SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO
Decreto 833/2000
Autorízase la compulsa de la
documentación respaldatoria del uso de los fondos de la citada
Secretaría por parte del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal Nº 3 en relación con la instrucción de la causa Nº
9900/00 y habida cuenta de su transcendencia institucional.
Bs. As., 26/9/2000
VISTO las notas de fecha 23 y 25 de setiembre de 2000 cursadas por el
señor Secretario de Inteligencia de Estado de la Presidencia de la
Nación, y
CONSIDERANDO:
Que a través de el las peticiona el citado funcionario se lo autorice a
permitir que el Doctor Carlos D. LIPORACI, titular del Juzgado Nacional
en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 en su persona y bajo su
responsabilidad tome conocimiento de la totalidad de la información de
la SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO, a fin de demostrar que de
ninguna forma se han utilizado fondos del organismo para actividades
ajenas a las que le son propias y específicas.
Que para la instrucción de la causa Nº 9900/00 y habida cuenta de su
trascendencia institucional, resulta procedente autorizar la compulsa
de la documentación respaldatoria del uso de los fondos de la
Secretaría requirente.
Que esta medida excepcional en favor del Juez de la causa no implica en
modo alguno modificar el carácter secreto de las operaciones de la
SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ni
del respaldo documental correspondiente.
Que se ha pronunciado favorablemente el Procurador del Tesoro de la
Nación en los términos de la Ley Nº 24.667 en dictamen “S” de fecha 25
de setiembre de 2000, cuyos términos se comparten y dan aquí por
reproducidos.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional y el Decreto
Ley “S” Nº 5315/56 complementado porla Ley “S” Nº 18.302.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Autorízase al
Secretario de Inteligencia de Estado de la Presidencia de la Nación
para que el señor Juez Carlos D. LIPORACI, con relación a la causa Nº
9900/00 y con el resguardo que imponen las normas aplicables al caso,
proceda a la compulsa de la documentación respaldatoria del uso de los
fondos de la repartición a su cargo.
Art. 2º — Delégase en el señor
Ministro de Justicia y Derechos Humanos la realización de los
procedimientos necesarios para llevar a cabo lo dispuesto en el
artículo 1º y la firma de la documentación pertinente.
Art. 3º — Facúltase al
Secretario de Inteligencia de Estado de la Presidencia de la Nación
aautorizar al Presidente del BANCO DE LA NACION ARGENTINA la
remisión y entrega en mano al señor Juez Carlos D. LIPORACI de los
comprobantes números 13.028.371 y 13.028.378 y los cheques originales
que a ellos corresponden.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y
archívese. — DE LA RUA. — Federico T. M. Storani. —Ricardo R. Gil
Lavedra.