MONUMENTOS HISTORICOS

Decreto 1044/2000

Decláranse monumento histórico nacional al edificio conocido como Casa Diez de Andino, sede del Museo Histórico Provincial y monumento histórico artístico nacional a los locales que hoy ocupa el Museo del Colegio de la Inmaculada Concepción, adyacentes a la Iglesia de la Merced o Templo de la Inmaculada, ubicados en la Ciudad de Santa Fe.

Bs. As., 9/11/2000

VISTO el Expediente N° 8673/99 de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaración como monumento histórico nacional del edificio conocido como CASA DIEZ DE ANDINO, sede del Museo Histórico Provincial, y como monumento histórico artístico nacional de los locales que hoy ocupa el MUSEO DEL COLEGIO DE LA INMACULADA CONCEPCION, adyacentes a la Iglesia de la Merced o Templo de la Inmaculada, ubicados en la Ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE, y

CONSIDERANDO:

Que en el año 1742 el Maestre de Campo Don Bartolomé DIEZ DE ANDINO compró una casa ubicada frente a la Plaza Mayor de la Ciudad de SANTA FE.

Que la vivienda —cuyo primer núcleo de edificación databa de la segunda mitad del siglo XVII— fue ampliada por DIEZ DE ANDINO, hasta contar con "ocho cuartos que sirven de alquiler sobre la calle y ocho adentro que sirven de sala y aposentos, recámaras y oficinas, esquina con su alto y balcón, todo en sitio cercado", según consta en su testamento fechado en el año 1763.

Que el edificio tenía muros de tapia de una vara de espesor, pisos de ladrillones asentados en mezcla, puertas y ventanas de madera paraguaya, techo de tejas y cubierta de madera escuadrada o tijeras de palma, de acuerdo con la jerarquía de la habitación.

Que las habitaciones, comunicadas entre sí, configuraban una "H" que definía DOS (2) patios rodeados por galerías, hasta que el edificio comenzó a subdividirse, luego del año 1833, por sucesivas particiones y, posteriormente, sufrió demoliciones parciales.

Que, aun cuando en la actualidad se conservan sólo OCHO (8) cuartos emplazados en un contexto parquizado, la casa es un particular testimonio de arquitectura civil del período colonial y, desde el año 1940 sirve de sede al Museo Histórico Provincial "Brigadier Estanislao LOPEZ".

Que en virtud del Decreto N° 112.765 del 4 de febrero de 1942, se declaró Monumento Histórico Nacional a "La Merced o Templo de la Inmaculada", en la Ciudad de SANTA FE, que fuera construida por la Compañía de Jesús a fines del siglo XVII, y es conocido hoy como "Santuario de la Virgen de los Milagros".

Que los locales adyacentes a la cabecera del Templo, que constituyen actualmente el "Museo del Colegio de la Inmaculada Concepción", fueron declarados Monumento Histórico Provincial por Decreto N° 286/94.

Que esas construcciones formaron parte del nuevo Colegio que los Jesuitas levantaron en el año 1862 —año de su retorno a la ciudad—, reemplazando parcialmente al primitivo edificio colonial.

Que desde el punto de vista arquitectónico, el Colegio es un testimonio significativo de las tecnologías innovadoras que, en esa época, comenzaron a utilizarse en la zona: bovedillas sobre perfiles de hierro, lucernarios y carpintería metálica, tejas francesas, etc.

Que el sector del edificio ocupado hoy por el Museo del Colegio de la Inmaculada Concepción —la antesacristía, la sacristía, la contrasacristía, el patio de acceso al Museo y los locales más nuevos de la planta superior- conforma una unidad edilicia, funcional e histórica con el Templo y una conjunción de la arquitectura originaria y la agregada en la segunda etapa.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.

Que la presente medida se toma en virtud de lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 12.665 y su modificatoria.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Declárase monumento histórico nacional al edificio conocido como CASA DIEZ DE ANDINO, sede del Museo Histórico Provincial, ubicado en la Calla SAN MARTIN N° 1490, esquina Calle 3 de FEBRERO, de la ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE, (Datos Catastrales: 1-1425).

Art. 2° — Declárase munumento histórico artístico nacional a los locales que hoy ocupa el MUSEO DEL COLEGIO DE LA INMACULADA CONCEPCION, adyacentes a la Iglesia de la Merced o Templo de la Inmaculada, ubicado en la Calle GENERAL LOPEZ 2543, de la ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE, (Datos Catastrales: 1ª - 1525-124).

Art. 3° — LA COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en los artículos 3°, 4°, y 6° de la Ley N° 12.665, modificada por la Ley N° 24.252, artículos 1° y 2° del Decreto N° 9.830/51, y en los artículos 8° (modificada por el Decreto N° 144.643/43), 9°, 10 y 11 de su Decreto Reglamentario N° 84.005/41, notificando a las apartes interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y las responsabilidades previstas en el artículo 8° de la Ley citada en primer término y en los artículos 40, 41 y 42 de su reglamentación, así como también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - DE LA RUA. - Chrystian G. Colombo - Federico T. M. Storani.