SANIDAD VEGETAL
Ley 25.369
Declárase la emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga del picudo del algodonero.
Sancionada: Noviembre 22 de 2000.
Promulgada de Hecho: Diciembre 15 de 2000.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Declárase la emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga del picudo del algodonero.
ARTICULO 2° — Encomiéndase a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, dependiente del Ministerio de Economía, la implementación de las medidas necesarias para coordinar la lucha contra dicha plaga.
ARTICULO 3° — Facúltase a la Jefatura de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias que demande dicho proyecto a efectos de atender las erogaciones que requiera la misión impuesta por el artículo 1°.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.
— REGISTRADA BAJO EL N° 25.369 —
RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.