Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
MANI
Resolución 814/2000
Apruébanse los cuadros resúmenes, las tablas de merma por secado y las figuras descriptivas de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní.
Bs.As., 17/11/2000
VISTO el Expediente N° 302/98 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución N° 1075 del 12 de diciembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fin de sintetizar la lectura de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní, se hace necesario incorporar a la resolución citada en el Visto los cuadros resúmenes de los Anexos XIII a, XIII b, XIII c, XIII d y XIII e.
Que con el objetivo de facilitar los cálculos por parte del usuario, también es menester incorporar las tablas de merma por secado a los Anexos XIII b y XIII c.
Que para una mejor interpretación del Anexo XIII a de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní, se hace necesario incorporar los dibujos ilustrativos correspondientes al punto 1.2. "Extracción de Muestras".
Que el área específica del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ha evaluado lo antedicho y ha considerado necesaria la adecuación de la norma vigente a los fines mencionados.
Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se ha expedido favorablemente sobre el particular.
Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1450 del 12 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse los cuadros resúmenes de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní, correspondientes a los Anexos XIII a, XIII b, XIII c, XIII d y XIII e, que forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Apruébanse las tablas de merma por secado de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní, correspondientes a los Anexos XIII b y XIII c, que forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 3° — Apruébanse las figuras descriptivas de la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní, correspondiente al Anexo XIII a, que forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 4° — Incorpóranse a la Norma de Calidad para la Comercialización de Maní aprobada por la Resolución N° 1075 del 12 de diciembre de 1994 de la ex - SECRETARIA de AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las disposiciones contenidas en los artículos precedentes.
Art. 5° — La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio T. Berhongaray.