MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley 25.312
Declárase al Teatro Mitre de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Monumento Histórico Nacional.
Sancionada: Septiembre 7 de 2000.
Promulgada de Hecho: Octubre 6 de 2000.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Declárase Monumento Histórico Nacional al Teatro Mitre, ubicado en las calles Alvear y Lamadrid, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.
ARTICULO 2ş Encomiéndase a la Comisión Nacional de Museos y Lugares Históricos la conservación y cuidado del inmueble mencionado en el artículo anterior, conforme lo establecido en la Ley 12.665.
ARTICULO 3ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO EN BUENOS AIRES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.
REGISTRADA BAJO EL Nş 25.312
RAFAEL PASCUAL. JOSE GENOUD. Guillermo Aramburu. Mario L. Pontaquarto.