MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 979/2000

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I. S/modificación.

Bs. As., 27/12/2000

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que la evaluación de la organización vigente, practicada a la luz de la situación institucional derivada de los egresos de personal producidos en el curso del corriente ejercicio, determina la necesidad de efectuar ajustes estructurales en las Regiones Metropolitanas.

Que en tal contexto, los cambios están orientados a mejorar la dinámica de funcionamiento de las unidades, potenciando la efectividad de los procesos recaudatorios y de fiscalización.

Que tales modificaciones han sido propuestas por la Subdirección General de Operaciones Impositivas I y cuentan con la conformidad de la Dirección General Impositiva.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Eliminar de la estructura organizativa vigente las unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas "Región N° 1", "Región N° 2", "Región N° 3", "Región N° 5", "Región N° 6", "Región N° 7", "Región N° 8", "Región N° 9" y "Región N° 10" y todas sus unidades orgánicas dependientes con excepción de las "Agencias" y de la "División Coordinación Impuesto de Sellos y Varios".

ARTICULO 2° — Crear 6 (seis) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas "Región Sur", "Región Centro", "Región Oeste", "Región Microcentro" "Región Norte" y "Región Palermo", dependientes jerárquicamente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.

ARTICULO 3° — Eliminar de la estructura organizativa las unidades orgánicas con nivel de División denominadas Agencia "N° 3", "N° 46", "N° 48", "N° 53", "N° 55" y "N° 56" y sus unidades dependientes.

ARTICULO 4° — Determinar que las Agencias que se detallan a continuación se unificarán de la siguiente manera:

Agencia N° 6: conformada por las jurisdicciones de las Agencias Nros. 6 y 46

Agencia N° 8: conformada por las jurisdicciones de las Agencias Nros. 8 y 48

Agencia N° 12: conformada por las jurisdicciones de las Agencias Nros. 12 y 53

Agencia N° 15: conformada por las jurisdicciones de las Agencias Nros. 15 y 55

Agencia N° 16: conformada por las jurisdicciones de las Agencias Nros. 16 y 56

ARTICULO 5° — Establecer para las Agencias "N° 6", "N° 8", "N° 12", "N° 15", "N° 16", "N° 43" y "N° 47" las jurisdicciones que a continuación se detallan:

AGENCIA N° 6: Radio de la Ciudad de Buenos Aires circundado por el Río de la Plata y proyección de Avenida Pueyrredón, por veredas pares de Avenida Pueyrredón y su proyección desde el Río de la Plata hasta Avenida Rivadavia siguiendo por Avenida Jujuy, por veredas impares de Avenida Jujuy entre Rivadavia y Venezuela, por veredas impares de Venezuela desde Avenida Jujuy hasta Virrey Liniers continuando por veredas impares de Virrey Liniers entre N° 495 hasta N° 529 intersección con Venezuela, por veredas impares de Venezuela entre Virrey Liniers y Avenida La Plata, por veredas pares de Avenida La Plata desde Venezuela hasta Avenida Rivadavia, por veredas impares de Avenida Rivadavia entre Avenida La Plata y Río de Janeiro, por veredas impares de Río de Janeiro desde Rivadavia hasta Angel Gallardo, por veredas pares de Angel Gallardo entre Río de Janeiro y Avenida Corrientes siguiendo por Estado de Israel, por veredas pares de Estado de Israel desde Corrientes hasta Pringles, por veredas impares de Pringles entre Estado de Israel y Gorriti, por veredas pares de Gorriti desde Pringles hasta Gascón, por veredas impares de Gascón entre Gorriti y Julián Alvarez, por veredas impares de Julián Alvarez desde Gascón hasta Soler, por veredas impares de Soler desde Gascón hasta Dorrego, por veredas pares de Dorrego desde Soler hasta el Río de la Plata.

AGENCIA N° 8: Radio de la Ciudad de Buenos Aires circundado por veredas impares de Avenida Independencia desde el Río de la Plata hasta Avenida Jujuy, veredas pares de Avenida Jujuy entre Avenida Independencia y Avenida Rivadavia, por veredas pares de Avenida Rivadavia desde Avenida Jujuy hasta el Río de la Plata.

AGENCIA N° 12: Partidos de Avellaneda y Lanús.

AGENCIA N° 15: Partidos de General San Martín y Tres de Febrero

AGENCIA N° 16: Partidos de Vicente López y San Isidro

AGENCIA N° 43: Radio de la ciudad de Buenos Aires circundado por el Riachuelo, por veredas pares de Lacarra desde el Riachuelo hasta Avenida La Riestra, por veredas pares de Avenida La Riestra entre Lacarra hasta Pergamino, por veredas pares de Pergamino desde Avenida La Riestra hasta Rivadavia, por veredas pares de Avenida Rivadavia desde Pergamino hasta Avenida La Plata, por veredas impares de Avenida La Plata entre Rivadavia y Venezuela, por veredas pares de Venezuela desde Avenida La Plata hasta Virrey Liniers, continuando por veredas pares de Virrey Liniers hasta intersección con Venezuela, por veredas pares de Venezuela entre Virrey Liniers y Avenida Jujuy, por veredas impares de Avenida Jujuy entre Venezuela y Avenida Caseros, por veredas impares de Colonia desde Caseros hasta Avenida Amancio Alcorta, por veredas impares de Avenida Amancio Alcorta entre Colonia y Luna, por veredas impares de Luna desde Amancio Alcorta hasta el Riachuelo.

AGENCIA N° 47: Radio de la ciudad de Buenos Aires circundado por el lado par de proyección de White siguiendo por White desde proyección de Avenida de la Riestra hasta Eva Perón, por veredas impares de Eva Perón entre White y Escalada, por veredas pares de Escalada desde Eva Perón hasta Rivadavia siguiendo por veredas impares de Irigoyen entre Rivadavia y Alvarez Jonte, por veredas pares de Alvarez Jonte desde Irigoyen hasta Emilio Lamarca, por veredas pares de Emilio Lamarca entre el 2126 y el 2102 intersección con la Avenida Alvarez Jonte, por veredas pares de la Avenida Alvarez Jonte desde Emilio Lamarca hasta Cuenca, por veredas impares de Cuenca entre Alvarez Jonte y Carranza, por veredas pares de Carranza desde Cuenca hasta Caracas, por veredas impares de Caracas entre Carranza y Arreghi, por veredas pares de Arreghi desde Caracas hasta Avenida San Martín, por veredas pares de Avenida San Martín entre Arreghi y Biarritz, por veredas pares de Biarritz desde Avenida San Martín hasta Espinosa, por veredas pares de Espinosa entre Biarritz y Punta Arenas, por veredas pares de Punta Arenas desde Espinosa hasta Warnes, por veredas pares de Warnes entre Punta Arenas y Avenida Honorio Pueyrredón, por veredas pares de Honorio Pueyrredón desde Warnes hasta Avenida Gaona, por veredas pares de Avenida Gaona entre Honorio Pueyrredón hasta J. J. Biedma, por veredas pares de J.J. Biedma entre Avenida Gaona y Avenida Avellaneda, por veredas pares de Avenida Avellaneda entre J.J. Biedma y Gral. Martín de Gainza, por veredas pares de Gral. Martín de Gainza desde Avellaneda hasta Rivadavia, por veredas impares de Rivadavia entre Martín de Gainza y Pergamino, por veredas impares de Pergamino entre Rivadavia y proyección de White.

ARTICULO 6° — Las unidades orgánicas denominadas "Agencia" tendrán la siguiente dependencia jerárquica:

AGENCIAS

REGIONES

5, 12, 13, 63 y 100

Sur

7, 8, 43 y 47

Centro

4, 14, 15, 54 y 64

Oeste

9, 10, 49 y 50

Microcentro

1, 2, 16, 41 y 66

Norte

6, 11 y 51

Palermo

ARTICULO 7° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "División Coordinación Impuesto de Sellos y Varios" y sus unidades, pasen a depender de la Región Sur.

ARTICULO 8° — Crear las unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Jurídica" e "Investigación" en cada una de las Regiones Metropolitanas.

ARTICULO 9° — Crear ocho (8) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Revisión y Recursos", distribuidas de la siguiente manera:

Región Sur: una (1) unidad

Región Centro: dos (2) unidades

Región Oeste: una (1) unidad

Región Microcentro: dos (2) unidades

Región Norte: una (1) unidad

Región Palermo: una (1) unidad

ARTICULO 10 . — Crear veintinueve (29) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Fiscalización", distribuidas de la siguiente manera:

Región Sur: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5

Región Centro: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5

Región Oeste: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5

Región Microcentro: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5

Región Norte: Nros. 1, 2, 3, 4 y 5

Región Palermo: Nros. 1, 2, 3 y 4

ARTICULO 11 . — Eliminar de la estructura organizativa las unidades orgánicas denominadas "Fiscalización e Investigación A", "Fiscalización e Investigación B" y "Asignaciones y Seguimiento", dependientes de la Región Devoluciones a Exportadores.

ARTICULO 12 . — Crear cuatro (4) unidades orgánicas con nivel de División denominadas: "Fiscalización A", "Fiscalización B", "Investigación, Asignación y Seguimiento" y "Resoluciones y Recursos C", dependientes de la Región Devoluciones a Exportadores.

ARTICULO 13 . — Reemplazar de la estructura organizativa vigente los Anexos A03, A04, B03, B04, y C por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 14 . — Determinar que la presente Disposición tendrá vigencia a partir del 2 de enero de 2001.

ARTICULO 15 . — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ, Administrador Federal.

 

ANEXO B03

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I

REGION —METROPOLITANA—

(Tipo)

(Corresponde a 6 unidades: Sur, Centro, Oeste, Microcentro, Norte y Palermo)

ACCION

 

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a los recursos de la seguridad social, y a la aplicación de las normas técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad.

Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de la Región, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

Entender en todos los asuntos de la Región vinculados con los recursos humanos y su capacitación; en el adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de corresponder y en la administración de las erogaciones que deben efectuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y valores.

TAREAS

1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social.

2. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.

3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

4. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras de su competencia.

5. Entender en la resolución de impugnaciones de deudas por recursos de la seguridad social, conforme a la normativa vigente.

6. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la actividad cumplida por sus dependencias.

7. Coordinar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los juicios de ejecución fiscal, en los juicios universales con interés fiscal, en las causas de percepción de créditos fiscales y demás juicios contenciosos en que el Estado sea parte.

8. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan situaciones no previstas.

9. Promover y colaborar en la planificación de las acciones de capacitación, orientadas al desarrollo de los recursos humanos, optimizando su eficiencia operativa.

10. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Región.

11. Supervisar el uso, mantenimiento y conservación de los bienes que integran el patrimonio de la Repartición en las dependencias de su jurisdicción.

12. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.

DIVISION COORDINACION IMPUESTO DE SELLOS Y VARIOS

(Corresponde a una unidad de la Región Sur)

ACCION

Entender en la coordinación y control, dentro del ámbito de su jurisdicción, de todas las tareas inherentes a la cobranza y verificación de los impuestos de Sellos y Varios, y el expendio de valores fiscales, así como en el diligenciamiento de solicitudes consultas y dictámenes requeridos por los responsables de tales gravámenes.

Entender en la coordinación y control de la representación y patrocinio del Fisco ante los Tribunales Judiciales de la Capital Federal y el Tribunal Fiscal de la Nación.

TAREAS

1. Efectuar el control de las tareas inherentes a la recaudación de los Impuestos de Sellos y Varios, mediante el uso de máquinas timbradoras, en el ámbito de la Capital Federal.

2. Entender en la liquidación del impuesto, en las certificaciones de pago y en el cálculo de las multas y accesorios que proceda abonar en los casos de pagos fuera de término efectuados directamente en las Secciones Expendio de Sellos.

3. Coordinar la realización de arqueos y otras verificaciones en las cajas de las Secciones de Expendio habilitadas, controlando, asentando y archivando las cintas auditoras recibidas.

4. Entender en las tareas inherentes a la verificación y control de la cobranza del Impuesto de Sellos y Varios, mediante el uso de máquinas timbradoras, atendidas por personal del Organismo.

5. Entender en la coordinación y control de la recepción, registro y fiscalización interna de las declaraciones juradas de los contribuyentes y/o responsables de los Impuestos de Sellos y Varios.

6. Entender en la realización de los trámites, en la evacuación de consultas orales y escritas y en la resolución de las solicitudes de naturaleza técnico impositiva —excepto exenciones—, relacionadas con los Impuestos de Sellos y Varios.

7. Entender en las tareas tendientes a efectivizar todas las obligaciones pendientes de pago y el libramiento de las pertinentes boletas de deuda.

8. Entender en la verificación y el control de pago del Impuesto de Sellos en los testimonios de escrituras provinciales.

9. Efectuar la custodia, ordenamiento y archivo de legajos, de las declaraciones juradas y actuaciones de los contribuyentes y/o responsables de los Impuestos de Sellos y Varios.

10. Coordinar la actuación de los Representantes del Fisco, respecto de los gravámenes y tasas de competencia de la División.

11. Efectuar la tramitación de las solicitudes de devolución, imputación y compensación presentadas por los contribuyentes y/o responsables de los Impuestos de Sellos y Varios.

12. Entender, a través de los Representantes del Fisco, en los dictámenes respecto de los Impuestos de Sellos y Varios y de las tasas que pudieren corresponder a los instrumentos y actuaciones que se tramiten ante los Tribunales Judiciales de la Capital Federal y el Tribunal Fiscal de la Nación, así como en los incidentes que se originen con motivo de los dictámenes producidos.

13. Entender en la gestión judicial de cobro de los créditos fiscales, incluídos los de Tasa de Justicia y Tasa de Actuación ante el Tribunal Fiscal de la Nación, así como también en el dictado de resoluciones sobre aplicación de multas por infracciones formales y materiales a los gravámenes de Sellos y Varios.

14. Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y multas que surjan de actuaciones originadas en su propia área de Fiscalización Interna o en el área de Fiscalización de la ex-Región Impuesto de Sellos y Varios, y en los recursos de apelación, reconsideración, repetición y demás recursos administrativos presentados por contribuyentes y/o responsables de Impuestos de Sellos y Varios.

15. Ejercer las funciones de Juez Administrativo.

16. Entender en la administración del fondo permanente, para cambio, asignado a la dependencia.

17. Supervisar el movimiento de fondos proveniente de caja chica.

18. Efectuar los trámites relativos a inscripciones, cambio de denominación y domicilio de los responsables, cesación de operaciones y la actualización de los pertinentes registros.

19. Tramitar las contestaciones de oficios judiciales y otros requerimientos tendientes a verificar pagos y a establecer la autenticidad de los timbrados respectivos.

20. Entender en la evacuación de consultas verbales relativas a la aplicación de la tasa de justicia, y entrega de los formularios de pagos respectivos.

21. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen a la División, efectuar los cargos y descargos respectivos, controlar los asuntos relacionados con el personal de la división y confeccionar el plan anual de necesidades de bienes y servicios del área.

AGENCIA

(Tipo)

ACCION

Entender dentro del ámbito de su jurisdicción en la verificación y control de las obligaciones —fiscales y previsionales— de los contribuyentes y responsables, y en el diligenciamiento de las consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten.

Entender en el apoyo técnico de las actividades de procesamiento de datos, supervisando el funcionamiento de los equipos y medios de proceso conforme las pautas técnicas.

Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los créditos fiscales e intervenir —en cuanto corresponda— en las resoluciones de sumarios formales y aplicación de multas y recursos que se planteen respecto de su tramitación; asesorando y dictaminando en las cuestiones de índole jurídico conforme lo determine la Superioridad.

Entender en el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes y recursos materiales y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la dependencia.

TAREAS

1. Controlar la presentación de las declaraciones juradas del universo de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, así como revisar los cálculos aritméticos de las mismas.

2. Verificar las declaraciones juradas del universo de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, a partir de investigaciones rápidas y del control del contenido de las mismas, a los efectos de mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

3. Controlar los ingresos de los gravámenes a cargo del Organismo, realizando la registración y el análisis de los mismos.

4. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a mantener un adecuado servicio de atención de los contribuyentes de la dependencia.

5. Identificar problemas de procedimiento cuya solución mejore la atención al ciudadano para promover su modificación, aun cuando no hayan dado lugar a quejas o disfunciones.

6. Analizar los reportes de obligaciones pendientes aplicando las acciones que permitan gestionar el cobro de los incumplimientos.

7. Entender en el libramiento de boletas de deuda por obligaciones incumplidas.

8. Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los créditos fiscales, instruyendo los sumarios por infracciones formales a las normas vigentes y supervisar el mantenimiento de la información actualizada sobre el estado de los juicios y sumarios que se tramitan en su jurisdicción.

9. Intervenir en la resolución de sumarios formales y en la aplicación de las multas respectivas y en los recursos que con relación a los mismos se planteen.

10. Efectuar el diligenciamiento de los juicios de ejecución fiscal.

11. Evacuar consultas sobre cuestiones relativas a su competencia y solicitudes de información que formulen los contribuyentes aplicando uniformidad de criterio sobre las respuestas que se brindan, incluyendo la operatoria del denominado mostrador de excepción.

12. Efectuar los trámites necesarios para determinar la procedencia de las solicitudes presentadas por los contribuyentes, como así también extender certificaciones a solicitud de los mismos, dentro del ámbito de su competencia.

13. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación en su jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria y de la información y procesamiento de las distintas obligaciones y control de los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema.

14. Realizar el control de calidad de los sistemas y salidas conforme al plan de actividades y dirigir y controlar la actividad de los operadores, manteniendo registros de los procesos ejecutados, generando los archivos de resguardo y operando los sistemas de consultas.

15. Mantener permanentemente actualizado el Padrón General de Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias) en función de las presentaciones que efectúen los contribuyentes y/o responsables, de acuerdo a las normas que regulen tal procedimiento.

16. Intervenir en las tareas inherentes al mantenimiento del Sistema de Control de Juicios Descentralizados en función de las modificaciones que se estimen conducentes.

17. Entender en la determinación del grado de necesidad, mantenimiento en custodia y expendio de los valores fiscales e instrumentos de control que se hallan a su cargo.

18. Entender en la relación con las empresas prestadoras de servicios de distribución de correspondencia.

19. Distribuir la correspondencia y notificar las intimaciones, que no se efectúen por permisionarios, según las pautas establecidas.

20. Ordenar, archivar y custodiar la documentación y antecedentes relativos a todos los contribuyentes de la jurisdicción.

21. Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los bienes y recursos materiales asignados, en la preparación del plan anual de necesidades de bienes y servicios y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la dependencia.

22. Efectuar todas las tareas inherentes al control de presentaciones a que están obligadas las empresas promovidas.

23. Proporcionar estadísticas a la Superioridad sobre las tareas realizadas y suministrar información a las distintas dependencias y áreas de la organización necesaria para el funcionamiento de las mismas, dentro del ámbito de su competencia.

DIVISION FISCALIZACION

(Corresponde a cinco (5) unidades iguales en las Regiones Sur, Centro, Oeste, Microcentro y Norte y a cuatro (4) unidades iguales en Región Palermo)

ACCION

Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Región, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones —fiscales y de la seguridad social— de acuerdo a las normas fijadas.

TAREAS

1. Realizar, en todo el ámbito de la Región, la fiscalización de los impuestos y recursos de la seguridad social de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Entender en la tarea no originada en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.

3. Inspeccionar a los contribuyentes y/o responsables por informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva y previsional, cuando la importancia de la misma así lo aconseje.

4. Ejercer las funciones de control fiscal de los establecimientos industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y circulación.

5. Efectuar el control y verificación de productos y mercaderías gravadas por las leyes de Impuestos Internos y Varios.

6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.

DIVISION REVISION Y RECURSOS

(Tipo)

Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y multas, e impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social y otras de su competencia.

Entender en las resoluciones de recursos de reconsideración, apelación y demás recursos administrativos; en la resolución de acciones de repetición; en la resolución de solicitudes de exención de impuestos, y otros de su competencia, y en la contestación de consultas.

Entender en la tramitación de solicitudes de devoluciones y reintegros presentadas por los contribuyentes y/o responsables inscriptos bajo su jurisdicción, incluidos los recuperos por exportación.

TAREAS

1. Controlar las determinaciones de impuestos, intereses y/o recargos que correspondan a actuaciones no conformadas por el contribuyente y/o responsable, provenientes de las áreas de fiscalización.

2. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones cuando corresponda determinar de oficio obligaciones impositivas de los contribuyentes y/o responsables en el ámbito de la Región.

3. Entender en la sustanciación y proyectos de resolución de impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social, conforme los procedimientos, formas y condiciones establecidos en la normativa vigente.

4. Intervenir en los recursos de reconsideración contra resoluciones determinativas de impuestos, considerando las pruebas ofrecidas.

5. Intervenir en la preparación de informes y en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de apelación, en lo atinente a su competencia.

6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su competencia.

7. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones relativas a acciones de repetición de impuestos.

8. Entender en los pronunciamientos y resoluciones correspondientes a los pedidos de reconocimiento de exenciones presentadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

9. Intervenir en las elevaciones de carácter técnico impositivo y previsional, y en la contestación de oficios sobre dichas cuestiones.

10. Intervenir en la evacuación de consultas y solicitudes de su competencia efectuadas por las dependencias fiscalizadoras, en relación con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar de oficio la materia imponible.

11. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, en los aspectos de su competencia.

12. Entender en la tramitación y verificación de las solicitudes de reintegros y devoluciones, incluidos los recuperos por exportación y en las compensaciones e imputaciones de pagos que involucran tales solicitudes presentadas por los contribuyentes inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.

DIVISION JURIDICA

(Tipo)

ACCION

Entender en el procedimiento de aplicación de sanciones y en la representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios universales y contenciosos de su jurisdicción y en la transferencia de fondos de comercio, en la confección de dictámenes, proyectos de resolución y recursos sobre asuntos de su competencia; asesorar a la Región y a sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales según corresponda y efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios o comunes.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen la aplicación de los distintos impuestos a cargo del Organismo en el ámbito de la Región, excepto en la instrucción y resolución de sumarios por infracciones formales originados en el ámbito de las Agencias Sede, Agencias y Distritos.

2. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley, en la jurisdicción antes citada.

3. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de resolución en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.

4. Participar en la consideración de la conducta fiscal de contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de oficio en curso.

5. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de reconsideración interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de clausura.

6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su competencia.

7. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Región.

8. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la Región y sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica.

9. Controlar la observancia de los términos procesales y/o administrativos tendientes a la verificación de los créditos en los concursos y quiebras.

10. Entender en la conveniencia de prestar conformidad a las propuestas de acuerdo preventivo, en los casos que así se solicite.

11. Intervenir en la preparación de informes destinados a la Dirección Contencioso sobre asuntos tramitados en el área que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el Tribunal Fiscal de la Nación, en lo atinente a su competencia.

12. Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos penal tributarios o comunes.

13. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y de derecho penal común, dentro de su jurisdicción; e intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.

14. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.

15. Intervenir en la tramitación de otras denuncias que resulten de su competencia.

16. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios universales, en los juicios de contenido penal tributario, penal común, impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.

17. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los representantes del Fisco, en materia de juicios universales, juicios con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.

18. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al Organismo.

19. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni aludidos precedentemente, que resulten de competencia de la Región.

DIVISION INVESTIGACION

ACCION

Entender en las tareas de investigación y todo lo relacionado con el apoyo logístico previo a la generación de cargos de inspección; como así también en la tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control o prevención.

TAREAS

1. Entender en la investigación de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Región incluyendo la requisitoria de información para su evaluación, a efectos de proceder a la selección de aquellos que serán fiscalizados.

2. Realizar los análisis técnicos de las declaraciones juradas presentadas, de la información que brindan las bases de datos del Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles brechas de evasión de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Región, a fin de diseñar e instrumentar cursos de acción para reducirlas.

3. Entender en los descargos provenientes de sus equipos de fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de investigaciones, estableciendo los posibles desvíos e informando a la Superioridad de los mismos.

4. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.

 

ANEXO B04

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I

REGION DEVOLUCIONES A EXPORTADORES

ACCION

Coordinar y dirigir las actividades de gestión, fiscalización, revisión y recursos de las solicitudes de devolución, transferencia y/o compensación de los créditos del Impuesto al Valor Agregado por operaciones de exportación y otras consideradas como tales por las disposiciones legales y reglamentarias, pertenecientes a contribuyentes en jurisdicción de las Regiones Metropolitanas, que se determinen.

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a los recursos de la seguridad social y a la aplicación de las normas técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad, con la excepción del Impuesto de Sellos y Varios.

Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de la Región, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

Entender en todos los asuntos de la Región vinculados con los recursos humanos; en el adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de corresponder y en la administración de las erogaciones que deben adecuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y valores.

TAREAS

1. Ejercer en el ámbito de su jurisdicción, el control y evaluación de las tareas de percepción de los tributos, accesorios y recursos de la seguridad social.

2. Entender en la selección de los contribuyentes de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.

3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

4. Efectuar la recepción, registración y seguimiento de las solicitudes ordinarias y garantizadas y de la documentación de las garantías constituidas o de acreditación de solvencia.

5. Entender en la verificación de la procedencia de las solicitudes garantizadas y ordenar su pago.

6. Ejecutar las garantías y promover la ejecución de la deuda según corresponda, por las sumas improcedentes.

7. Entender en las solicitudes de reintegro del Impuesto al Valor Agregado efectuadas por embajadas diplomáticas, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros y organismos internacionales de similares características, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

8. Entender en las tareas necesarias para la verificación del cumplimiento dados por los contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social.

9. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas.

10. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión, permitiendo el seguimiento de resultado por área, útiles para la toma de decisiones con el fin de maximizar su eficiencia.

11. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Región.

AGENCIA EXPORTADORES

ACCION

Entender dentro del ámbito de su jurisdicción en la verificación y control del cumplimiento por parte de los contribuyentes y/o responsables de sus obligaciones —fiscales y previsionales— y en el diligenciamiento de las solicitudes y trámites que los mismos presenten.

Entender en el apoyo técnico de las actividades de procesamiento de datos, supervisando el funcionamiento de los equipos y medios de proceso conforme a las pautas técnicas.

Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los créditos fiscales e intervenir —en cuanto corresponda— en las resoluciones de sumarios formales y aplicación de multas y recursos que se planteen respecto de su tramitación; asesorando y dictaminando en las cuestiones de índole jurídico conforme lo determine la Superioridad, como así también en las verificaciones previsionales con el fin de determinar el crédito fiscal en los concursos y quiebras.

Entender en el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes y recursos materiales, y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la dependencia.

TAREAS

1. Controlar la presentación de las declaraciones juradas del universo de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, como así también revisar el contenido y los cálculos aritméticos de las mismas, a los efectos de mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

2. Controlar los ingresos de los gravámenes a cargo del Organismo, realizando la registración y el análisis de los mismos.

3. Analizar los reportes de obligaciones pendientes aplicando las acciones pertinentes que permitan gestionar el cobro de los incumplimientos.

4. Entender en el libramiento de boletas de deuda por obligaciones incumplidas.

5. Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los créditos fiscales, instruyendo los sumarios por infracciones formales a las normas vigentes y supervisar el mantenimiento de la información actualizada sobre el estado de los juicios y sumarios que se tramitan en su jurisdicción.

6. Intervenir en la resolución de sumarios formales y en la aplicación de las multas respectivas y en los recursos que con relación a los mismos se planteen.

7. Efectuar el diligenciamiento de los juicios de ejecución fiscal.

8. Evacuar consultas sobre cuestiones relativas a su competencia y solicitudes de información que formulen los contribuyentes aplicando uniformidad de criterio sobre las respuestas que se brindan, incluyendo la operatoria del denominado mostrador de excepción y proyectando los actos resolutivos pertinentes.

9. Efectuar los trámites necesarios para determinar la procedencia de las solicitudes presentadas por los contribuyentes, como así también extender certificaciones a solicitud de los mismos, dentro del ámbito de su competencia.

10. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

11. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación en su jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria y de la información y procesamiento de las distintas obligaciones y control de los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema en todos sus aspectos.

12. Realizar el control de calidad de los sistemas y salidas conforme al plan de actividades, recuperando los errores detectados y controlando las salidas no previstas, y dirigir y controlar la actividad de los operadores, manteniendo registros de los procesos ejecutados, generando los archivos de resguardo y operando los sistemas de consultas definidos.

13. Mantener permanentemente actualizado el Padrón General de Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias) en función de las presentaciones que efectúen los contribuyentes y/o responsables, de acuerdo a las normas que regulen tal procedimiento.

14. Intervenir en las tareas inherentes al mantenimiento del Sistema de Control de Juicios Descentralizados en función de las modificaciones que, sobre tal sistema de aplicación, se estimen conducentes.

15. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a mantener en todo momento un adecuado servicio de atención a los contribuyentes de la dependencia.

16. Entender en la relación con las empresas prestadoras de servicios de distribución de correspondencia.

17. Distribuir la correspondencia y notificar las intimaciones, que no se efectúen por permisionarios, dirigida a los contribuyentes según las pautas establecidas.

18. Ordenar, archivar y custodiar la documentación y antecedentes relativos a todos los contribuyentes de la jurisdicción.

19. Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los bienes y recursos materiales asignados, en la preparación del plan anual de necesidades de bienes y servicios y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la dependencia.

20. Proporcionar estadísticas a la Superioridad sobre las tareas realizadas y suministrar información a las distintas dependencias y áreas de la organización necesaria para el funcionamiento de las mismas, dentro del ámbito de su competencia.

DIVISION OPERACIONES

(Corresponde a dos (2) unidades iguales)

ACCION

Entender en las operaciones necesarias para recepcionar, registrar, verificar, denegar y dar curso a las solicitudes formuladas por los exportadores.

TAREAS

1. Entender en la tramitación de las solicitudes de reintegros y devoluciones, incluidos los recuperos por exportación y en las compensaciones e imputaciones de pagos que involucran tales solicitudes presentadas por los contribuyentes inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.

2. Comprobar el cumplimiento de las condiciones para acceder a los regímenes de pago anticipado en su caso, y de exclusión del requisito de constituir garantías y comunicar el pase al procedimiento de trámite ordinario en caso de constatar incumplimientos.

3. Gestionar el pago anticipado en los casos en que corresponda dando el traslado pertinente para la continuidad del trámite o dando intervención a las áreas pertinentes para la tramitación ordinaria de las solicitudes de devolución, transferencia o compensación en los casos en que no corresponda el pago anticipado.

4. Efectuar las verificaciones necesarias para determinar la procedencia de las solicitudes cuando así estuviera establecido.

5. Registrar y custodiar la documentación de las garantías constituidas y proceder a su reintegro en los casos que corresponda, según el estado del trámite.

6. Dictar los actos administrativos correspondientes por incumplimiento de aspectos formales o de los requisitos establecidos por las normas o para dar curso al pago anticipado, en los casos que corresponda.

7. Llevar registro de cada una de las solicitudes recepcionadas que permitan el conocimiento fehaciente del estado del trámite de las mismas y el tiempo que resta para pagar o pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de los créditos, ejecutar o reintegrar las garantías y producir avisos a las otras divisiones.

8. Impulsar —cuando se detecten anomalías— la realización de los ajustes pertinentes, dando intervención al área que corresponda.

9. Entender en la evacuación de consultas de carácter técnico, impositivo y previsional, referidas a planteos que surjan de las normas legales vigentes, formuladas por los contribuyentes y/o responsables y las originadas en otras dependencias de la Región, con relación a los asuntos de su competencia.

DIVISION FISCALIZACION

(Corresponde a 2 (dos) unidades iguales)

Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Región, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones —fiscales y de la seguridad social— de acuerdo a las normas fijadas.

TAREAS

1. Realizar, en todo el ámbito de la Región, la fiscalización de los impuestos y recursos de la seguridad social de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Entender en la tarea no originada en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.

3. Inspeccionar a los contribuyentes y/o responsables por informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva y previsional, cuando la importancia de la misma así lo aconseje.

4. Ejercer las funciones de control fiscal de los establecimientos industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y circulación.

5. Efectuar el control y verificación de productos y mercaderías gravadas por las leyes de Impuestos Internos y Varios.

6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.

DIVISION RESOLUCIONES Y RECURSOS

(Corresponde a tres (3) unidades iguales)

ACCION

Realizar la revisión de las actuaciones de las fiscalizaciones a proveedores, exportadores y asimilados, dictar resoluciones sobre la procedencia o improcedencia de las solicitudes de devolución o transferencia e intervenir en la sustanciación de los recursos que se interpongan contra denegatorias o impugnatorias de créditos.

TAREAS

1. Reunir toda la documentación de la tramitación y analizar los resultados de la fiscalización a los exportadores y sus proveedores, solicitando las aclaraciones o documentación complementaria que resulte necesaria.

2. Dictar resolución final sobre la procedencia o impugnación de los montos solicitados.

3. Promover la ejecución o ampliación de las garantías o el cobro compulsivo según corresponda, con relación a los montos de las solicitudes que resulten improcedentes.

4. Cursar orden de pago por la suma pertinente en los casos de solicitudes ordinarias.

5. Intervenir en la tramitación de los reclamos que se opongan contra las resoluciones denegatorias de crédito.

6. Evaluar los incumplimientos que la normativa establezca como causal de exclusión temporal del régimen de pago anticipado y dictar resolución comunicando lo que se disponga a los efectos que correspondan.

7. Entender en la registración de la conducta de cada exportador con solicitudes presentadas y comunicar los mismos a las oficinas que se dispongan.

8. Llevar registro de las solicitudes recepcionadas que permitan el conocimiento fehaciente del estado del trámite de las mismas y el tiempo que resta para pagar o pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de los créditos.

9. Producir la información de gestión para integrarla con la proveniente de las otras áreas de la Región.

DIVISION INVESTIGACION, ASIGNACION Y SEGUIMIENTO

ACCION

Entender en las tareas de investigación y todo lo relacionado con el apoyo logístico previo a la generación de cargos de inspección; como así también en la tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control y prevención.

Entender en la asignación y el control de los casos ingresados a la Región, realizando los cargos que se determinen para su fiscalización, y en el cumplimiento de las metas y planes de las distintas áreas de la Región.

TAREAS

1. Entender en la investigación de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Región incluyendo la requisitoria de información para su evaluación, a efectos de proceder a la selección de aquellos que serán fiscalizados.

2. Realizar los análisis técnicos de las declaraciones juradas presentadas, de la información que brindan las bases de datos del Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles brechas de evasión de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Región, a fin de diseñar e instrumentar cursos de acción para reducirlas.

3. Entender en los descargos provenientes de los equipos de fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de investigaciones, estableciendo los posibles desvíos e informando a la Superioridad de los mismos.

4. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.

5. Entender en la asignación de los exportadores o asimilables y/o proveedores de los mismos correspondientes a la jurisdicción metropolitana para proceder a su fiscalización.

6. Supervisar el control del curso de los cargos y descargos de las inspecciones, verificaciones y demás tareas realizadas en el ámbito de la Región.

7. Supervisar y coordinar en el ámbito de la Región el cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes.

8. Entender en la evaluación de los controles practicados y efectuar el análisis de las informaciones obtenidas.

9. Proponer los proyectos de modificaciones tendientes a la adecuación de los sistemas a fin de maximizar su eficiencia.

10. Coordinar lo relativo a las medidas a adoptar en situaciones coyunturales.

11. Integrar la información de todas las áreas para producir las estadísticas de gestión y de resultados, necesarias para analizar el funcionamiento de la Región, y la toma de acciones correctivas o impulsar cambios en las normas o en el procedimiento.