Ministerio de Salud

SALUD PUBLICA

Resolución 1135/2000

Modifícanse las Resoluciones Nros. 45/94 de la ex Secretaría de Salud y 301/99 del ex Ministerio de Salud y Acción Social, por las que se constituyó la Comisión Permanente Asesora de Diabetes y se reguló el Programa Nacional de Diabetes (PRONADIA), respectivamente.

Bs. As., 7/12/2000

VISTO el Expediente N° 2002-5337/00-5 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 23.753 y su Decreto Reglamentario N° 1271/98 establecen las facultades específicas del MINISTERIO DE SALUD en materia de prevención y asistencia en relación a la Diabetes y a asegurar a todos los pacientes los medios terapéuticos y de control evolutivo de dicha enfermedad.

Que por Resolución de la ex SECRETARIA DE SALUD N° 45/94 se constituyó la Comisión Permanente Asesora de Diabetes.

Que la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL N° 301/99 regula el PROGRAMA NACIONAL DE DIABETES (PRONADIA) y faculta a la ex SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD y a la ex SUBSECRETARIA DE ATENCION COMUNITARIA para que realicen las gestiones tendientes al cumplimiento del mismo.

Que las entonces SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD y SUBSECRETARIA DE ATENCION COMUNITARIA, de acuerdo a la modificación de la estructura orgánica del Ministerio, han cambiado de denominación, pasando a denominarse respectivamente SECRETARIA DE ATENCION SANITARIA y SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION (conf. Decreto N° 20/99).

Que es necesario adecuar el funcionamiento de dicha Comisión de acuerdo a la nueva estructura y objetivos de la actual administración.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifíquese el artículo 3° de la Resolución de la ex SECRETARIA DE SALUD N° 45/94 estableciendo como Presidente de la Comisión Permanente Asesora al Subsecretario de Programas de Prevención y Promoción y como Secretario al DOCTOR D. Carlos Alberto UBEIRA (L.E. N° 8.283.584), siendo integrada además por el Director Nacional de Medicina Sanitaria y el Jefe del DEPARTAMENTO DE EDUCACION PARA LA SALUD.

Art. 2° — Los nombramientos propuestos son sin perjuicio de las funciones específicas de las personas indicadas y sin que ello implique erogación alguna.

Art. 3° — Modifíquese el artículo 2° de la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL N° 301/99, facultando a la SECRETARIA DE ATENCION SANITARIA y a la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION a realizar las gestiones conducentes al cumplimiento de los objetivos y metas del PROGRAMA NACIONAL DE DIABETES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Héctor J. Lombardo.