Ministerio de Economía

PRESUPUESTO

Resolución 1116/2000

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires – Colonia – Delegación Argentina, actuante en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Bs. As., 29/12/2000

VISTO el Expediente N° 001-005627/00 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2000 formulado por la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES-COLONIA – DELEGACION ARGENTINA actuante en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las Empresas y Sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo N° 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley n° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA la aprobación de la presente medida

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto del ejercicio 2000 de la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES-COLONIA – DELEGACION ARGENTINA, actuante en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímase en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 625.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 699.154) los gastos de capital, y como consecuencia de ello estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2000 en PESOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 74.154) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea

NOTA: Esta resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal)