Ministerio de Economía

PRESUPUESTO

Resolución 851/2000

Apruébase el presupuesto del ejercicio 2000 de Pellegrini Sociedad Anónima Gerente de Fondos Comunes de Inversión.

Bs. As., 20/10/2000

VISTO el Expediente N° 001-005217/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2000 formulado por PELLEGRINI SOCIEDAD ANONIMA GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo N° 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Presupuesto del ejercicio 2000 de PELLEGRINI SOCIEDAD ANONIMA GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímase en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL SESICIENTOS VEINTE ($ 1.300.620,00) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.300.620,00) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (EQUILIBRADO), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3° — Estímase en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.300.620,00) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.270.620,00) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0,00) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el ejercicio 2000, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.

NOTA: Esta resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).