SANIDAD VEGETAL

Ley 25.369

Declárase la emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga del picudo del algodonero.

Sancionada: Noviembre 22 de 2000.

Promulgada de Hecho: Diciembre 15 de 2000.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Declárase la emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga del picudo del algodonero.

ARTICULO 2° — Encomiéndase a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, dependiente del Ministerio de Economía, la implementación de las medidas necesarias para coordinar la lucha contra dicha plaga.

ARTICULO 3° — Facúltase a la Jefatura de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias que demande dicho proyecto a efectos de atender las erogaciones que requiera la misión impuesta por el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.369 —

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.