Secretaría de Industria y Comercio

IMPORTACIONES

Resolución 85/2000

Listado de mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur que tributarán un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.).

Bs. As., 12/10/2000

VISTO el Expediente N° 061-011813/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° de la Resolución ex-M.E. y O. y S.P. N° 19 de fecha 20 de enero de 1999, modificado por el Artículo 1° de la Resolución M.E. N° 255 de fecha 3 de abril de 2000, estableció un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del TRES POR CIENTO (3%) para las mercaderías nuevas y sin uso, no producidas en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que integran los universos de bienes de capital e informática y telecomunicaciones, correspondientes tanto a bienes finales como a partes, consignadas en los Anexos VI y VII, respectivamente, del Decreto N° 998 de fecha 28 de diciembre de 1995.

Que el Artículo 12 de la Resolución ex-M.E. y O. y S.P. N° 19/99 dispone que la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA será la encargada de confeccionar y aprobar, mediante un acto administrativo, los listados de mercaderías que se beneficiarán con el nivel arancelario mencionado en el primer Considerando.

Que las mercaderías que se consideran en la presente medida cuentan con los correspondientes dictámenes clasificatorios, consultas públicas sobre las modificaciones arancelarias solicitadas y las respectivas conformidades de las áreas técnicas de la SECRETARIA DE INDUSTRIA y COMERCIO.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Resolución ex-M.E. y O. y S.P. N° 19/99, modificada por la Resolución M.E. N° 255/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en las TRES (3) planillas que, como Anexo, forman parte integrante de la presente resolución, tributarán un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del TRES POR CIENTO (3%).

Art. 2° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier O. Tizado.

 

ANEXO A LA RESOLUCION SIC N° 85

8465.94.00 Combinación de máquinas destinada al dentado y ensamble de maderas, constituida por sierra, adicionador de adhesivo, prensa de ensamble, unidad de generación de presión y tablero de distribución y control de energía eléctrica.

8460.39.00 Máquina de afilar herramientas, de velocidad variable (1725 a 3400 rpm), con su tablero de control y mando.

8477.40.00 Máquina para moldear piezas de poliestireno expandido por vacío, conformada por doble cámara de vapor, dispositivo de carga de material, sistema de condensación de vapor para la generación de vacío, dispositivo de expulsión de piezas terminadas, cambiador automático de moldes y tablero de control y mando con controlador lógico programable.

8451.80.00 Máquina de frisar telas, de 32 cilindros de velocidad variable y un ancho útil de trabajo de 2000 mm, con dispositivos de aspiración de fibras y tablero de control y mando.

8443.59.10 Impresora serigráfica de cinco (5) colores, automática, destinada a la impresión de discos compactos, de 3600 unidades/h de capacidad de producción, con cinco estaciones de impresión, tres de curado por UV, dispositivo de toma, carga y descarga, automático y tablero de control y mando.

9031.80.90 Equipo medidor de dimensiones de bloques calibrados, que permite contrastar bloques patrones con aquellos que no lo son, conformado por unidad palpadora, interruptor eléctrico de accionamiento manual o pedal y unidad visualizadora con pantalla de diodos emisores de luz (LED), todo ello interconectado por medio de conductores eléctricos.

9031.80.90 bloques patrones calibrados, de distintas medidas.

8477.30.90 Máquina para la obtención de envases termoplásticos, de capacidades comprendidas entre 30 l y 500 l, mediante las operaciones de extrusión y moldeo por soplado, con una producción de 45 envases por hora referidas a envases de 200 l de capacidad.

8419.89.99 Máquina para la preparación de salmuera, conformada por: recipiente mezclador con camisa de enfriamiento, tolva, bomba de recirculación de salmuera, tuberías de conexión y unidad de enfriamiento del fluido refrigerante conectada mediante cañerías al recipiente mezclador.

8438.50.00 Máquina para salar y saborizar la carne mediante agujas inyectoras.

8438.50.00 Máquina automática para macerar la carne bajo vacío, conformada por tambor giratorio de 2.200 litros de capacidad, panel eléctrico de mando, bomba de vacío con indicador de vacío y trampa de humedad.

8421.29.90 aparato de filtración y mezclado de salmuera, conformado por filtro rotativo, agitador y batea de acero inoxidable.

8428.90.90 alimentador de accionamiento hidráulico para descarga de productos, conformado por un recipiente de 200 litros de capacidad, canal alimentador y cilindro hidráulico.