad y Resocialización de Rawson
(U.6). En este último caso se refuncionalizó el pabellón“A”, quedando
pendientes las obras correspondientes al pabellón “B”.
h) Habilitación de Centros de Recuperación de Droga dependientes en la
localidad de Ezeiza, los que se encontraban en proceso de construcción,
para proporcionar 192 plazas para varones y 72 para mujeres, a los
fines de cumplimentar con las medidas curativas previstas en la Ley Nº
23.737. El establecimiento proyectado para los varones terminó
adecuándose como cárcel de mujeres, dando origen al Centro Federal de
Detención de Mujeres “Nuestra Señora del Rosario de San Nicolás”
(U.31), estando aún pendiente de concreción el respectivo centro de
tratamiento para varones adultos. Con respecto al correspondiente a las
mujeres, con menor capacidad, se habilitó un sector destinado a las
mismas en la U.3.
El Programa de Acción Mediata, previsto como Plan Quinquenal a
desarrollarse entre los años 1995-1999, fijaba como objetivo la
construcción de los siguientes establecimientos:
a) Destinado a jóvenes adultos con 120 plazas, a integrarse con el
conjunto de institutos habilitados para este tipo de población penal en
la localidad de Marcos Paz, previéndose su inauguración en el tercer
trimestre de 1997.
b) Complejo Penitenciario Campana, en las proximidades de la ciudad del
mismo nombre, previsto para el alojamiento de 970 condenados, con
sectores diferenciados para internos de distinta posición en la
progresividad del régimen penitenciario, proyectándose su puesta en
funcionamiento para el primer trimestre de 1999.
c) Instituto Correccional de Mujeres II, también en la localidad de
Campana, con capacidad para 300 condenadas adultas y jóvenes adultas,
estimándose su habilitación para el primer trimestre de 1997.
d) Dos Centros Penitenciarios del Noroeste, que permitan la contención
de 300 internos cada uno, a levantarse en la Provincia de Salta, obra
prevista para el primer trimestre de 1999.
e) Centro Penitenciario del Noreste, a construirse en la Provincia de
Misiones, previsto para alojar 200 procesados varones y mujeres,
estimándose su finalización durante el primer trimestre de 1999.
f) Centro Penitenciario Cuyo, a edificar en la Provincia de Mendoza,
con capacidad para 250 plazas, estimándose su puesta en funcionamiento
durante el tercer trimestre de 1999.
g) Centro Penitenciario Litoral, en territorio de la provincia de Santa
Fe, destinado a procesados y condenados para un total de 300 internos,
proyectándose su inauguración para el cuarto trimestre de 1999.
h) Centro Penitenciario Mar del Plata, destinado al alojamiento de la
población penal de jurisdicción federal originaria del interior de la
provincia de Buenos Aires, para una cantidad de 200 plazas entre
procesados y condenados, con plazo de finalización durante el segundo
trimestre de 1999.
Se preveía, asimismo, que a medida que se ejecutaran las obras
proyectadas, se procedería a la desafectación de aquellas unidades que
no resultaran operativas para la nueva estructura del Servicio
Penitenciario Federal, aprovechándose los recursos derivados de la
venta de los terrenos y establecimientos o de su transferencia a los
estados provinciales para la creación de nuevas unidades o servicios.
Por distintos motivos ninguno de los establecimientos incluidos en este
Programa de Acción Mediata pudo construirse hasta el momento, pese al
tiempo pasado desde que fueran proyectados, estimándose necesario en la
oportunidad proceder a su revisión con el objeto de ajustar el
desarrollo delas obras futuras a las reales necesidades de alojamiento
y al orden de prioridades basado en los requerimientos críticos del
sistema.
Programa de Construcción de Cárceles
para la Justicia Federal - 1998
Este programa se diseñó como complementario y ampliatorio del programa
de construcción definido en el Plan Director, contemplando la
realización de las obras que habían sido previstas en el Programa de
Acción Mediata (Plan Quinquenal 1995/99) y que no habían tenido
principio de ejecución por falta de previsiones presupuestarias.
Además, preveía la construcción de establecimientos para procesados
ubicados en las cercanías de los juzgados federales (denominados
“cárceles federales”), con capacidades para alojar hasta 200 internos,
y de Alcaidías de 25 plazas para alojar procesados enel primer período
de su detención, por un lapso de hasta 45 días, o en ocasión del
desarrollo del juicio oral.
Entre los primeros se definieron las siguientes ubicaciones y
capacidades: Jujuy I (170 plazas, varones), Jujuy II (130 plazas,
mujeres), Tucumán (200, varones y mujeres), Resistencia (50, mujeres),
Concepción del Uruguay (25, varones y mujeres), Formosa (50, varones),
Tierra del Fuego (25,varones y mujeres), Viedma (25, mujeres),
Bariloche (25, varones y mujeres), Rawson (50, mujeres), Junín (50,
varones y mujeres), Bahía Blanca (50, varones y mujeres), Neuquén (100,
varones) y RíoGallegos (25, varones y mujeres).
Las Alcaidías fueron previstas en: Eldorado (25 internos), Paso de los
Libres (25), Santa Fe/Paraná (100), Dolores (25) y Azul (25).
Cabe consignar que para este programa se preveía la posibilidad de
tercerizar los servicios no esenciales de acuerdo con lo estipulado en
el artículo 199 de la Ley N° 24.660.
4. LA SITUACION ACTUAL
Diversos y numerosos proyectos fueron elaborados a través del tiempo
tanto en los ámbitos provinciales como en el nacional, destinados a
adecuar la capacidad de alojamiento de la población penal con las
reales necesidades de cada jurisdicción, chocando la mayoría de ellos
con la dificultad de no poder lograr las previsiones presupuestarias
correspondientes, en general, como fuera expresado, por problemas
financieros del Estado y el orden de prioridades en el que se ubica a
la cárcel dentro de los requerimientos de la sociedad, recurriéndose
entonces a la ampliación de algunos establecimientos, ala reasignación
de dependencias internas de los mismos y a la utilización como cárcel
de sectores destinados a la detención temporal de personas existentes
en las instituciones policiales o de las fuerzas de seguridad,
situación que fue generando la crisis que padece el sistema,
promoviendo la reforma estructural que ocupa a los distintos gobiernos
en la actualidad.
En el CUADRO III se detalla la distribución de la población penal a
disposición de los distintos tribunales del país, haciéndose notar el
déficit de plazas carcelarias que se observa en la actualidad. Cabe
destacar que los datos están en proceso de ajuste y actualización a
través del Relevamiento de Establecimientos Carcelarios y
Penitenciarios de la República Argentina, en desarrollo a la fecha,
establecido mediante Resolución Nº 331/2000 del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos.
Como se advierte en dicho cuadro, se mantiene un acentuado déficit con
respecto a la cantidadde plazas necesarias para alojar a la totalidad
de la población penal de distinta situación jurídica adisposición de
los diferentes tribunales de justicia del país. De un total de 39.917
internos, 7.042 (el 17,64%) permanecía al mes de marzo de 2000 en
dependencias policiales y de fuerzas de seguridad, en lugares
destinados al alojamiento en tránsito, sin un régimen específico, a
cargo de personal preparado para otro tipo de tareas.
Pero además, la capacidad informada de los establecimientos carcelarios
no podemos asegurar que se ajuste a los requerimientos básicos tanto
cuantitativos como cualitativos para el alojamiento de personas. En
algunas unidades existen pabellones celulares unipersonales donde se
ubican a más de un interno por celda y sectores comunes a los que por
razones de necesidad se le fueron agregando camas, sin que se
correspondan con la superficie adecuada de los distintos ambientes.
Ello conspira también con la posibilidad de efectuar una buena
clasificación de la población penal, la que además de favorecer la
aplicación del régimen relativo a cada tipo de interno, brinda
condiciones de seguridad a los mismos, evitando los consecuentes
conflictos de convivencia que se producenen este medio tan particular.
En consecuencia, no sólo es necesario prever la construcción de
establecimientos para contener a los internos alojados en forma
permanente en instituciones extrapenitenciarias, sino además,
establecer un programa que permita la paulatina ampliación o
reacondicionamiento de los sectores dealojamiento de las unidades
existentes, tanto federales como provinciales, que posibiliten un nivel
de vida aceptable de la población penal, verdadero desafío para los
distintos gobiernos.
En el orden nacional, se hallan en proceso de culminación las obras
correspondientes a los Complejos Penitenciarios I y II, de las
localidades de Ezeiza y Marcos Paz, establecimientos que, de acuerdo
con lo previsto en el Plan Director, permitirían la definitiva
desafectación de la Cárcel de Encausados de la Capital Federal (Unidad
1), del Instituto de Detención de la Capital Federal (Unidad 2) y de
laPrisión de la Capital Federal (Unidad 16).
Ya fueron habilitados tres módulos del Complejo Penitenciario Ezeiza,
estando próximos a agotar su capacidad de alojamiento (900 internos),
previéndose la próxima puesta en funcionamiento de los restantes. El
mencionado complejo se ocupa del ingreso de los procesados que debían
ser derivadosa la Unidad 1, la que dejó de recibir internos, quedando
cubiertas actualmente cerca del 30% de susplazas, previéndose su
vaciamiento total para antes de fin del año en curso.
También durante el presente período comenzará a operar el Complejo de
Marcos Paz, permitiendo avanzar en la referida gestión de desafectación
de las unidades en cuestión (Caseros y Devoto), las que como no escapa
al dominio público, desde hace largo tiempo no se hallan en condiciones
de cumplir con su cometido.
Dos observaciones merecen efectuarse con respecto a la habilitación de
los mencionados complejos. Una con relación a la cantidad de población
penal, cuya simple relación numérica, si sólo los destinamos a
procesados en régimen común, dando otro destino a condenados, jóvenes
adultos y ex integrantes de fuerzas armadas y de seguridad que hoy
contienen las Unidades 1, 2 y 16, obliga aplantear la rápida ampliación
de la capacidad de alojamiento de los nuevos establecimientos.
La segunda, vinculada al sistema de contratación utilizado para la
elaboración del proyecto, la construcción y el financiamiento de ambos
complejos. Estas licitaciones se realizaron mediante el sistema “llave
en mano”, financiadas íntegramente por el contratista a su solo riesgo
(sin aval del Estado), para su posterior alquiler con opción a compra
(“leasing”) con pagos trimestrales por un período de 15 años.
De la forma en que fue diagramada la operación no es posible desglosar
del monto del canon cuánto es el costo de construcción propiamente
dicho y por ende no se puede determinar el nivel de tasa de interés que
se está aplicando para el financiamiento. No obstante, considerando
como testigos los precios internacionales y algunos valores hechos
públicos por las empresas contratistas, se evidencia una alta carga
financiera de esta operación con respecto a las tasas de mercado. Y la
causa principal de esto es la falta total de un pormenorizado análisis
previo para determinar las condicionesde la contratación. Resulta
evidente que ante la inexistencia de avales del Tesoro Nacional, el
plazo juega un papel primordial, y de haberse efectuado los
correspondientes análisis previos se hubiese podido determinar el plazo
óptimo de financiamiento dadas las condiciones de la operación. En este
sentido, se han realizado análisis técnicos que indican que con un
mínimo incremento de la cuota trimestral y un plazo no mayor de ocho
años, se hubiese podido obtener un nivel razonable de tasa
definanciamiento con el consiguiente beneficio para el Estado Nacional.
Además, conforme a las cláusulas del contrato, si bien no existe en la
operación un aval explícito del Estado Nacional, éste asume el
compromiso de no suspensión en el pago de los cánones, con la
consiguiente penalidad, caso contrario, de abonar la totalidad de la
obra habida cuenta de su reconocida solvencia.
Es así que, expuesta la inconveniencia para los intereses del Estado
del modelo de contratación adoptado por la anterior administración, fue
preciso adoptar la decisión de dejar sin efecto las licitaciones en
proceso para la construcción de los centros penitenciarios de Mercedes,
Salta y Coronda.
En consecuencia se prevé modificar el criterio seguido, basando el
futuro régimen de contrataciónen licitar la construcción de las obras
con un proyecto definitivo del objeto a construir, igualando las
posibilidades de los oferentes, ejecutado por el Ministerio o por
terceros, propendiéndose a disminuiral mínimo posible el componente
financiero de las ofertas, acudiéndose a la mecánica de los anticipos
garantizados, como así también al riesgo de cumplimiento en el pago,
reduciendo el grado de incertidumbre de las cotizaciones, lo que
incidirá en la disminución de precios.
Especialmente se dará toda la publicidad nacional e internacional que
corresponda en cada caso, interesando también a empresas regionales,
instrumentándose un régimen de absoluta transparencia.
Volviendo a la apreciación general y con respecto a la competencia de
los distintos sistemas penitenciarios, se observa que las
instituciones, por requerimientos judiciales, se ocupan de recibir todo
tipo de internos, más allá de sus prescripciones normativas. Así, las
cárceles federales alojan personas a disposición de los tribunales
provinciales, como a la inversa, los establecimientos provinciales
contienen a procesados y condenados federales.
El Servicio Penitenciario Federal está destinado al alojamiento de
internos a disposición de la Justicia Federal de todo el país, de la
Justicia Nacional (ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires) y de la
Justicia Provincial en los casos previstos en los artículos 18 y 53 del
Código Penal, además de la recepción o transferencia de condenados
considerada en el Artículo Nº 212 de la Ley Nº 24.660, de Ejecución de
la Pena Privativa de Libertad.
La finalidad de las unidades provinciales, es la de alojar a los
internos derivados por sus propios tribunales penales, teniendo la
posibilidad de proceder a los traslados comprendidos en los casos
referidos precedentemente.
No obstante, como se aprecia en el CUADRO y GRAFICO IV de los 3.632
internos a disposición de la Justicia Federal en el mes de marzo
último, 2.082 permanecían en establecimientos carcelarios federales,
1.177 en unidades provinciales y 427 en dependencias policiales o de
fuerzas de seguridad. Por otro lado, 787 internos procesados y
condenados por tribunales de provincia, se encontraban en
establecimientos de la Nación, conforme a la clasificación incorporada
como CUADRO y GRAFICO V.
Ello amerita adoptar previsiones tendientes a que cada jurisdicción se
ocupe de su respectiva población penal o a la celebración de convenios
de alojamiento en los casos en que no se justifique la construcción de
nuevos establecimientos por el limitado número de plazas que pudieren
requerirse, aspecto tenido especialmente en consideración en la
elaboración del presente plan, inquietud extendida además a su
tratamiento por parte del Consejo Federal Permanente de Política y
Reforma Penitenciaria, cuya próxima reunión se halla prevista para el
mes de octubre próximo.
Para mayor abundamiento y comprensión de la situación carcelaria en el
orden federal, figura en el CUADRO y GRAFICO VI la nómina de los
respectivos establecimientos, con la fecha en que comenzaron a recibir
internos, para destacar la antigüedad de los mismos.
Del análisis de la conformación de la población penal que aloja y la
que corresponde ser contenida en establecimientos del Servicio
Penitenciario Federal, se concluye:
1. Que las previsiones de incremento de ingresos y condiciones
actuales de superpoblación que afectan a los establecimientos
destinados a mujeres y jóvenes adultos, cuyo incremento en los últimos
diez años se advierte en el CUADRO y GRAFICO VII, constituyen una
situación crítica que demanda prioritaria atención. En el caso de las
internas, como se destaca en el GRAFICO VIII, además del exceso de
alojadas, se debe tener en cuenta la responsabilidad de la Nación con
respecto a ocuparse de las que estando a disposición de la Justicia
Federal, permanecen en otros establecimientos odependencias policiales
o de fuerzas de seguridad. Con respecto a los jóvenes adultos, el anexo
en elque se hallan ubicados en la U.16, además de superar el máximo de
sus posibilidades de contención, no es apto para ese destino,
requiriéndose en consecuencia remplazar las 228 plazas ocupadas y
preverse su incremento para el futuro.
2. Que, aproximadamente, el 43% de los condenados por la Justicia
Nacional (ordinaria de laciudad de Buenos Aires) se encuentra alojada
en establecimientos federales del interior del país,generando las
consecuentes inquietudes por su desarraigo y tornando más dificultosos
los esfuerzosen procura de su adecuada reinserción social (GRAFICO IX).
3. Que se hace necesario contemplar previsiones para ubicar a
cerca de 400 condenados adultos alojados en las unidades 1, 16 y 2
(Caseros, las dos primeras, y Devoto) con el fin de desafectar tales
establecimientos, ya que los nuevos complejos fueron destinados para el
alojamiento de internos procesados, procurando a la vez evitar la
generación de las consecuencias perniciosas descriptas en el punto
precedente.
4. Que como se expresaba en el análisis general se advierte la
necesidad de aumentar la capacidad de alojamiento de los complejos de
Ezeiza y Marcos Paz, previéndose el incremento en el corto y mediano
plazo de la población de procesados a disposición del Poder Judicial de
la Nación, en atención a las modificaciones del Código Penal y del
Código Procesal Penal que se hallan en análisis. En ese sentido, una
reforma del régimen de excarcelación en lo concerniente a la modalidad
de robo agravado por el uso de armas, implicaría en la ciudad de Buenos
Aires, el incremento del número de personas procesadas en prisión
preventiva en una cifra no inferior a por lo menos trescientos en el
primer año.
5. Que al haberse decidido el alojamiento de los procesados, en
particular los que se hallen a disposición de los tribunales con
asiento en la Ciudad de Buenos Aires, en establecimientos distantes de
los mismos (entre 35 y 55 kilómetros según se trate de Ezeiza o Marcos
Paz), se presenta conveniente la habilitación de un centro de detención
en lugar adyacente o cercano a los respectivos juzgados, con alrededor
de 50 plazas, destinado a procesados cuyo período de internación no
supere los diez días, con miras a evitar, además de los efectos
estigmatizadores de la prisionización, la previsible complejidad y el
costo que demandaría trasladar en condiciones adecuadas a un número
importante de procesados enforma diaria a los diversos tribunales de la
ciudad de Buenos Aires, a los efectos de su comparecencia a los
primeros actos del proceso como así también durante el transcurso de
los juicios orales.
6. Que las personas que se encuentran privadas de la libertad por
disposición de la Justicia Federal de todo el país en establecimientos
provinciales o dependencias policiales o de fuerzas de seguridad, el
45% del total como se indica en el GRAFICO IV ya enunciado, corresponde
que sean alojadas en establecimientos federales, ubicados en zonas que
en la medida de lo posible no generen el desarraigo de las mismas.
7. Que, como fuera apuntado, se contienen en unidades nacionales
787 internos a disposición de distintos tribunales provinciales, a
través de convenios con los respectivos estados (CUADRO V).
Por lo expuesto, sobre la base del diagnóstico efectuado y consecuente
con la realidad carcelaria actual, resulta adecuado realizar las
previsiones pertinentes en materia de construcciones penitenciarias,
dirigidas a atender las necesidades del corto y mediano plazo.
5. EL PLAN DE CONSTRUCCIÓN DE CARCELES 2000
Complejo Federal de Condenados de Mercedes
La construcción del Complejo Federal de Condenados de Mercedes se prevé
llevarla a cabo en la localidad de Agote, Partido de Mercedes,
Provincia de Buenos Aires, en un terreno con una superficie de 200
hectáreas, lo que permitirá la implantación de diversos
establecimientos autónomos, adecuados para los distintos regímenes
penitenciarios que prevé la ley, junto con los servicios generales y la
infraestructura necesaria.
El diseño del Complejo Federal resolverá la configuración de un
emprendimiento de alto impacto en un medio rural, junto con la
diversidad programática propia de su conformación. Este aspecto resulta
relevante dado que dentro del Complejo Federal de Condenados de
Mercedes se agrupará una comunidad penitenciaria heterogénea, donde en
un mismo predio residirán mujeres y varones enlos distintos períodos de
la progresividad del régimen establecidos normativamente, desarrollando
diversos programas y tratamientos, cada uno de los cuales requerirá una
respuesta adecuada y específica, por lo cual sólo se podrán
homogeneizar aquellas soluciones cuyas características funcionales lo
permitan.
El citado Complejo reflejará claramente la identidad arquitectónica de
las partes componentes principales del mismo, contribuyendo a que las
distintas fases del tratamiento penitenciario cuenten con una respuesta
arquitectónica apropiada.
Cada establecimiento tendrá barreras de seguridad homogéneas según el
grado de complejidad que presente. Los edificios se encontrarán
distribuidos y agrupados conforme a las disposiciones de los modernos
criterios de diseño. La configuración general responderá al tipo
“campus” con un adecuado balance e integración entre los espacios
cerrados y abiertos.
El programa de necesidades, la imagen edilicia y el régimen de vida son
aspectos íntimamente vinculados en este tipo de unidades y serán
considerados en el resultado arquitectónico-operativo del conjunto.
Los institutos tenderán a reflejar, en su imagen, identidades
diferenciadas para cada uno de ellos. El concepto de “identidad” en los
espacios, así como la imagen exterior de los mismos, pasará a ser un
concepto integrante del tratamiento de los internos y de su calidad de
vida, por lo que tenderán a reflejar el ambiente de cada una de las
etapas de la Progresividad del Régimen Penitenciario.
Se evitarán los espacios altamente estructurados, promoviéndose el
amplio empleo del color, de la iluminación natural y una fuerte
vinculación de los lugares abiertos con los cerrados. Como propuesta
general se procurará evitar el empleo de rejas, reemplazándolas, de ser
necesario, por puertas con vidrios de seguridad. También se emplearán
modernos sistemas de detección y supervisión que permitan una operación
más eficaz y eficiente del Complejo.
El Complejo Federal de Condenados de Mercedes tendrá una capacidad de
1800 plazas.
Complejo Federal de Jóvenes Adultos
El déficit destacado en las plazas destinadas al alojamiento de jóvenes
adultos requiere la construcción de 350 plazas, las cuales al menos 240
deben realizarse en forma prioritaria.
El Complejo Federal de Jóvenes Adultos ubicado en la localidad de
Marcos Paz, fue construido en un predio de 180 hectáreas y con una
infraestructura que permite la ejecución de nuevas unidades
independientes, juntamente con el reordenamiento de su esquema
funcional, a fin de mejorar la operatividad y la eficiencia de las
instalaciones allí existentes.
Las nuevas construcciones que serán sumadas al complejo, comprenderán
dos institutos semi-autónomos con capacidad para 120 internos cada uno
y estarán integrados por unidades de viviendasy espacios destinados a
programas y formación profesional.
El aspecto formal de los edificios será residencial y trasmitirá una
sensación de apertura y tranquilidad. Para ello se emplearán amplios
recorridos visuales y una enriquecida gama cromática para estimular los
aspectos vitales de los residentes y proporcionar una atmósfera
profesional al personal encargado de su operación.
El sistema operativo se basará en un intenso intercambio y una estrecha
relación entre el personal y los internos fundado en la supervisión
directa y en el régimen de la metodología pedagógica socializadora.
Los alojamientos se orientarán a la conformación de grupos reducidos,
en habitaciones individuales y formalmente poseerán características de
viviendas familiares, con sus espacios típicos: comedor, sala de estar,
servicios y patios.
Centro Penitenciario Federal del
Noroeste
El Centro Penitenciario Federal del Noroeste, con posibilidad de
ubicarse en terrenos cedidos por la Provincia de Salta en la localidad
de General Güemes, constituirá el primer centro de detención federal en
la región.
La capacidad total alcanzará las 650 plazas, en dos establecimientos
autónomos a construirse por etapas. Por tratarse de un centro regional
atenderá diversas problemáticas particulares de la población penal por
alojar, complementando a los establecimientos de los servicios
penitenciarios de lazona.
La concepción arquitectónica se basará en la operación autónoma y
descentralizada, en lo que respecta al tratamiento penitenciario, a fin
de propender a una mejor individualización en la aplicación de los
programas. Desde el punto de vista de los servicios e infraestructura,
se tenderá a la centralización defunciones a los efectos de lograr una
mayor eficiencia y una reducción en los costos operativos.
El tipo de establecimiento se adaptará a las características
arquitectónicas de la región, tanto en su formalidad como en las
respuestas técnicas a las condiciones ambientales de la zona. La imagen
institucional estará conformada por una mayor apertura de los espacios
abiertos, una integración de las distintas funciones mediante
recorridos que promuevan la interacción del personal con los internos y
favorezcan la creación de un ambiente semejante al que se percibe en el
medio libre.
Estas condiciones espaciales, unidas a la disponibilidad de los
programas, favorecerán la reinserción social de los alojados. Programas
de integración familiar, ocupaciones en actividades de formación
profesional, educativas y deportivas constituirán, junto con adecuados
espacios para asistenciamédica, social y espiritual, las funciones de
los edificios de apoyo.
Los sectores de alojamiento estarán estructurados en la conformación de
unidades habitacionales compuestas por celdas individuales, en grupos
de 24 a 48, junto con espacios para la relación social y oficinas para
el personal de supervisión.
Centro Penitenciario Federal de
Córdoba-Santa Fe.
El Centro Penitenciario Federal de Córdoba-Santa Fe, cuya construcción
posiblemente se realizará en los terrenos cedidos por la Provincia de
Santa Fe en la localidad de Coronda, tendrá una capacidad de 300 plazas
y será destinado a los internos condenados federales provenientes de
esas provincias mediterráneas.
Como en los casos anteriores, las características arquitectónicas y
constructivas del conjunto estarán fundadas en los requerimientos de la
región, previéndose que su diseño permita la clasificación de los
internos conforme a las distintas etapas del régimen penitenciario,
teniéndose en cuenta en el diseño respectivo las premisas comunes al
resto de las obras.
Complejos Penitenciarios Federales I y
II
Los Complejos Penitenciarios Federales I de Ezeiza y II de Marcos Paz,
ambos destinados al alojamiento de internos procesados, el primero de
ellos de máxima y alta seguridad y el segundo de mediana seguridad,
poseen una capacidad de ampliación de 300 plazas cada uno.
Ambos proyectos fueron desarrollados basándose en un módulo prototípico
y su planeamiento arquitectónico contempló la construcción de una
unidad adicional en cada uno de ellos. Los módulosestán configurados
para el empleo de alojamientos individuales y agrupaciones de 50
celdas, contando con importantes áreas de apoyo que incluyen talleres,
aulas, biblioteca, asistencia social, médica y espiritual, campo
deportivo y gimnasio y posibilitan la incorporación de procesados al
régimen anticipado de ejecución de la pena.
Dado que ambos complejos incluyeron la construcción de importantes
obras de infraestructura y apoyo, la ampliación de los módulos se
encontrará circunscripta a la ejecución de los mismos.
Centro de Detención Preventiva Buenos
Aires
En una ubicación por determinar, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
se levantará el Centro de Detención Preventiva destinado al alojamiento
transitorio de internos, procesados varones y mujeres, adultos y
jóvenes adultos, cuyo período de internación no supere, a criterio del
magistrado de quien dependan y según lo permitan prever las
particularidades de sus respectivas causas, los diezdías, como también
los imputados durante el transcurso del juicio oral.
Las especiales características enunciadas determinan el diseño del
establecimiento, cuya capacidad rondará las 50 plazas y estará
orientado a lograr una gran flexibilidad en las áreas de alojamiento a
fin de poder acomodar la diversidad poblacional a las distintas
capacidades, sin prescindir de laconservación de la independencia
funcional de cada una de ellas.
Dado que se tratará de personas que, en su mayoría, por primera vez se
ven frente a la privaciónde la libertad, muchas de ellas provenientes
de comisarías, se pondrá especial cuidado en no generar una imagen
opresiva y amenazante. Se favorecerá el intercambio con personal
especializado para proporcionar un adecuado marco de contención y una
atmósfera distendida, lo cual redundará en un menor nivel del estrés
que comúnmente adquieren las personas en sus primeros días de detención.
La accesibilidad de transportes de internos, como así también la
condición de seguridad y privacidad que deben contener, será
debidamente considerada en atención a la alta rotación que presentará
la población penal.
Centro Penitenciario Federal de Posadas
El importante aumento del llamado “delito de frontera”, por naturaleza
de jurisdicción federal, demanda la construcción de un establecimiento
en la región.
Se propicia que el Centro Penitenciario Federal de Posadas cuente con
una capacidad de 200 plazas y la posibilidad de alojar tanto varones
como mujeres, manteniendo la adecuada separación entre ambos tipos de
poblaciones.
También las características arquitectónicas y constructivas del
conjunto respetarán las exigencias del lugar, empleándose los
materiales y técnicas que faciliten una respuesta positiva tanto a las
condiciones de operación penitenciaria, como a las que demanda la
eficiencia funcional.
Con respecto al diseño arquitectónico, la distribución y conformación
de los espacios componentes se regirá por la descripción mencionada
anteriormente, relacionada con el tipo y cantidad de población penal
del centro.
Centro Penitenciario Federal de Cuyo
A fin de resolver el alojamiento de los internos federales de la región
de Cuyo se construirá, en un predio por designar, un Centro
Penitenciario Federal con capacidad de 500 plazas.
La condición de regional determina la necesidad de contar con
alojamiento tanto para procesados como para condenados. El centro se
conformará con dos establecimientos autónomos, a fin de posibi-litar la
separación exigida por la ley entre ambas categorías de internos y
agrupará servicios y áreas deapoyo a los efectos de optimizar la
operación y lograr soluciones de mayor eficiencia en el empleo delos
recursos.
Las características arquitectónicas y constructivas del conjunto
estarán fundadas en la particular exigencia que plantea la región,
empleándose materiales y técnicas que proporcionen una respuesta
adecuada al medio.
Desde el punto de vista arquitectónico-operativo, la distribución y
conformación de los espacios componentes se regirá por la descripción
mencionada anteriormente, adecuada al tipo y cantidad de población
penal del centro.
Centros Federales de Detención
Preventiva (“Alcaidías”)
En algunas localidades del interior del país resulta imprescindible la
construcción de Centros de Detención Preventiva, para atender el
alojamiento de los procesados a disposición de los Juzgados Federales
en el primer período de su detención o durante el resto del proceso en
ocasión de ser requerida su comparecencia ante los estrados judiciales,
dado que no existen establecimientos federales ni provinciales, a una
distancia relativamente cercana, que brinden condiciones de residencia
adecuadas y razonables, debiendo ubicar a los mismos en dependencias
policiales y de fuerzas de seguridad, a cargo de personal preparado
para otro tipo de tareas.
La concepción de estos Centro de Detención responderá tipológicamente a
las diversas necesidades y requerimientos que presenten las distintas
implantaciones. Asimismo, y debido a las características particulares
de funcionamiento y operatividad que presentan, se resolverán en
diferentes configuraciones que provean flexibilidad para adaptarse a
cada una de las exigencias. Su capacidad estará fijada en 25 plazas
pero la superficie del predio de implantación contemplará su
crecimiento.
Estos edificios contarán con los espacios básicos para atender a la
población penal por cortos períodos de tiempo, y por tal motivo no
tendrán superficies destinadas a actividades complementarias y
accesorias, previéndose incluso la tercerización de los servicios a
efectos de una mayor economía operativa.
Se propondrá como norma la celda individual para el alojamiento y se
las dotará de un servicio de admisiones capaz de proporcionar
condiciones de alojamiento y trato, que se encuentren dentro de los
parámetros admitidos por la legislación y las normas internacionales en
la materia.
En una primera etapa se prevé la instalación de Centros de Detención
Preventiva en las localidades de Eldorado (Misiones), Paso de los
Libres (Corrientes), Ushuaia (Tierra del Fuego), Bariloche (Río Negro)
y Dolores (Buenos Aires).
Reconversión de la Infraestructura
Existente
Conforme se produzca el avance en la reconfiguración edilicia del
sistema penitenciario federal, se procederá a la progresiva
desafectación de los edificios que resulten obsoletos, con
implantaciones inadecuadas o cuya conservación no contribuya a los
objetivos institucionales.
Los edificios que serán desafectados o bien transferidos a las
jurisdicciones provinciales interesadas en conservarlos, resultarán
aquellos en los cuales la población penal de jurisdicción federal
noalcance a mantener su capacidad operativa y su eficiencia funcional.
También se considerará el traslado de las unidades que por razones de
obsolescencia, acompañadas por peticiones de gobiernos provinciales y
comunales dirigidas a establecer su ubicación enzonas de urbanización
adecuadas, no ameriten su reacondicionamiento. Al respecto se han
iniciado tramitaciones con las provincias de Neuquén y Río Negro para
el traslado de la Prisión Regional del Sur y de la Colonia Penal
“Subprefecto Miguel Rocha” (General Roca, Río Negro) respectivamente,
las cuales se prevé remplazar por nuevos y modernos establecimientos.
Programa de Obras
El programa contempla la licitación de las obras en el período
2001/2002 mientras que el período de construcción se iniciaría en el
año 2001, estimándose su finalización a fines del año 2004.
Durante el transcurso del año 2001 se realizarán las licitaciones para
la construcción del Complejo Federal de Condenados de Mercedes, del
Complejo Federal de Jóvenes Adultos, del Centro Penitenciario del
Noroeste y del Centro Penitenciario Federal de Córdoba-Santa Fe. Estas
obras que aportarán 3.100 plazas nuevas en 124.000 m2, implican una
inversión de $ 101.700.000 incluyendo eldiseño de los establecimientos
y su entrega bajo la modalidad “llave en mano”.
El sistema de contratación será similar al utilizado en las
licitaciones de los Complejos Penitenciarios de Ezeiza y Marcos Paz,
pero transparentando los costos de construcción y equipamiento
enfunción de los parámetros establecidos por los equipos técnicos de
este Ministerio y garantizando loscontratos a través del Fondo
Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura a fin de reducir los
costosfinancieros vinculados con la incertidumbre sobre el pago en
tiempo y forma de los cánones.
También para el próximo año se prevé la licitación, pero bajo la
modalidad de contratación por obra pública, de las obras
correspondientes a los Centros de Detención Preventiva para las cuales
se estima un costo total de $ 4.305.000.
Los proyectos correspondientes a la construcción de módulos adicionales
para los Complejos Penitenciarios Federales I y II y a los Centros
Penitenciarios Federales de Posadas y Cuyo, que en su conjunto
aportarán otras 1.300 plazas con un costo de inversión aproximado de $
41.000.000, se estima que serán licitados en el año 2002, utilizando
igualmente el sistema de construcción y financiamiento a través de la
participación privada.
Tercerización de Servicios
En los nuevos establecimientos será conveniente, en la medida de lo
posible, la privatización de los servicios no esenciales, según lo
previsto en el artículo 199 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa
de la Libertad Nº 24.660.
Dentro de éstos podrán incluirse los servicios de alimentación,
lavandería, mantenimiento de edificios y equipamiento, la atención
médica y los talleres.
6. COLOFON
La presente constituye una propuesta que involucra un cambio de rumbo
en las políticas diseñadas desde el Estado Nacional en la materia,
tendiente a satisfacer la demanda de alojamiento en establecimientos
penitenciarios por parte de la Justicia Nacional y Federal, hasta ahora
insatisfecha.
Se propicia un criterio novedoso, en tanto se utiliza como pauta para
resolver la política de construcción de establecimientos, la
ponderación de las necesidades reales que se deducen de los volumenes
de causas de los tribunales federales de todo el país, la capacidad
actual de alojamiento de losestablecimientos del Servicio
Penitenciario, su distribución geográfica y las situaciones cuya
resolución, por afectar significativamente los derechos de las personas
involucradas, resulta más urgente.
Asimismo, se procura superar anteriores imprevisiones que condujeron a
no contemplar la perentoria necesidad de resolver la demanda de
condiciones dignas de alojamiento para la población penal,en especial
para la constituida por mujeres y jóvenes adultos, o la inadecuada
selección de las zonas geográficas en la que se habrían de radicar los
nuevos establecimientos.
La falta de atención a las demandas locales o la distante radicación de
los establecimientos penitenciarios en relación con la ubicación de los
tribunales cuyas necesidades vienen a resolver (tal el caso dela Ciudad
de Buenos Aires), con la consecuente ausencia de eficiencia en la
asignación del gasto público que ello supone, constituyen ejemplos de
las situaciones que se pretenden evitar mediante la formulación de un
diagnóstico preciso que considere e identifique todas aquellas
cuestiones involucradas.