ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACION

I - SECRETARIA GENERAL (Apartado I modificado por art. 6° del Decreto N° 614/2001 B.O. 16/5/2001)

1. Asistir en forma directa al Presidente de la Nación en las atribuciones que le asigna el artículo 99, inciso 9 de la Constitución Nacional, en las actividades que aseguren la coherencia política de la acción de gobierno y en la coordinación del asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.

2. Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas del Presidente del Nación y realizar las tareas especia les que este le encomiende, asesorándolo, además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.

3. Asistir al Presidente de la Nación en el análisis de los requerimientos de la sociedad para el diseño de política públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

4. Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el Presidente de la Nación para la toma de decisiones en el más alto nivel.

5. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al Honorable Congreso Nacional sobre el estado de la Nación y en la de todos los mensajes, discursos y declaraciones públicas que se le requieren.

6. Efectuar el seguimiento de aquellos temas específicos que sean considerados prioritarios por el Presidente de la Nación, informando su desarrollo y resultado, en función de los objetivos y metas fijados.

7. Coordinar el análisis desde el punto de vista político de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

8. Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros Secretarios, para optimizar el resultado de la acción de gobierno.

9. Coordinar el funcionamiento de la Comisiones Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10. Coordinar acciones de asistencia técnica entre el Presidente y la Sindicatura General de la Nación en aquellas cuestiones prioritarias para la gestión pública.

11. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción, asistir en la materia a aquellas áreas presidenciales que no cuenten con el servicio administrativo financiero propio.

12. Intervenir en la asistencia presupuestaria respecto de los viajes presidenciales.

13. Conducir la administración de los recursos humanos, materiales, informáticos y financieros afectados a la Jurisdicción y coordinar esta acción con las otras áreas de la Presidencia de la Nación que no tengan servicio administrativo propio.

14. Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social.

15. Entender en la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en su relación con el periodismo nacional e internacional.

16. Coordinar y controlar la ejecución de las políticas fijadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para el sector de la radiodifusión, que se implementen a través del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.

17. Entender en la planificación y contratación de la publicidad oficial del Sector Público Nacional.

18. Supervisar el accionar del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.

19.Participar del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por l a Ley 24.855.

(Nota Infoleg: Por art. 3° del Decreto N°1450/2001 B.O. 12/11/2001, se incorpora el objetivo 19. Por art. 1 del Decreto N°1044/2001 B.O. 17/8/2001 se transfirió el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura regional del ámbito del Ministerio de Infraestructura y Vivienda al de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, con su respectivo Consejo de Administración , dotación y patrimonio.)

1. Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en las actividades que aseguren la coherencia política de la acción de gobierno y en la coordinación del asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión

2. Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en todos los asuntos relativos a su competencia específica, en especial los vinculados a políticas de primordial interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.

3. Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas del Presidente de la Nación que le encomiende el Secretario del área.

4. Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información referida a los requerimientos de la sociedad y de la realidad nacional e internacional que se considere de interés para el diseño de políticas públicas.

5. Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en la relación con las organizaciones y sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a nivel nacional, provincial y municipal.

6. Entender en el diseño y administración de un sistema de información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

7. Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales que le encomiende el Secretario General de la Presidencia de la Nación.

8. Realizar el análisis desde el punto de vista político de los asuntos que el Presidente de la Nación solicite al Secretario del área, o de aquellas disposiciones que se sometan a consideración del primer magistrado.

9. Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10. Intervenir, respecto de los viajes presidenciales en lo referente a la recopilación previa de información, determinación de posibles objetivos a alcanzar y la sistematización de los logros.

11. Representar al Secretario General de la Presidencia de la Nación cuando así se lo encomiende.

 

1. Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el Secretario General de la Presidencia de la Nación y en particular aquellas que coadyuven a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.

2. Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la obtención, sistematización y presentación del asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos, políticos y criterios de gestión.

6. Asistir al Secretario General en la administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y financieros de la SecretarÍa General y, en la misma materia a las otras Secretarías y demás organismos de la Presidencia de la Nación a los cuales brinde su apoyo administrativo.

7. Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el Presidente de la Nación solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros Secretarios y demás organismos de la Administración Pública Nacional.

8. Entender en la obtención y sistematización de un sistema de información periodística.

9. Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la Presidencia de la Nación en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

11. Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.

12. Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.

13. Asistir en la planificación y contratación de la publicidad oficial del Sector Público Nacional.

• SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN (Nota Infoleg: Transferida a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION por art. 5° del Decreto N° 227/2002 B.O. 7/2/2002)

II - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

1. Evaluar los aspectos legales y técnicos de los proyectos de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del Primer Magistrado y del Jefe de Gabinete de Ministros y llevar el Despacho de ambas autoridades. Evaluar y, en su caso, elaborar anteproyectos de tales actos.

2. Elaborar anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales, cuya redacción le encomiende la Superioridad.

3. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia, los proyectos de ley sancionados por el Honorable Congreso de la Nación, a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la Constitución Nacional.

4. Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, asesoramiento jurídico a los organismos y dependencias de la Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico propio, y a la Jefatura de Gabinete de Ministros, en los casos en los que conforme la normativa vigente corresponda la intervención del servicio jurídico permanente.

5. Instruir, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos correspondientes a la Secretaría, a las áreas de la Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico propio, y a la Jefatura de Gabinete de Ministros.

6. Protocolizar, registrar y archivar los actos dictados por el Presidente de la Nación y por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos necesarios para la publicación de los mismos.

7. Registrar, despachar y custodiar la documentación vinculada con las áreas de la Presidencia de la Nación y del Jefe de Gabinete de Ministros, en la Casa de Gobierno.

8. Poner en conocimiento del Jefe de Gabinete de Ministros, a los fines del artículo 101, primera parte, de la Constitución Nacional, los decretos y mensajes al Honorable Congreso de la Nación que no importen iniciativa legislativa, suscriptos por el Poder Ejecutivo Nacional con refrendo exclusivo de Ministros Secretarios.

9. Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional, a tenor de lo previsto en el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional, los actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros con refrendo ministerial.

10. Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional, a requerimiento del Jefe de Gabinete de Ministros, los pedidos de informes y/o explicaciones formulados por el Poder Legislativo vinculados con las funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional.

11. Controlar la edición del Boletín Oficial de la República Argentina y la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general. (Objetivo incorporado por art. 1° del Decreto N° 918/2001 B.O. 19/7/2001).

1. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del Primer Magistrado y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría, proponiendo, en su caso, textos alternativos con sujeción a las normas jurídicas aplicables.

2. Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, servicio jurídico a la Secretaría, a los organismos y dependencias de la Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico propio y a la Jefatura de Gabinete de Ministros, en los casos en los que conforme a la normativa vigente corresponda la intervención del servicio jurídico permanente.

3. Intervenir en coordinación con la Subsecretaría Técnica en la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.

4. Intervenir en el análisis de los proyectos de ley sancionados por el Honorable Congreso de la Nación a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la Constitución Nacional.

5. Sustanciar, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos que se ordene instruir en la Secretaría, en las áreas de la Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico propio, y en la Jefatura de Gabinete de Ministros.

1. Analizar los aspectos técnicos y de gestión de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del Primer Magistrado y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría, verificando además su encuadre en las normas legales y reglamentarias de aplicación; elaborar anteproyectos con ajuste a las disposiciones vigentes y asesorar sobre su elaboración a los organismos de la Administración Pública Nacional que lo soliciten.

2. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia, los proyectos de ley sancionados por el Honorable Congreso de la Nación a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la Constitución Nacional.

3. Intervenir en coordinación con la Subsecretaría de Asuntos Legales en la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.

4. Organizar el registro, despacho y archivo de la documentación de las áreas de la Presidencia de la Nación y del Jefe de Gabinete de Ministros en Casa de Gobierno.

5. Protocolizar los actos dictados por el Presidente de la Nación y por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos necesarios para la publicación de los mismos. Asimismo, protocolizar los actos dictados por la Secretaría, Subsecretarías del área y Secretarías y organismos dependientes de la Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico propio.

6. Custodiar los decretos hasta su remisión al Archivo General de la Nación, las decisiones administrativas y las leyes, así como las normas de carácter secreto o reservado emanadas del Honorable Congreso de la Nación, del Poder Ejecutivo o del Jefe de Gabinete de Ministros con refrendo ministerial.

7. Efectuar las comunicaciones al Jefe de Gabinete de Ministros de los decretos y Mensajes al Honorable Congreso de la Nación que no importen iniciativa legislativa, suscriptos por el Poder Ejecutivo Nacional con refrendo exclusivo de Ministros Secretarios.

8. Efectuar las comunicaciones al Poder Ejecutivo Nacional, a tenor de lo previsto en el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional, de los actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros con refrendo ministerial y de los pedidos de informes y/o explicaciones formulados a este último por el Honorable Congreso de la Nación con relación a funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional.

9. Supervisar la administración de los recursos financieros, informáticos, humanos, de servicios generales y patrimoniales de la Secretaría.

III - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO

IV - (Nota Infoleg: Apartado IV, Secretaría de Cultura y Medios de Comunicación derogado por art. 3° del Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001 al transferirse al MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE por art. 1° del mismo Decreto.)

V - (Punto derogado por art. 5 del Decreto N° 250/2001 B.O. 5/3/2001)

(Nota Infoleg: La Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la Innovación Productiva fue transferida del ámbito de la Presidencia de la Nación a la órbita del Ministerio de Educación por art. 1° del Decreto N°250/2001 B.O. 6/3/2001)

VI -( Nota Infoleg: Apartado IV, Secretaría de Turismo derogado por art. 3° del Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001 al transferirse al MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE por art. 1° del mismo Decreto.)

VII - SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

1. Elaborar y aplicar estrategias y acciones para la prevención de la drogadependencia mediante la asistencia e investigación en la lucha contra el uso indebido, producción, tráfico y comercialización de drogas ilícitas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Elaborar los planes y programas de acción conjunta para el control de precursores y sustancias químicas utilizables para la producción de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío hacia el mercado de drogas ilícitas.

3. Diseñar y aplicar estrategias y acciones para la prevención de las actividades relacionadas con el blanqueo de activos financieros derivados de la producción, tráfico y comercialización de drogas ilícitas y coordinar su aplicación con otras áreas de gobierno a nivel nacional, provincial y comunal.

4. Programar el "Plan Federal de Prevención Integral de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas" promoviendo el desarrollo de planes y programas de carácter nacional referentes a la prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción de la población afectada por el uso indebido de drogas, con la cooperación pública y privada.

5. Intervenir en la elaboración de proyectos legislativos, en la promoción de estudios técnicos y sociales y en la formación de recursos humanos especializados, brindando asistencia técnica y estableciendo instrumentos de coordinación y cooperación con otros Poderes del Estado y con la organización de la comunidad ejercer la presidencia alterna de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450 a la que presta el apoyo técnico administrativo necesario para su funcionamiento.

6. Implementar el cumplimiento de los tratados internacionales vinculados con su cometido, suscritos por el Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones de los organismos especializados en la materia y centralizando la información específica y la documentación técnica, manteniendo una relación permanente con los organismos internacionales en lo relacionado a la problemática que le es propia y promover acuerdos, convenios y tratados con otros países u organismos regionales e internacionales.

7. Coordinar las actividades y programas de prevención, asistencia, investigación, docencia y formación de recursos humanos a nivel nacional, provincial y comunal, identificando los modelos y metodologías de avanzada para los procesos de intervención social en esta materia.

8. Asesorar a las autoridades competentes del ámbito nacional, provincial y comunal respecto de las acciones que corresponde emprender para efectuar un adecuado cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a las medidas preventivas y curativas del uso indebido de drogas.

VIII - CASA MILITAR

1. Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente y su familia.

2. Atender el ceremonial militar de la Presidencia de la Nación y coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.

3. Proveer los servicios logísticos y de movilidad aérea del señor Presidente de la Nación, los de la Casa Militar y el sistema de comunicaciones de la Presidencia de la Nación.

IX - COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE

1. Asistir al señor Presidente de la Nación y a la Primera Dama en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias, correspondencia postal y electrónica y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

2. Coordinar y supervisar la actividad de las unidades orgánicas que integran la COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE y armonizar su incidencia sobre la actividad del Primer Magistrado, tanto en el país como en el exterior.

3. Coordinar a los asesores y/o consejeros presidenciales para el desarrollo de sus tareas específicas.

(Nota Infoleg: Por art. 2° del Decreto N° 227/2002 B.O. 7/2/2002 se aprueban los objetivos de las siguiente

Unidades Organizativas:

IX bis - SECRETARIA DE CULTURA (Nota Infoleg: por art. 1 del Decreto N°290/2002 B.O. 14/2/2002, la Secretaría de Medios de Comunicación pasa a denominarse Secretaría de Cultura. Por art. 1° del Decreto N° 308/2002 B.O. 15/2/2002, se rectificó el Decreto N° 227/2002 , Donde decía: Apartado X, Dice: Apartado IX bis.)

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación, ejecución y control de la política de comunicación social y de medios de comunicación social.

2. Entender en la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en su relación con el periodismo nacional e internacional.

3. Efectuar la difusión de los actos del Estado Nacional a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

4. Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran bajo la responsabilidad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector en las que la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION sea accionista.

5. Coordinar y controlar la gestión comunicacional de las empresas dependientes del área.

6. Intervenir y efectuar la planificación y contratación de la publicidad oficial.

7. Intervenir en la asistencia del Vocero Presidencial, proveyendo la información y asegurando la difusión de su competencia.

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

OBJETIVOS:

1. Asistir al señor Secretario de Medios de Comunicación en los temas relacionados con la información pública y privada del Primer Magistrado.

2. Entender en la conducción orgánica de la estructura periodística oficial y supervisar el adecuado funcionamiento de este servicio.

3. Entender en la relación directa con la prensa nacional y extranjera y transmitir las políticas y mensajes del gobierno, como así también los objetivos de la gestión Presidencial.

4. Entender en las relaciones internacionales vinculadas con la prensa en el exterior en ocasión de los viajes presidenciales, o cuando se dispongan contactos personales con gobiernos de otros países que tengan relaciones diplomáticas con la República Argentina.

5. Entender en las relaciones con todo tipo de instituciones u organismos privados o estatales que requieran de una adecuada información periodística sobre los objetivos gubernamentales.

6. Evaluar y analizar el efecto que produce en la población, los mensajes presidenciales sobre las políticas delineadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7. Complementar la tarea de asesoramiento a los señores Ministros y Secretarios del área presidencial en temas vinculados con la información del gobierno.

SUBSECRETARIA TECNICO ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en la administración y contralor de los medios de comunicación a su cargo y de sus organismos dependientes cualquiera sea su naturaleza.

2. Entender en la administración de los bienes y recursos de la Secretaría y de las emisoras dependientes de la jurisdicción.

3. Intervenir en la gestión y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría.

4. Entender en la planificación y contratación de la publicidad oficial del Estado.)

X - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 78/2002 B.O. 15/1/2002)

SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

2. Ejercer la coordinación del Gabinete Social creado por el Decreto N° 108 del 5 de febrero de 1997.

3. Coordinar el Sistema Federal de Emergencias (SIFEM) creado por el decreto N° 1250 del 28 de Octubre de 1999.

4. Ejercer la Coordinación del Gabinete Científico-Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.

5. Dirigir el Sistema de Identificación Tributario y Social (SlNTyS), creado por el Decreto N° 812/98, en coordinación con la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) en los aspectos vinculados con la recaudación. Supervisar la Unidad Ejecutora BIRF 4459-AR (SINTyS).

6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia de la Nación coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.

7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al Honorable Congreso de la Nación y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.

8. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Congreso de la Nación y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional.

9. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

10. Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100 Incisos 9 y 11 de la Constitución Nacional.

11. Entender en lo referente a las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la Constitución Nacional y de otras Leyes.

12. Participar en formulación de los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento

13. Participar en las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la Constitución Nacional.

14. Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

2. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Gabinete Social creado por el Decreto N° 108 del 5 de febrero de 1997.

3. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Sistema Federal de Emergencias (SIFEM) creado por el decreto N° 1250 del 28 de Octubre de 1999.

4. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Gabinete Científico-Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.

5. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la conducción del Sistema de Identificación Tributario y Social (SINTyS), creado por el Decreto N° 812/98, en coordinación con la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) en los aspectos vinculados con la recaudación.

Supervisar la Unidad Ejecutora BIRF 4459-AR (SINTyS).

6. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia de la Nación coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.

7. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

OBJETIVOS:

1. Proponer los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento

2. Efectuar las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la Constitución Nacional.

3. Participar con el MINISTERIO DEL INTERIOR en la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.

4. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al Honorable Congreso de la Nación y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.

5. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Congreso de la Nación y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional.

6. Coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la Constitución Nacional y de otras Leyes.

7. Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100 Incisos 9 y 11 de la Constitución Nacional.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

OBJETIVOS:

1. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.

2. Participar en el análisis y evaluación de la distribución de las rentas nacionales y de la ejecución presupuestaria, conforme la Ley de Presupuesto Nacional.

3. Supervisar el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las Provincias.

4. Coordinar y supervisar la elaboración de políticas y de proyectos que fortalezcan la eficiencia de la recaudación.

5. Coordinar las Políticas del Gobierno Nacional que tengan impacto en materia de equidad tributaria en la interrelación de los distintos organismos involucrados en esas tareas.

6. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población.

7. Intervenir en el diseño, ejecución y control del Programa de Evaluación de la Calidad del Gasto instituido por el inciso d) del artículo 5° de la Ley 25.152.

8. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en la materia de su competencia.

9. Supervisar la determinación de la programación trimestral del gasto asignado a cada Jurisdicción.

10. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con el Ministerio de Economía y la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), para la definición estratégica del presupuesto nacional.

11. Coordinar y controlar las prioridades y relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos internacionales de crédito

12. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación con los organismos internacionales de crédito, supervisar la aprobación de préstamos y coordinar el seguimiento y evaluación de la cartera.

13. Intervenir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional propiciado por el Poder Ejecutivo Nacional.

14. Coordinar las políticas de la administración vinculadas con el cumplimiento de los objetivos y de los planes de gobierno.

15. Supervisar la gestión económico financiera, patrimonial y contable y administrar la política de recursos humanos de la Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también el despacho y registro de la documentación administrativa.

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

OBJETIVOS:

1. Entender en la implementación operativa y el seguimiento de las políticas de modernización de la gestión pública y asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos y en la propuesta de normas reglamentarias.

2. Proponer diseños de procedimientos administrativos a fin de promover su simplificación, transparencia, mejoramiento del control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.

3. Proponer políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización de la Administración Nacional, las medidas reglamentarias en la materia y ejercer el control sobre su aplicación homogénea.

4. Entender en la definición del marco normativo vinculado a la gestión de los recursos reales de la Administración Pública Nacional y en su interpretación.

5. Entender en el análisis y propuesta del rediseño de la macroestructura de la Administración Nacional, impulsando su desarrollo e implementación.

6. Entender en el proceso de aprobación de las estructuras organizativas de los organismos de la Administración Nacional.

7. Intervenir como autoridad de aplicación de la Ley N° 24.127 que instituye el Premio Nacional a la Calidad y ejercer la Presidencia del Comité Permanente.

8. Entender en la coordinación e implementación del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano, efectuando el monitoreo y evaluación del mismo.

9. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño de los lineamientos y la puesta en marcha de Acuerdos Programa de acuerdo al inciso c) del 5° de la Ley 25.152 y coordinar su implementación y seguimiento.

10. Asistir a los organismos del Sector Público Nacional en programas para la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de la calidad de sus servicios, y la incorporación de nuevas tecnologías de información.

11. Coordinar el funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCION PUBLICA.

12. Actuar como autoridad de aplicación del Régimen Normativo que establece la Infraestructura de Firma Digital para el Sector Público Nacional, como así también en las funciones de organismo licenciante en la materia.

13. Entender en la administración y coordinación de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios.

14. Entender en la definición de estrategias sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información en la Administración Nacional.

Coordinar y supervisar su implantación y brindar asistencia técnica en la materia.

15. Proponer y formular políticas sobre recursos humanos y ejercer el control de su aplicación homogénea.

16. Representar al Estado Nacional en las Convenciones Colectivas de Trabajo en las que el Estado Nacional sea parte.

17. Intervenir en el análisis y aprobación de todas aquellas medidas relativas a la política salarial de la Administración Nacional y de los sistemas de incentivos del empleo público.

18. Entender en la propuesta de modificación de la normativa aplicable en materia de empleo público, como así también en su interpretación.

19. Entender en los procesos de resolución de conflictos individuales o colectivos, relativos al personal de la Administración Nacional.

20. Proponer e implementar las políticas de Capacitación para el personal de la Administración Pública Nacional.

21. Entender en los aspectos vinculados a la capacitación, gestión y desarrollo de los recursos humanos, en procura del mejor desenvolvimiento del empleo público.

22. Entender en todos los aspectos referidos al desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno.

23. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de contrataciones del sector público nacional.

XI - MINISTERIO DEL INTERIOR

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

5. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

6. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

7. Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las áreas que conforman el Ministerio del Interior y las entidades descentralizadas dependientes del mismo.

8. Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos, organización y sistemas de administrativos, ordenar la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios, supervisar las actividades.

9. Coordinar con la UAI (Unidad de Auditoría Interna) y la SIGEN (Sindicatura General de la Nación) la observancia de la aplicación de los Sistemas de Control interno.

· SUBSECRETARIA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD

1. Programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de relaciones institucionales, así como también su permanente actualización legislativa.

2. Realizar el estudio de las normas que hagan a la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales.

3. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

4. Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.

5. Supervisar la administración del Registro Unico de Organizaciones No Gubernamentales.

6. Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones representativas.

7. Asistir en los temas de la Comisión Nacional de ex Combatientes de Malvinas. (Inciso incorporado por Art. 9° del Decreto N° 489/2000, B.O. 30/6/2000).

1. Participar en las relaciones interprovinciales y en la intervención del Gobierno Federal en las provincias.

2. Asistir en las relaciones con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en las cuestiones regionales y municipales.

3. Promover políticas públicas a nivel federal y regional tendientes a la armonización con las políticas correspondientes al Gobierno Nacional.

4. Supervisar la gestión política de os proyectos de asistencia y reforma del sector público de los estados provinciales.

5. Promover el establecimiento de acuerdos y pactos federales para propender a una mayor coordinación en la implementación de políticas nacionales, provinciales, municipales y regionales.

6. Coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las Provincias y las iniciativas de desarrollo regional.

7. Reunir, conservar y tener disponible para su consulta o utilización la documentación escrita, fotográfica, fílmica, videográfica, sonora y legible por máquina, que interese al país como testimonio acerca de su ser y acontecer.

8. Vigilar el cumplimiento de la ley antidiscriminatoria Nro. 23.592. Recibir denuncias de personas o grupos de personas que hayan sido víctimas de algún acto discriminatorio. Diseñar e impulsar campañas tendientes a la valoración del pluralismo y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenófobicas y/o racistas.

9. Intervenir en la tramitación de los exhortos judiciales.

10. Establecer las políticas de funcionamiento del Archivo General de la Nación

11. Coordinar los aspectos técnicos, operativos y administrativos de las Redes y Servicios de Telecomunicaciones y teleinformáticos del Ministerio, relacionadas con la Seguridad Interior y las relaciones interprovinciales.

1. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la Seguridad Interior: preservar la libertad, la vida y el patrimonio de los argentinos, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

2. Dirigir el Esfuerzo Nacional de Policía, planificando y coordinando las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, atendiendo a todo lo que a ellas concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento.

3. Coordinar y ejecutar las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los ciudadanos ante hechos del hombre y de la naturaleza.

4. Entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales.

5. Elaborar las medidas necesarias para el cumplimiento de las políticas que hacen a la protección de la comunidad colaborando con los entes nacionales, provinciales o privados, frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

6. Formular el diagnóstico de la situación de la Seguridad Interior en el MERCOSUR e impulsar la coordinación de políticas de seguridad conjuntas con los países miembros.

1. Asesorar al Secretario de Seguridad Interior en la conducción del Esfuerzo Nacional de Policía, supervisando el accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

2. Entender en la producción de Inteligencia e Información que compete a las fuerzas nucleadas en el Ministerio del Interior.

3. Intervenir en la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el logro de los objetivos definidos por la Secretaría de Seguridad Interior en función de lo prescripto por la Ley de Seguridad Interior.

4. Coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación inversión, equipamiento y bienestar de las Fuerzas, en el marco del sistema de Seguridad Interior.

 

1. Diseñar planes y coordinar acciones en materia económica con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en la formulación gestión de proyectos de carácter federal.

2. Administrar el Fondo de los Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, propiciando que la administración de los mismos tienda a mejorar la actividad económica y la calidad de vida en las diferentes regiones.

3. Coordinar con el Ministro de Economía el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las Provincias.

4. Gestionar la asignación y supervisar la ejecución de fondos con destino a las provincias provenientes de los organismos multilaterales de crédito, organismos no gubernamentales y fuentes de financiamiento bilateral, así como de los recursos que se destinen a la reforma de los sectores públicos provinciales, Municipales y la Ciudad de Buenos Aires.

5. Instrumentar la asistencia técnica y económico financiera a los estados provinciales para ejecutar programas tendientes a la modernización de las instituciones políticas provinciales.

6. Intervenir en lo atinente a cuestiones interprovinciales e intermunicipales.

7. Distribuir los recursos asignados al ex Fondo de Desarrollo Regional y al Fondo de Emergencias Regionales.

8. Integrar la conducción de la Corporación Antiguo Puerto Madero Sociedad del Estado y supervisar en lo que hace a su competencia, el funcionamiento de la misma.

9. Entender en los Asuntos Municipales.

1. Elaborar y ejecutar la reforma política de las administraciones municipales.

2. Promover asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos locales.

3. Proponer medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de descentralización.

4. Promover la capacitación, asistencia técnica e información a los gobiernos municipales.

5. Realizar el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento de los sistemas político y electoral.

6. Desarrollar actividades tendientes a la capacitación y formación de jóvenes políticos de distintas extracciones partidarias y organizaciones sociales, a través de la enseñanza de materias propias de disciplinas afines al quehacer político y del contacto e interacción con actores políticos y sociales.

7. Fomentar el federalismo a través de la participación de organizaciones juveniles de todo el país en las actividades del Instituto de Capacitación Política, realizando cursos y seminarios en forma coordinada y conjunta con gobiernos provinciales y organizaciones no gubernamentales.

8. Coordinar el accionar del INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES (IFAM)

1. Coordinar la programación de la política electoral nacional.

2. Proponer las medidas pertinentes para agilizar y perfeccionar la mecánica del proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

3. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4. Coordinar con los organismos involucrados en su ejecución todos los aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos electorales nacionales.

5. Realizar estudios estadísticos de los actos eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.

6. Efectuar la concesión de franquicias y el otorgamiento y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

7. Diseñar los mecanismos para las relaciones político-institucionales del Ministerio con las provincias y las regiones.

8. Atender los planteos y requerimientos de naturaleza política que formulen las provincias y las regiones a este Ministerio.

9. Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a las provincias y las Municipalidades del Interior del país y a la temática regional.

10. Sistematizar la información sobre la realidad socioeconómica e institucional de las Provincias y sus municipios con el fin de obtener un cuadro permanente de situación.

11. Intervenir en las reformas atinentes al régimen de los Partidos Políticos y en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales y provinciales.

12. Entender en las propuestas de reforma de la Constitución Nacional y en las relaciones con las Convenciones que se reúnan a tal efecto.

XII - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos de la administración central de la jurisdicción.

6. Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

7. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

8. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

9. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

10. Prestar asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del Ministerio, tramitar rogatorias judiciales y pedidos de extradición con la intervención del Ministerio de Justicia, y la substanciación de sumarios y otras investigaciones administrativas ordenadas en la jurisdicción.

11. Prestar apoyo a la Junta Calificadora del Personal del Servicio Exterior y la correspondiente al personal administrativo, técnico, profesional y de servicios de la jurisdicción.

1. Formular, desde el punto de vista de la política exterior, los cursos de acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales tanto bilaterales como multilaterales con todas las naciones con que la República Argentina mantenga relaciones, con los organismos regionales y subregionales, propendiendo a la integración económica entre las que componen el continente americano, profundizando dicha integración con las naciones latinoamericanas y conducir la política a fin de cumplimentar lo señalado.

2. Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de promoción comercial y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su ejecución.

3. Asistir, instrumentar y efectuar la coordinación institucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y los organismos y autoridades de los distintos poderes del Estado, en el ámbito nacional, provincial o municipal, entes regionales, e instituciones intermedias.

4. Formular los planes, programas y proyectos que contribuyan al fortalecimiento de las gestiones que, en materia de política exterior, realicen las autoridades nacionales, provinciales o municipales, ya se trate de organismos centralizados o descentralizados o instituciones intermedias y aquellos otros destinados a canalizar su participación en el diseño y ejecución de dicha política.

5. Intervenir en toda negociación entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países que implique alguna obligación en las que se prevean garantías por parte de estos para el Estado Nacional.

6. Mantener y optimizar las relaciones con los distintos poderes del Estado, a fin de obtener y suministrar información complementaria.

7. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación propuestas y alternativas de financiación.

8. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos consulares y elaborar las instrucciones a las representaciones consulares relativas a la aplicación de normas que fijan actividades administrativas.

9. Formular y ejecutar las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a las cuestiones de política migratoria en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

10. Promover las políticas y estrategias de la República en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales y las multilaterales a través de los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales; impartiendo las directivas e instrucciones a las Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros, organismos internacionales económicos y comerciales y a las delegaciones que participen en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales.

1. Diseñar políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico y la integración bilateral con los diferentes países de América del Norte, Central, Caribe y del Sur y la integración económica multilateral a nivel regional y continental.

2. Concretar los objetivos prioritarios planteados en la política exterior con respecto al Mercosur y al Area de Libre Comercio de las Américas, implementando los mecanismos de integración entre ambos procesos.

1. Ejecutar la política comercial internacional, promoviendo la oferta de los productos y servicios nacionales a la demanda de los mercados extranjeros.

2. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y directivas para las Representaciones de la República y delegaciones oficiales en el aspecto comercial internacional.

3. Asistir en el diseño de las políticas y cursos de acción en materia consular.

4. Supervisar el funcionamiento de las representaciones consulares, coordinando con los demás organismos competentes del estado el control de la debida aplicación de las reglamentaciones correspondientes al área de su competencia.

1. Conducir la política exterior con todos los países y organismos internacionales, y coordinar con las otras Secretarías del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios funcionales y geográficos.

2. Formular y ejecutar las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a los territorios y los espacios marítimos bajo disputa de soberanía en el Atlántico Sur, los de la política exterior antártica; las cuestiones de derecho internacional y del desarrollo de zonas de frontera.

3. Colaborar en la ejecución del programa internacional denominado "Cascos Blancos" ampliando las políticas y determinando las acciones de asistencia humanitaria internacional, ayuda de emergencia y rehabilitación para el desarrollo a nivel internacional, su implementación, financiación y ejecución, en coordinación con los organismos competentes del sistema de Naciones Unidas.

4. Entender en materia de organización de las misiones diplomáticas para asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios.

5. Actuar en todo lo inherente a la relación de la República con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta.

6. Entender en la política exterior en lo referente en todos los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, derechos humanos, preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente y en materia de la condición y situación de la mujer dentro del ámbito de la política exterior.

1. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración política con los países latinoamericanos.

2. Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y planificación de las actividades ante los organismos internacionales, conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de desarrollo tecnológico, vinculadas con la región, coordinando su acción con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial y extraministerial.

1. Realizar las gestiones internacionales de carácter bilateral o multilateral con los países de América del Norte, Europa, Africa, Asia y Oceanía relacionados con temas políticos, como así también la identificación y la elaboración de los objetivos de política exterior y Antártida, así como los vinculados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, la seguridad y los recursos de los espacios marítimos relevantes al Atlántico Sur. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los organismos internacionales, con excepción de los pertenecientes a Latinoamérica y el Caribe.

2. Realizar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación permanentes de las relaciones internacionales en temas vinculados a la seguridad internacional y a los asuntos estratégicos, las relaciones exteriores en materia de defensa, las cuestiones de desarme y los asuntos nucleares y espaciales.

3. Colaborar en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la República con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta.

4. Colaborar en la programación de los objetivos y planificación de las actividades ante reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y entidades internacionales en materia religiosa y/o de culto en que la República sea parte.

1. Intervenir en los asuntos internacionales vinculados con la preservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, la formulación de políticas de desarrollo sustentable, los aspectos de la política de población vinculados con estos temas, la negociación de medidas internacionales orientadas a abatir la contaminación ambiental y limitar, reducir y eliminar sus fuentes antropogénicas.

2. Intervenir en las políticas y cursos de acción a seguir en materia de la condición y situación de la mujer dentro del ámbito de la política exterior, en coordinación con los organismos competentes.

3. Entender en asuntos de política exterior vinculados con los Derechos Humanos.

4. Intervenir en los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas, el narcotráfico y otras actividades conexas.

1. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica y Romana, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren la iglesia, las entidades y las personas de culto católico, especialmente en relación a asuntos episcopales y otros asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

2. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con todas las iglesias cristianas no católicas y las demás organizaciones religiosas que funcionen en el país, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las mismas, entender en el registro de entidades religiosas no católicas que ejerzan su actividad en el territorio nacional y asistir al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a efectos de garantizar la libre profesión de su culto a todos los habitantes de la Nación.

XIII - MINISTERIO DE DEFENSA

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos de la administración central de la jurisdicción.

6. Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

7. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

8. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

9. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

1. Diagnosticar, planificar y promover la ejecución de los procesos de reconversión de las Fuerzas Armadas, en consulta con ellas, en el marco de la legislación vigente y promover la implementación de las modificaciones al régimen de pasividades militares.

2. Coordinar las políticas de administración de los recursos humanos de las Fuerzas Armadas, civiles y militares, conforme las normas legales vigentes.

3. Proceder al registro, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas y formular la política de movilización y el plan de movilización nacional y su ejecución para el caso de guerra y participar, con otras dependencias del Estado, en la planificación y coordinación de la defensa civil.

4. Determinar las políticas en materia de logística de las Fuerzas Armadas y coordinar las correspondientes actividades.

5. Orientar y supervisar los planes de adquisición de recursos materiales, determinando las políticas de adquisición de sistemas de armas, emergentes de las necesidades estratégicas.

6. Supervisar las adquisiciones de armamento y material de defensa, así como la contratación de servicios, en el nivel de sistemas de armas comunes a más de una Fuerza, con excepción de materiales consumibles, repuestos y accesorios.

7. Evaluar las propuestas e intervenir en la adopción de las decisiones definitivas por parte del Ministro de Defensa, en materia de adquisiciones significativas por parte de las Fuerzas Armadas, de sistemas de armas y otros materiales necesarios para la defensa.

8. Entender en la supervisión y el control del sistema de producción para la defensa, proponiendo al Ministro de Defensa las autorizaciones para la radicación y el funcionamiento en el país de instalaciones destinadas a ese fin; y ejerciendo los controles que determina la legislación vigente en materia de armas y explosivos.

9. Proyectar y formular la programación y administración del presupuesto de las Fuerzas Arma das, asegurando la utilización del Sistema de Planeamiento, Programación y Presupuestación (S3P), efectuando la centralización, coordinación y control de los requerimientos presupuestarios de la defensa nacional, tendiente a la racionalización del uso y distribución de los créditos asignados.

10. Asistir a las Unidades Ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

11. Formular, aprobar, coordinar y controlar el cumplimiento de los objetivos, políticas y planes de los organismos de investigación y desarrollo del sector en el marco de la articulación de planes que se definan a nivel nacional, y entender en la coordinación y conducción superior de los organismos tecnológicos del área del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas.

12. Dirigir la administración de las empresas, sociedades, participaciones y organismos de producción del área, planificando, conduciendo y controlando los procesos de privatización, de venta de activos y de transformación, y atendiendo los asuntos laborales, gremiales y de administración del personal que se presenten.

13. Promover, coordinar y dirigir la realización de convenios de cooperación en las áreas industrial, tecnológica y comercial, controlando su ejecución.

1. Entender en la elaboración de la política de Defensa Nacional y de orientación y dirección de los conceptos estratégicos retenidos en la Directiva Estratégica Nacional, su seguimiento y supervisión en el correspondiente planeamiento estratégico, interactuando con las áreas correlativas de política exterior y política económica para su desarrollo coordinado y continuo.

2. Recomendar la oportunidad y conveniencia para la convocatoria del Consejo de Defensa Nacional (CODENA).

3. Efectuar el planeamiento militar conjunto determinando los requerimientos de la Defensa Nacional, formulando y ejecutando las políticas nacionales de la defensa y fiscalizando su cumplimiento; determinar la política general de conducción de las Fuerzas Armadas, formulando los correspondientes planes.

4. Promover la acción conjunta de las tres Fuerzas en las áreas de competencia específica y coordinar este objetivo con otras unidades ejecutoras de la jurisdicción.

5. Estudiar, elaborar y proponer el dimensionamiento de los medios operativos y de apoyo de las Fuerzas Armadas en función de las necesidades de la Directiva Estratégica Nacional/ Planeamiento Militar Conjunto.

6. Proponer el dimensionamiento y estructura del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y su plan de ejecución, como así también las nuevas unidades orgánicas y despliegue de las Fuerzas.

7. Administrar la justicia y disciplina militar a través de los Tribunales de sus respectivos órganos; atender la asistencia espiritual del personal de las Fuerzas Armadas y la preparación de las Fuerzas Armadas y sus reservas en lo relativo al deporte en todos sus aspectos; registrar las armas de guerra y afines conforme con lo dispuesto por la Ley de Armas y Explosivos Nº 20.429 y formular la planificación, dirección y ejecución de la actividad antártica argentina.

8. Determinar las políticas de enseñanza de la Defensa Nacional y de formación e instrucción militar en todos sus niveles.

9. Participar en las acciones interministeriales vinculadas con desarme y seguridad internacional y regulación del comercio exterior de tecnologías y materiales bélicos y sensitivos.

XIV - MINISTERIO DE ECONOMIA (apartado modificado por arts. 2° y 3° del Decreto N°431/2001 B.O. 20/4/2001.)

SECRETARIA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1. — Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.

2. — Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. y el BANCO HIPOTECARIO S.A. con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3. — Coordinar la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, multilaterales, públicos y privados y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.

4. — Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la SECRETARIA DE HACIENDA.

5. — Establecer las políticas de administración de los activos financieros del Estado Nacional.

6. — Participar en los aspectos financieros de los FONDOS FIDUCIARIOS en los que el Estado Nacional sea parte.

7. — Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del Estado Nacional.

8. — Coordinar y ejecutar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.

9. — Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

10. — Preservar el crédito público.

11. — Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

12. — Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

13. — Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito.

14. — Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS INDER- (EN LIQUIDACION).

15. — Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE HACIENDA

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 1° del Decreto 911/2001 B.O. 19/7/2001)

1.— Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

2.— Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3.— Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

4.— Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.

5.— Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.

6.— Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.— Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.

8.— Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del Estado Nacional.

9.— Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

10. — Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.

11. — Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.

SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

OBJETIVOS

1. — Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero, y de los recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden económico y social. Asegurar la correcta interpretación de las normas tributarias.

2. — Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extrafiscales que se persigan a través de los mismos, actuando como autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a partir de la información suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización competentes en la materia y de aplicación cuando las normas respectivas así lo establezcan.

3. — Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos de la seguridad social. Asimismo coordinar los aspectos impositivos y aduaneros referidos a la armonización tributaria en procesos de integración regional.

4. — Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

(Secretaría fusionada por art. 2° del Decreto N° 1658/2001 B.O. 20/12/2001)

OBJETIVOS

1. — Entender en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.

2. — Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.

3. — Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.

4. — Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su competencia.

5. — Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.

6. — Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

7. — Definir, ejecutar y controlar dentro del país las políticas de comercio exterior de la Nación en la programación de la estructura arancelaria y en las políticas de defensa de la competencia leal internacional, entendiendo en las funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales, regionales o multilaterales en particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países.

8. — Entender en la formulación y ejecución de la política arancelaria.

9. — Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación y la promoción de exportaciones.

10. — Entender en lo referente a las prácticas antidumping, a las subvenciones y medidas compensatorias en el ámbito de su competencia.

11. — Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.

12. — Intervenir juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

13. — Coordinar y desarrollar estudios destinados a la evaluación de la situación del comercio Internacional, en sus aspectos reales y financieros y su relación con la política económica general y con la comercial externa en particular.

14. — Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país, en las áreas de su incumbencia.

15. — Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior en el ámbito de su competencia y la integración regional y hemisférica o con otros bloques comerciales.

16. — Coordinar a los fines del comercio y la inversión, los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica, así como también los correspondientes a la integración económica regional y hemisférica.

17. — Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

18. — Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la Fundación EXPORTAR.

19. — Coordinar las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

OBJETIVOS

1. — Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal, agroindustrial y de la caza, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores.

2. — Promover la utilización y conservación de los recursos naturales destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera, forestal, y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector.

3. — Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su competencia. Asimismo, efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones.

4. — Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal.

5. — Entender en el control y fiscalización comercial del mercado de granos, productos frutihortícolas, ganados, carnes y subproductos de la ganadería, e intervenir en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna y externa de productos agropecuarios.

6. — Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

7. — Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el exterior.

8. — Establecer delegaciones en las distintas regiones del país con el fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola.

9. — Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de permitir una actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados.

10. — Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley Nº 9643, en lo relativo a warrants y certificados de depósito.

11. — Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

12. — Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

13. — Coordinar las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

14. — Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

15. — Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

16. — Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de alimentos, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

17. — Entender en el diseño y la ejecución de políticas de desarrollo, promoción y calidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal y/o vegetal.

18. — Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario.

19. — Entender en la aplicación de la Ley Nº 20.247 - Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

20. — Entender en la certificación de la calidad, nacional e internacional de todo órgano vegetal destinado para siembra, plantación o propagación, observando los acuerdos firmados o a firmarse en la materia.

21. — Entender en la protección de la propiedad intelectual de las semillas y creaciones fitogenéticas y biotecnológicas.

22. — Proponer las normas y ejercer el poder de policía para asegurar a los agricultores la identidad y la calidad de la semilla que adquieren.

23. — Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de la Competencia cuando involucren al productor agropecuario.

SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

OBJETIVOS

1. — Efectuar la propuesta, ejecución y control de la política comercial interna en todo lo relacionado con: la defensa del consumidor y la defensa de la competencia.

2. — Entender en la implementación de políticas y en los marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3. — Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.

4. — Entender en la propuesta, seguimiento y control de aplicación de la política de desregulación en todos los ámbitos de la actividad económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la administración, a las actividades del sector privado sujetas a regulación, así como también a la asistencia técnica en materia de desregulación en otras jurisdicciones.

5. — Supervisar las actividades relacionadas con la fiscalización del abastecimiento y el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la metrología legal.

6. — Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro lo sustituya.

7. — Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

8. — Efectuar el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la lealtad comercial.

 

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (transferida por art. 1 del Decreto N°1126/2001 B. O. 4/9/2001 del Ministerio de Economía al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos)

 

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 1° del Decreto N° 911/2001 B.O. 19/7/2001)

1.— Coordinar la realización de análisis prospectivos que vinculen los objetivos e instrumentos de las políticas macroeconómicas.

2.— Conciliar los distintos planes, programas y proyectos sectoriales y/o regionales con los lineamientos de la política económica. Elaborar y proponer instrumentos de política.

3.— Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

4.— Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida y de pobreza de la población. Asimismo a partir del procesamiento de encuestas y estadísticas, realizar diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.

5.— Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura de la economía mundial y publicar informes diarios y semanales con el resultado de esta labor.

6.— Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

7.— Dirigir todo lo relacionado con la evaluación y seguimiento de los programas de gesto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población.

8.— En su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PUBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

9.— Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales. Elaborar las estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas nacionales e internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción Ministerial y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.

3.- Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la jurisdicción.

4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos disciplinarios.

5.- Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del sector público nacional.

7.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidas por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público.

8.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

9.- Coordinar las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E., la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y desregulación.

2.- Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. y el BANCO HIPOTECARIO S.A. con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

4.- Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2.- Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, multilaterales, públicos y privados y asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.

3.- Asistir al Secretario de Finanzas en la dirección y supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los sistemas de administración financiera.

4.- Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.- Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.

6.- Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del Estado Nacional y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7.- Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del Estado Nacional.

8.- Asistir al Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 1° del Decreto N° 911/2001 B. O. 19/7/2001)

1.— Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.— Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3.— Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4.— Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.

5.— Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.

6.— Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.— Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.

8.— Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del Estado Nacional.

9.— Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 1° del Decreto N° 911/2001 B. O. 19/7/2001)

1.— Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.

2.— Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.

3.— Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.

4.— Realizar estudios sobre economías regionales.

5.— Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.

6.— Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.

7.— Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

8.— Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.

9.— Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

10.— Ofrecer asistencia técnica a las provincias, en la formulación de programas de desarrollo regional.

11.— Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal.

12. — Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

 

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

(Objetivos creados por art. 2° del Decreto N° 1658/2001 B.O. 20/12/2001)

1. — Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO en lo que es materia de su competencia específica.

2. — Asistir en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.

3. — Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.

4. — Asistir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional.

5. — Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte.

6. — Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional.

7. — Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.

8. — Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO

OBJETIVOS

1. — Coordinar la realización de estudios y análisis sectoriales que sirvan de base para el diseño y aplicación de las políticas industriales de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.

2. — Monitorear y evaluar los distintos programas y políticas de la Secretaría, analizando su impacto y emitiendo informes con recomendaciones.

3. — Diseñar e implementar nuevos programas que permitan mejorar la competitividad del sector productivo nacional.

4. — Coordinar la realización de estudios regionales a los fines de impulsar medidas de mejora de la competitividad.

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARIA DE POLITICA COMERCIAL

OBJETIVOS

1. — Coordinar la elaboración y propuesta de políticas, proyectos y programas vinculados con las negociaciones comerciales internacionales, que permitan lograr el objetivo de aumentar los volúmenes y valores del comercio exterior.

2. — Elaborar y proponer políticas y lineamientos estratégicos en los temas incluidos en las agendas de negociación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) como también, en las negociaciones regionales en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), del Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y de otras negociaciones bilaterales y regionales.

3. — Coordinar acciones tendientes a lograr una mayor participación del sector privado productivo y de las Universidades y Centros de Investigación, en la definición de los intereses nacionales, en lo que se refiera a su competencia específica.

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARIA DE GESTION COMERCIAL EXTERNA

OBJETIVOS

1. — Coordinar la administración eficiente de los instrumentos de política comercial referentes a las importaciones, exportaciones, competencia desleal, zonas francas y reglas de origen y calidad.

2. — Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARIA DE FOMENTO E INTEGRACION DE ECONOMIAS REGIONALES

OBJETIVOS

1. — Asistir al Secretario de Industria y Comercio, en todas aquellas tareas y actividades que le sean encomendadas.

2. — Colaborar en la formulación de políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo de las economías locales y regionales y al fomento de las exportaciones hacia mercados de integración regional.

3. — Realizar publicaciones y organizar seminarios que permitan difundir oportunidades de inversión y, cuando corresponda, coordinar y participar en acciones de promoción con las cámaras extranjeras de comercio fundaciones y otras entidades del sector privado o público en el ámbito Nacional, Provincial y Municipal, a fin de maximizar la participación de los distintos sectores en el programa de inversiones extranjeras y de servir de banco de datos para el inversor extranjero.

4. — Colaborar en la formulación de políticas comerciales competitivas, que permitan canalizar el esfuerzo productivo nacional, regional, provincial y municipal hacia mercados no tradicionales.

5. — Asesorar en los cursos de acción a seguir en materia de comercio exterior en su relación con los mercados de producción locales.

6. — Coordinar y desarrollar estudios destinados a la evaluación de la situación del comercio internacional, en sus aspectos reales y financieros y su relación con la política económica general y con la comercial externa en particular.

7. — Participar conjuntamente con otros organismos del Estado Nacional, Provincial, Entes Regionales y Municipios, de las políticas de fomento del comercio exterior en su relación con la expansión de sus mercados en el Mercosur u otras zonas de integración regional.

8. — Producir los diagnósticos necesarios que sean de utilidad para la planificación estratégica regional y provincial en relación con los nuevos roles a asumir en el contexto del Mercosur y de otros espacios de integración.

9. — Participar en el diseño de las políticas de desregulación establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la desregulación de procedimientos internos de la Administración Pública Nacional, que coadyuven al logro de la promoción de las inversiones extranjeras, como en lo relativo al funcionamiento de la economía privada.

 

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

SUBSECRETARIA DE PRODUCCION Y ALIMENTOS

OBJETIVOS

1.- Asistir en la ejecución de planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, forestal y de la caza, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

2.- Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la cadena agroalimentaria, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

3.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo, promoción y calidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario, de origen animal y/o vegetal.

4.- Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.

5- Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la coordinación de las relaciones entre los organismos descentralizados, en especial el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

2.- Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la promoción de la utilización y conservación de los recursos pesqueros destinados a la producción.

3.- Proponer y ejecutar medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las exportaciones con valor agregado, sin afectar la conservación de los recursos.

4.- Cocrdinar la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar y asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

5.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la coordinación de la relación entre el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA Y REGIONAL

OBJETIVOS

1.- Asistir en todos los temas vinculados al relacionamiento externo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, tanto bilateral como multilateral, participando en los procesos de integración regional, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo del MERCOSUR y el ALCA.

2.- Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que afectan el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y acuícolas.

3.- Efectuar propuestas de políticas impositiva, financiera, arancelaria y de ocupación de mano de obra para las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y acuícolas.

4.- Realizar la propuesta y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.

5.- Asistir y coordinar las actividades de cooperación técnica internacional y de financiamiento externo.

6.- Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional, sectorial y rural.

7.- Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la economía agropecuaria.

8.- Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción y servicios agropecuarios y forestales.

9.- Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento de las actividades de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

 

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.

2.- Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

3.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

4.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

5.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

6.- Asistir en la coordinación de las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E., la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.

2.- Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

OBJETIVOS

1.- Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los Objetivos y metas previstos.

4.- Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

6.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7.- Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.

ANEXO II

XV - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

 

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

6. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

7. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

8. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

9. Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del Ministerio de Infraestructura y Vivienda, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el Honorable Congreso de la Nación y el Poder Judicial de la Nación, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

 

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS:

1. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras de infraestructura, viales, públicas e hídricas y coordinar los planes, programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2. Entender en la formulación de las políticas habitacionales y de desarrollo urbano a nivel nacional y en la elaboración, realización y financiación de programas de vivienda del Sector Público Nacional o Provincial.

3. Intervenir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

4. Entender en las negociaciones de los contratos de concesiones de obras y servicios públicos correspondientes a la Secretaría, presentes o futuros, entre el Estado Nacional y los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los intereses de la Nación.

5. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.

6. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente, en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen de tarifas, cánones, aranceles y tasas -con la intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA- y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

7. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

8. Asistir al Ministro de Infraestructura y Vivienda en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, con la debida intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA.

9. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.

10. Entender en todo lo relacionado con el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLICAS y supervisar el accionar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION.

11. Proponer la designación de los representantes del Estado Nacional en el TRIBUNAL ARBITRAL DE OBRAS PUBLICAS y el de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION.

12. Asistir al Ministro de Infraestructura y Vivienda en todo lo vinculado con las competencias asignadas por el Tratado de YACYRETA a la entonces AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO -hoy en liquidación-, que fueran específicamente transferidas a la Jurisdicción por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

13. Entender en la adopción de medidas para la defensa de cursos de agua y avenamientos y zonas inundables e insalubres.

14. Intervenir en la compatibilización de la navegabilidad de los cursos de agua, con su aprovechamiento como fuente de energía, riego y consumo.

15. Intervenir en la legislación, reglamentación y fiscalización de los sistemas de reajuste del costo de las obras, los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional.

16. (Objetivo derogado por art. 2° del Decreto N°1450/2001 B.O. 12/11/2001. Por art. 1 del Decreto N°1044/2001 B.O. 17/8/2001 se transfirió el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura regional del ámbito del Ministerio de Infraestructura y Vivienda al de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, con su respectivo Consejo de Administración , dotación y patrimonio.)

17. Supervisar el accionar del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

18. Ejercer y coordinar la representación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales en el área de su competencia, y coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera.

19. Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

20. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/ o licitaciones, como así también en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones para la ejecución de obras o contrataciones de programas de su competencia.

21. Entender en los estudios e investigaciones destinados a la prevención del riesgo sísmico a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION SISMICA.

22. Entender en la propuesta de políticas relativas a la construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y conservación de monumentos históricos nacionales.

23. Entender en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.

24. Entender en los programas y acciones vinculadas a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de agua sucesivos y contiguos y regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, representando al Estado Nacional en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.

25. Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados y desconcentrados del ámbito de su competencia.

26. Atender los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

(Sustituidos por art.1 Decreto Nacional N°772/2000 8/9/2000)

 

OBJETIVOS:  ( sustituidos por art. Decreto Nacional N°772/2000 8/9/2000)

1. Asistir en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.

2. Elaborar y ejecutar programas y acciones vinculadas a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de agua sucesivos y contiguos y regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, participando en la representación del Estado Nacional en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.

3. Formular y ejecutar programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura, usos y efectos, como así también de servicios vinculados a los recursos hídricos en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal e implementar los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad.

4. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones de obras hídricas o contrataciones, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

5. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

6. Intervenir en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría.

7. Ejecutar la política nacional de prestación de los servicios públicos y de abastecimiento de agua potable, evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.

8. Coordinar y proponer la adopción de medidas para la defensa de cursos de agua y avenamientos y zonas inundables e insalubres.

9. Intervenir en la compatibilización de la navegabilidad de los cursos de agua con su aprovechamiento como fuente de energía, riego y consumo.

10. Supervisar el accionar del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO; del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS y del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE; coordinar el COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZARIACHUELO y participar en las actividades del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS; de la COMISION DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAY-PARANA; de la COMISION REGIONAL DEL RIO BERMEJO; del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN y NEGRO.

11. Ejercer las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de Servicio Público celebrado entre el Gobierno Nacional y AGUAS ARGENTINAS S.A. que fuera aprobado por Decreto N° 787/93, en el marco de la Ley N° 23.696.

12. Proponer, por la vía correspondiente, al PODER EJECUTIVO NACIONAL el delegado del Gobierno Nacional ante el Comité Ejecutivo del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO y ante el Comité Ejecutivo de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN Y NEGRO, así como a la autoridad que, de acuerdo con el Estatuto de la COMISION REGIONAL DEL RIO BERMEJO, debe designar el representante del Gobierno Nacional ante el Directorio de dicha Comisión.

13. Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

 

 

OBJETIVOS: (Sustituidos por art. Decreto Nacional N°772/2000 8/9/2000)

1. Asistir en la elaboración y ejecución de la política nacional de obras públicas y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de las obras públicas no hídricas y viales, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática de las áreas de su competencia.

2. Formular y ejecutar programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a obras públicas no hídricas, como así también en obras viales, en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, promoviendo los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad.

3. Programar y efectuar la evaluación y control de las inversiones en obras públicas no hídricas y obras viales, del ámbito de su competencia.

4. Coordinar y conducir todo lo vinculado con el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLICAS y supervisar el accionar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION.

5. Planificar, dirigir y efectuar el control de las actividades destinadas a la restauración, conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales y en la administración de las obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.

6. Dirigir y coordinar las negociaciones de los contratos de concesiones de obras públicas no hidráulicas y obras viales, presentes o futuras, entre el Estado Nacional y los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los intereses de la Nación, como así también realizar los estudios de interpretación y la adecuación de los contratos de concesión de los corredores viales.

7. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones de obras públicas no hídricas y viales o contrataciones, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

8. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

9. Intervenir en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría.

10. Coordinar la ejecución, por sí o por medio de terceros, de las obras públicas no hidráulicas y de las obras viales, en el área de su competencia.

11. Supervisar el accionar del ORGANO DE CONTROL CONCESION OBRA CONEXION FISICA ROSARIO (SANTA FE) - VICTORIA (ENTRE RIOS).

12. Elaborar la legislación y reglamentación y fiscalizar los sistemas de reajuste del costo de las obras y los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional.

13. Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

 

OBJETIVOS: (Sustituidos por art. Decreto Nacional N°772/2000 8/9/2000)

1. Asistir en la formulación de las políticas habitacionales y de desarrollo urbano a nivel nacional y en la elaboración, realización y financiación de programas de vivienda del Sector Público Nacional o Provincial.

2. Intervenir en la obtención y administración de los recursos destinados a los programas de vivienda, en particular para sectores de menores recursos, como así también en el desarrollo de los asentamientos humanos.

3. Intervenir en la promoción del desarrollo de técnicas y sistemas de construcción de viviendas y obras para el desarrollo de los asentamientos humanos.

4. Coordinar la ejecución de las políticas habitacionales que haya fijado el Ministro de Infraestructura y Vivienda y supervisar su ejecución.

5. Promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda.

6. Asistir en la coordinación y fiscalización de la ejecución que realicen el Estado Nacional, las Provincias, Municipios y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en lo concerniente a los planes de vivienda y el planeamiento urbano, acorde con el régimen de asentamiento humano que establezca la política de ordenamiento territorial.

7. Intervenir en la promoción de los sistemas de vivienda industrializados.

8. Asistir en las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio y la ejecución de los programas y de las actividades de su competencia y en particular los que hacen al cumplimiento de los objetivos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA.

9. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones para la ejecución de obras o contrataciones de programas habitacionales y de asentamiento humano, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

10. Intervenir en la elaboración, realización y financiación de obras de urbanización, de infraestructura, de servicios, de equipamiento comunitario y otras complementarias destinadas al desarrollo de programas de vivienda del Sector Público Nacional, Provincial o Municipal.

11. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

12. Integrar la conducción de la CORPORACION ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD DEL ESTADO y supervisar, en lo que hace a su competencia, el funcionamiento de la misma.

13. Integrar el Directorio del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES.

 

 OBJETIVOS: (Sustituido por art.1 Decreto Nacional N°772/2000 B.O. 8/9/2000)

1. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas en materia de comunicaciones, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.

2. Coordinar y generar, dentro del marco de su competencia, propuestas sobre políticas a aplicar en el ámbito de las telecomunicaciones y actividades postales de la Nación, tendientes a lograr la actualización tecnológica de dichos servicios.

3. Coordinar y supervisar la ejecución por parte del ente de control correspondiente a cada área de su dependencia, las políticas que en materia de telecomunicaciones o postal haya fijado el Ministro de Infraestructura y Vivienda.

4. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma, como así también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

5. Coordinar y generar propuestas sobre el desarrollo de mecanismos y sistemas, para la protección de los derechos de los clientes y usuarios, en materia de telecomunicaciones y postal.

6. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.

7. Asistir al Ministro de Infraestructura y Vivienda en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, con la debida intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA.

8. Elaborar los proyectos de reglamentos generales para la prestación de los servicios de telecomunicaciones y postales previstos en los respectivos marcos regulatorios y en particular: los Reglamentos Generales de Clientes del Servicio Básico Telefónico; de Gestión y Servicios Satelitales; de Clientes de Operadores Independientes y Cooperativas; de Calidad del Servicio Básico Telefónico; de Sanciones a Operadores Independientes; de Clientes de Servicios de Telefonía Móvil; el previsto en el punto 7.9, tercer párrafo, del Pliego de Bases y Condiciones aprobado mediante Decreto N° 62/90 y sus modificatorios; de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico; de Licencias para Operadores del Servicio Telefónico Nacional e Internacional; de Información Económica, Contable y de Costos de las Licenciatarias del Servicio Básico Telefónico y sus compañías vinculadas; de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones; de Servicios de Telecomunicaciones Móviles por Satélite; de Tasas, Derechos, Aranceles y Cánones por Uso del Espectro Radioeléctrico; de Selección de Corresponsales en el Exterior para la Prestación de Servicios Internacionales; de Telefonía Pública y Domiciliaria para Personas Hipoacúsicas o con Impedimento de Habla; del Servicio de Radioaficionados y de Interconexión.

9. Aprobar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones para el otorgamiento de licencias de nuevos servicios de telecomunicaciones.

10. Entender en el otorgamiento y declaración de la caducidad de las licencias de servicios de telecomunicaciones, excluidos los de radiodifusión, a las que no corresponda régimen de exclusividad; otorgar las previstas por el punto 8.10 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 62/90 y sus modificatorios y otorgar y declarar la caducidad de las autorizaciones o permisos, pudiendo delegar facultades en las autoridades superiores de los entes de su dependencia.

11. Aprobar el "Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico de la REPUBLICA ARGENTINA".

12. Ejercer la representación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales de telecomunicaciones y postales, coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera, y ejercer las atribuciones de signatario y parte de INTELSAR e INMARSAT.

13. Aprobar y administrar los planes técnicos fundamentales y las normas de interconexión a los que se refiere el artículo 6°, incisos c) y n) del Decreto N° 1185/90 y sus modificatorios.

14. Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

(Nota Infoleg: Se transfirieron a la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA las competencias asignadas en los numerales 6 y 8 del Anexo II del presente Decreto correspondientes a la SECRETARIA PARA LA TECNOLOGIA, LA CIENCIA Y LA INNOVACION PRODUCTIVA, por art. 8° del Decreto N° 243/2001 B.O. 2/3/2001, las cuales se transcriben a continuación:

"- Formular y ejecutar una política activa en el ámbito de la difusión de la información, que, entre otros, permita asegurar la interoperabilidad e interconexión de las infraestructuras, servicios y aplicaciones informáticas; estructurar un servicio público más eficaz, automatizando y centralizando para federalizar recursos, y lograr la convergencia de infraestructura para proporcionar acceso general a las redes electrónicas.

- Atraer a su órbita de competencia la promoción y control de las actividades de experimentación de los particulares, entre ellas la de los radioaficionados.")

 

OBJETIVOS: (Objetivos de la Secretaría así como de sus subsecretarías dependientes, sustituidos por art. 5° del Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001)(Secretaría de Transporte Aerocomercial trasladada al ámbito del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte por Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001.)

1. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de transporte terrestre, fluvial y marítimo y actividades portuarias y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

2. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo en materia de transporte internacional, orientados a una adecuada coordinación con los demás países y, en especial, a favorecer la integración latinoamericana.

3. Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte elaborando las medidas y coordinando las acciones que permitan el desarrollo de los modos terrestre, fluvial y marítimo, así como del transporte multimodal, en condiciones de eficiencia, de conformidad con la legislación y la normativa vigente. Promover los estudios y acciones que tiendan al perfeccionamiento del sistema.

4. Entender en el funcionamiento del Registro de Operadores de Transporte Multimodal.

5. Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos vinculados al área de su competencia, asegurando la calidad del servicio y la protección al usuario en condiciones razonables de economicidad.

6. Asistir al Ministro de infraestructura y Vivienda en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, con la debida intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA.

7. Coordinar la elaboración de políticas y ejecución de acciones en materia de seguridad vial.

8. Coordinar con el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y las restantes autoridades aeroportuarias, las actividades referidas a la prestación de los servicios de apoyo al transporte aerocomercial y al desarrollo de la infraestructura aeronáutica.

9. Ejercer facultades de supervisión respecto del accionar de los organismos descentralizados de su órbita: COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS; respecto del funcionamiento de las empresas de cuyo capital social el Estado Nacional tiene participación accionaria: FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA; NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA; FERROEXPRESO PAMPEANO CONCESIONARIA SOCIEDAD ANONIMA; FERROSUR- ROCA SOCIEDAD ANONIMA; FERROCARRIL MESOPOTAMICO URQUIZA SOCIEDAD ANONIMA; BUENOS AIRES AL PACIFICO SAN MARTIN SOCIEDAD ANONIMA; BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA; INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL; ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO —en liquidación— y también respecto de la COMISION DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAY-PARANA.

10. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

11. Intervenir en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con autoridades del transporte de los demás países, necesarias para la elaboración de los instrumentos de regulación del transporte con los mismos.

12. Intervenir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que países y organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de objetivos y políticas de la Secretaría.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y control de las políticas, planes y programas referidos a transporte terrestre, de carga y de pasajeros interno e internacional.

2. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario, su adecuación a la operación del transporte multimodal y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

3. Elaborar y proponer políticas sobre permisos y/o concesión de explotación de los servicios de transporte terrestre.

4. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

5. Asistir en la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y del funcionamiento de las empresas de cuyo capital social el Estado Nacional tiene participación accionaria: FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA; NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA; FERROEXPRESO PAMPEANO CONCESIONARIA SOCIEDAD ANONIMA; FERROSUR- ROCA SOCIEDAD ANONIMA; FERROCARRIL MESOPOTAMICO URQUIZA SOCIEDAD ANONIMA; BUENOS AIRES AL PACIFICO SAN MARTIN SOCIEDAD ANONIMA y BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.

6. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

7. Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con autoridades de transporte terrestre, provinciales o de otros países.

8. Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, FLUVIAL Y MARITIMO

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y control de las políticas y planes referidos al transporte fluvial y marítimo y a la actividad portuaria y las vías navegables.

2. Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte fluvial y marítimo.

3. Ejercer las responsabilidades y funciones de la autoridad portuaria nacional.

4. Elaborar y proponer políticas sobre concesión de puertos, servicios portuarios y mantenimiento de las vías navegables.

5. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada a las acciones de su competencia.

6. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

7. Asistir en la supervisión del funcionamiento de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO —en liquidación—, empresa de cuyo capital social el Estado Nacional tiene participación accionaria, y de la COMISION DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAY-PARANA.

8. Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con autoridades del transporte fluvial y marítimo y de la actividad portuaria y las vías navegables.

 

OBJETIVOS: (Sustituido por art. 1 Decreto Nacional N°772/2000 8/9/2000)

1. Entender en la planificación de obras públicas, transporte, vivienda y recursos hídricos, con la intervención de las áreas competentes.

2. Entender en todo lo vinculado con la programación y articulación de proyectos de la Jurisdicción a nivel internacional, nacional, regional, provincial y privado.

3. Entender y coordinar el diseño del Banco de Proyectos de Inversión pública y privada de la Jurisdicción.

4. Entender en el diseño y actualización del sistema de información de la Jurisdicción.

5. Coordinar con las dependencias competentes del MINISTERIO DE ECONOMIA y de los otros Ministerios todos los aspectos vinculados con la programación de proyectos de la Jurisdicción.

6. Entender y coordinar la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera disponible para el financiamiento de proyectos de la Jurisdicción, provenientes de organismos multilaterales y bilaterales de crédito, como así también de financiamiento proveniente del sector privado nacional e internacional.

7. Entender en la auditoría, coordinación y supervisión de las actividades que desarrollan en el ámbito de la Jurisdicción las Unidades Ejecutoras de los proyectos que cuenten con financiamiento de organismos multilaterales y bilaterales de crédito.

8. Entender en el análisis de los estudios de viabilidad de los proyectos de infraestructura de inversiones de riesgo, presentados a través de la modalidad de iniciativa privada.

9. Intervenir en la formulación de políticas y estrategias a desarrollar e implementar en todo lo relacionado con las actividades de los Entes Reguladores de servicios concesionados y empresas privatizadas, con la debida intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas.

10. Intervenir en la formulación y evaluación de los proyectos de inversión internacional, nacional, regional, provincial y municipal, vinculados con servicios y/o empresas concesionadas y/o privatizadas.

11. Intervenir en el diseño de la política nacional en materia de fletes, tarifas, peajes, cánones de servicios y empresas concesionadas y/o privatizadas.

12. Intervenir en el desarrollo y ejecución de las medidas resultantes de programas que tengan como objetivo el incremento en los índices de eficiencia de los organismos de la Jurisdicción.

13. Ejercer la representación de la Jurisdicción ante los organismos y entidades multilaterales y bilaterales de crédito, como así también vinculadas con las áreas de su competencia y coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera.

14. Integrar el Directorio del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES.

 

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas sectoriales.

2.- Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano y largo plazo.

3.- Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético, asistir en la elaboración de las propuestas relativas a las normativas específicas para las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental en coordinación con las áreas competentes y promocionar programas conducentes al uso racional de la energía y al desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.

SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución.

2.- Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.

3.- Promover y supervisar la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera.

4. Asistir y asesorar a la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA en el ejercicio del poder de policía en materia de gas licuado envasado.

SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA

SUBSECRETARIA DE MINERIA

OBJETIVOS

1.- Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la Nación, tendiendo al aprovechamiento, uso racional y desarrollo de los recursos geológico-mineros.

2.- Promover y coordinar la política tecnológico-minera, estableciendo las medidas tendientes al desarrollo e incorporación de nuevas tecnologías.

3.- Centralizar la información elaborada por los organismos incorporados al sistema del Banco Unico de Datos Geológico-Minero y coordinar y planificar las tareas de recepción, procesamiento y difusión del material, siendo responsable de su custodia, preservación e inventario.

4.- Participar en la política de integración regional y dinamización nacional en todo lo referido a recursos geológico-mineros, coordinando con los organismos competentes la política arancelaria y de comercialización de productos minerales.

5.- Asistir al Secretario de Energía y Minería en lo vinculado con el SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).

6.- Proponer, ejecutar y controlar los servicios públicos geológico-mineros, tendiendo a la consolidación y desarrollo de la inversión privada en el sector.

 

ANEXO II

XVI - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N°1162/2001 B.O. 14/9/2001)

• SUBSECRETARIA DE COORDINACION

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio fmanciero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos e informáticos.

6. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

• SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los planes, programas y políticas relativas a la promoción y defensa de los derechos humanos.

2. Intervenir en materia de derechos humanos, su promoción y reafirmación en la sociedad y en los Poderes públicos.

3. Coordinar todo lo relacionado con el cumplimiento de las normas que reconozcan y reglamenten los derechos humanos en el país, promover la difusión de su conocimiento, prevenir eventuales violaciones y formular las denuncias pertinentes.

4. Formular políticas, proyectar normas y ejecutar programas que garanticen la igualdad de oportunidades y la no discriminación de grupos o personas.

• SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la administración y funcionamiento del Servicio Penitenciario Federal, política y programas penitenciarios, reforma penitenciaria, ejecución penal y readaptación social.

2. Dirigir la elaboración y ejecución del plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del Servicio Penitenciario Federal.

3. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculados con la problemática penitenciaria, el sistema penitenciario y la política de readaptación social, planificar los programas y ejecutar las acciones.

4. Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en el área de su competencia.

5. Coordinar las acciones con los servicios penitenciarios provinciales.

6. Promover el desarrollo de los patronatos de liberados.

7. Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

8. Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial los países limítrofes en materia de ejecución penal, promoviendo asimismo actividades conjuntas de investigación, capacitación y entrenamiento en materia penitenciaria y de readaptación social.

• SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura.

2. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el Congreso de la Nación.

3. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria y supervisar su funcionamiento.

4. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional,

5. Planificar y coordinar las actividades de los Registros a cargo del Ministerio como autoridad de aplicación.

6. Desarrollar actividades de colaboración en materias de su competencia con las provincias y organismos oficiales y privados, mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

7. Entender en la coordinación de la gestión encomendada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el artículo 33 bis de la Ley N° 23.737 incorporado por el artículo 12 de la Ley N° 24.424.

8. Intervenir en la substanciación de sumarios administrativos.

9. Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional para aconsejar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

10. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.

11. Coordinar las acciones del Sistema Argentino de Informática Jurídica.

12. Intervenir en la elaboración de proyectos normativos relativos a la integración jurídica con otros países y en las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

13. Elaborar anteproyectos de reforma y actualización de textos legales y de normas reglamentarias, entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas y organizar el trabajo de las comisiones que se creen con esa finalidad.

14. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

• SUBSECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

1. Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos en el análisis de los asuntos sometidos a su consideración.

2. Asistir en los temas vinculados con los Registros dependientes del área.

3. Asesorar en la celebración de convenios para la cooperación jurídica y ejecutar las acciones correspondientes.

4. Instruir sumarios administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico vigente.

5. Participar en los estudios relacionados con los proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional, asistiendo al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos en la intervención que le compete en ese aspecto.

• SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

1. Diagramar la política criminal de la Nación y formular planes y programas específicos en la materia.

2. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referidas a cuestiones de política criminal.

3. Participar en la elaboración de anteproyectos legislativos en materia de política criminal.

4. Atender los temas relacionados con las funciones que la Ley N° 24.417 de protección contra la violencia familiar y su Decreto Reglamentario N° 235/96, asignan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con el Cuerpo Interdisciplinario en Violencia Familiar creado por el citado Decreto.

5. Desarrollar actividades de colaboración en materia de su competencia con otros organismos oficiales mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

6. Coordinar las acciones relativas al programa de protección de testigos.

7. Atender los temas relacionados con el Registro Nacional de Reincidencia.

8. Promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en especial los países limítrofes, en materia de política criminal, promoviendo asimismo actividades conjuntas de investigación y capacitación en materia político-criminal.

ANEXO II

XVII MINISTERIO DE EDUCACION

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Entender en el control de los fondos transferidos a las distintas Jurisdicciones mediante la solicitud de informes a las áreas responsables de su implementación.

5. Entender en la obtención de los recursos humanos, económicos, financieros, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción desarrolladas a través de las unidades organizativas de las distintas categorías programáticas.

6. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.

7. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos. Desarrollar programas de mejora continua de la calidad a fin de mejorar la eficiencia y eficacia de la jurisdicción .

8. Coordinar el servicio Jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

9. Atribuir a los letrados del servicio Jurídico permanente y a los procuradores fiscales del interior del país, el carácter de representante en juicio y, en su caso, revocar dicha atribución.

10. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

11. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

 

SECRETARIA DE EDUCACION BASICA

1. Formular y desarrollar los lineamientos de transformación del sistema educativo en lo atinente a la educación básica (inicial, educación general básica, polimodal e institutos de formación docente), orientada a la aplicación de la Ley Federal de Educación.

2. Efectuar la evaluación del funcionamiento del sistema educativo nacional básico y la aplicación de las políticas de transformación.

3. Brindar asistencia técnica y financiera a los gobiernos provinciales y al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

4. Diseñar y gestionar los programas y proyectos jurisdiccionales a nivel nacional.

5. Ejecutar programas de compensación de desigualdades sociales y desequilibrios regionales, orientados hacia la equidad educativa.

6. Participar en la elaboración de los contenidos de la formación técnica y profesional y los criterios para la implementación de un sistema nacional de competencias en lo que a educación básica se refiere, los que serán acordados en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.

7. Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de educación básica del sistema educativo, para asegurar la adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y productivas, a través de la coordinación y articulación federal con programas de apoyo, compensación y estímulo.

8. Aplicar las normas generales sobre equivalencia de títulos y de estudios, emanadas del Ministerio de Educación y establecer la validez automática de los planes concertados en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.

 

SUBSECRETARIA DE EDUCACION BASICA

1. Coordinar el análisis, evaluación y seguimiento del desempeño del Sistema Educativo Nacional y la aplicación de las políticas de transformación, promoviendo la elaboración de sistemas, instrumentos e indicadores de evaluación de la calidad educativa, incluyendo pruebas internacionalmente comparables.

2. Coordinar el análisis, evaluación y seguimiento de los programas que se instrumenten desde el Ministerio de Educación en el área de su competencia, y los relacionados con el mejoramiento de la calidad educativa.

3. Elaborar informes y diagnósticos del sistema educativo nacional en el área de su competencia, proponiendo alternativas de mejora de la calidad educativa.

4. Promover la organización y coordinar una Red Federal Educativa que provea los datos necesarios para la evaluación de la gestión y los resultados del Sistema Educativo Nacional.

5. Formular y desarrollar las pautas y lineamientos, en el ámbito de su competencia, orientada a la aplicación de la Ley Federal de Educación.

6. Coordinar el desarrollo y la prestación de programas y servicios compensatorios a nivel Jurisdiccional.

7. Ejecutar programas nacionales especiales y atender necesidades socioeducativas de emergencia.

8. Brindar y coordinar la asistencia técnica y financiera a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, para la ejecución de los programas y proyectos de la Secretaría.

9. Coordinar y administrar el funcionamiento de un sistema de becas tendiente a nivelar las posibilidades de acceso a los distintos niveles de la enseñanza definidos por la Ley Federal de Educación, en lo atinente a la educación básica.

10. Intervenir en la gestión de los fondos transferidos a las distintas jurisdicciones, en función de la transferencia de los servicios educativos (Ley Nº 24.049) y del Pacto Federal Educativo, en lo referido al equipamiento e infraestructura escolar.

 

SECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR

1. Elaborar, ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos de desarrollo del sistema de educación superior y promover la evolución y mejoramiento de la calidad de la enseñanza, la investigación y la extensión.

2. Diseñar y ejecutar políticas y estrategias de mejoramiento de la eficacia y eficiencia del sistema de educación superior y de asignación y empleo de los recursos económico-financieros en las universidades nacionales.

3. Entender en la interpretación y la aplicación de las normas referidas al sistema de educación superior, al reconocimiento oficial y validez nacional de estudios y títulos, al seguimiento y fiscalización de las instituciones universitarias privadas y a la convalidación de títulos expedidos por universidades de otros países.

4. Diseñar políticas y estrategias y administrar un sistema de información que permita revelar y procesar datos del sistema de educación superior para su utilización por las instituciones que lo integran y las autoridades sectoriales responsables.

5. Asistir al Ministro de Educación en la coordinación del sistema de educación superior en los programas de asistencia y financiamiento externo.

6. Promover y mantener relaciones institucionales entre los diferentes componentes del sistema de educación superior y con sectores vinculados directa o indirectamente con él.

7. Desarrollar políticas y estrategias para la articulación regional de las instituciones que forman parte del sistema de educación superior y de éste con la comunidad.

8. Desarrollar políticas tendientes a fomentar actividades de investigación, desarrollo tecnológico y vinculación de las universidades con los sectores público y privado.

9. Desarrollar y promover mecanismos de cooperación entre el sistema universitario de educación y sistemas e instituciones del exterior, participando en los procesos de integración e intercambio a nivel nacional e internacional y conducir su implementación en el ámbito de su competencia.

10. Elaborar y proponer políticas referentes al ingreso a las instituciones de educación superior de postulantes extranjeros, así como para el reconocimiento de estudios y títulos de otros países.

11. Participar en el análisis de los proyectos de tratados internacionales referentes a la educación superior.

12. Diseñar y proponer estrategias y metodologías para la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente en materia de educación superior.

13. Supervisar el accionar de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.

14. Participar en la elaboración de los contenidos de la formación técnica y profesional y los criterios para la implementación de un sistema nacional de competencias, en lo que atañe a la educación superior, los que serán acordados en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.

15. Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de educación superior del sistema educativo, para asegurar la adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y productivas, a través de la coordinación y articulación federal con programas de apoyo, compensación y estímulo.

 

SECRETARIA PARA LA TECNOLOGIA, LA CIENCIA Y LA INNOVACION PRODUCTIVA (Secretaría incorporada, transferida del ámbito de la Presidencia de la Nación a la órbita del Ministerio de Educación por art. 1° del Decreto N°250/2001 B.O. 6/3/2001)

OBJETIVOS

1. Formular políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y funcionamiento de un Sistema Tecnológico y Científico Nacional que articule todos los organismos y recursos del sector en función de los objetivos y políticas nacionales de desarrollo, teniendo como meta básica elevar la capacidad nacional de generar tecnología e incorporarla a los bienes y servicios que se producen y exportan.

2. Supervisar el accionar del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET); y la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

3. Establecer formas efectivas de colaboración, complementación y apoyo entre el Sistema Tecnológico y Científico Nacional y el sector privado.

4. Priorizar la utilización del sistema de propiedad industrial como herramienta de desarrollo tecnológico y económico.

5. Impulsar y promover la Investigación y Desarrollo y la diseminación y aplicación de sus resultados.

6. Elaborar un plan nacional plurianual de tecnología y ciencia y sus reformulaciones.

7. Elaborar diagnósticos, informes e instrumentos de política para el desarrollo de la tecnología, la ciencia y la innovación productiva.

8. Realizar evaluaciones periódicas referidas a cumplimiento de objetivos y uso de recursos, procesos institucionales y de gestión y resultados obtenidos por parte de los organismos que actúan en el ámbito de su jurisdicción.

9. Promover, identificar, formular, aprobar, financiar, controlar y evaluar actividades, programas y proyectos de cooperación tecnológica y científica internacional de la República Argentina.

10. Promover el establecimiento de acuerdos de colaboración, cooperación e investigación conjunta con organismos vinculados a la tecnología, la ciencia y la innovación productiva de otros países.

11. Coordinar la cooperación internacional en el ámbito de su competencia.

 

XVIII - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración, de sistemas informáticos y de control de gestión.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, capacitación y comunicaciones.

6. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7. Coordinar el área legal y técnica, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

8. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

 

SECRETARIA DE TRABAJO

1. Conducir el proceso de negociación colectiva en el ámbito general y de las pequeñas empresas y administrar e intervenir en los conflictos laborales buscando su superación en el marco de las normas legales vigentes.

2. Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y convencionales que integran el Derecho Laboral 3. Garantizar la libertad sindical 4. Organizar la gestión de apoyo a los procedimientos prejudiciales conciliatorios, fijando los lineamientos a que se sujetarán las homologaciones de los acuerdos alcanzados y ejercer la superintendencia del Consejo de Trabajo Doméstico

 

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

 

1. Secundar y asistir al Secretario de Trabajo en sus funciones.

2. Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva adquiera particular relevancia, asumiendo en forma directa roles de mediación entre las partes.

3. Dirigir estudios e investigaciones relativos al funcionamiento y tendencia de la negociación y la conflictividad colectivas.

4. Presidir las deliberaciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, asumiendo la representación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS en su seno, de conformidad con la Ley 22.248

 

SECRETARIA DE EMPLEO

1. Diseñar y elaborar políticas y programas para promover el Empleo y la capacitación laboral de los trabajadores y el mejoramiento del mercado de trabajo.

2. Proponer estudios e investigaciones sobre el funcionamiento del mercado de trabajo y la economía, la legislación laboral y la seguridad social y diseñar propuestas de reforma.

3. Entender en la ejecución de los programas de empleo y de capacitación laboral a través de las unidades orgánicas de la Secretaría.

4. Participar en el Consejo Nacional del Empleo de la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil formulando recomendaciones para la elaboración de políticas y programas de empleo y capacitación laboral.

5. Entender en lo concerniente al Sistema Unico de Registro Laboral y la Red de Servicios de Empleo.

6. Aprobar los programas y acciones a ejecutar por parte de las unidades orgánicas de la Secretaría.

7. Dirigir las negociaciones con los organismos Internacionales de crédito destinadas a financiar planes, programas y proyectos relacionados con las reformas del mercado de trabajo y los programas de empleo y capacitación.

8. Entender y coordinar los programas y las acciones tendientes a mejorar la formación de los recursos humanos y su calificación laboral.

 

SUBSECRETARIA DE EMPLEO

1. Proponer políticas y desarrollar programas que faciliten la inserción laboral y mejoren las condiciones de empleabilidad.

2. Estudiar e investigar el funcionamiento del mercado de trabajo y la economía, la legislación laboral y la seguridad social y diseñar propuestas de reforma.

3. Diseñar sistemas nacionales de estadística e información de capacitación laboral, como así también investigaciones sobre las necesidades de capacitación.

4. Supervisar la ejecución de los programas de empleo y de capacitación laboral.

5. Asistir al Secretario en su participación en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil formulando recomendaciones para la elaboración de políticas de empleo y capacitación laboral

6. Asistir al Secretario en las negociaciones con los organismos internacionales de crédito destinadas a financiar planes, programas de empleo y capacitación.

 

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

1. Intervenir en la elaboración primaria de las políticas institucionales jurídicas legislativas y de gestión de la seguridad social y en la creación aplicación y fiscalización de los regímenes de seguridad social.

2. Entender en la formulación, control coordinación y supervisión de la programación económico financiera y presupuestaria de la seguridad social.

3. Intervenir en la elaboración y ejecución de los programas integrados de seguridad social que tiendan a proteger a la población de toda contingencia de carácter social, cualquiera sea su forma de organización y gestión.

4. Ejercer el control de gestión de las actividades atinentes a las prestaciones de la seguridad social y regímenes de riesgos de trabajo, evaluar su desarrollo y resultados y efectuar o promover las correcciones pertinentes.

5. Entender en el dictado con carácter general de normas aclaratorias y de aplicación de las leyes nacionales de seguridad social obligatorias para los organismos de gestión de su Jurisdicción.

6. Coordinar el funcionamiento y representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS en el seno del CONSEJO NACIONAL DE PREVISION SOCIAL.

7. Representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS en el COMITE TECNICO DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y ante el COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

8. Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de la Jurisdicción.

 

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (transferida por art. 1 del Decreto N°1126/2001 B. O. 4/9/2001 del Ministerio de Economía al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos)

OBJETIVOS

1. — Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

2. — Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Pequeñas y Medianas Empresas dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.

3. — Intervenir en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Pequeñas y Medianas Empresas, alentando su productividad y competitividad, preservando el medio ambiente.

4. — Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Pequeñas y Medianas Empresas en todas sus ramas dentro del marco de la política general.

5. — Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Pequeñas y Medianas Empresas.

6. — Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que promuevan a las Pequeñas y Medianas Empresas, faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica, la formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y profesionales.

7. — Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

8. — Promover el financiamiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y aplicar las normas previstas en la Ley Nº 24.467 en el ámbito de su competencia.

9. — Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en las políticas dirigidas al sector de las Pequeñas y Medianas Empresas a nivel sectorial, regional e internacional.

10. — Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las Pequeñas y Medianas Empresas de manera de identificar las necesidades de asistencia financiera, tecnológicas, ambientales y de capacitación.

11. — Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia las negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de los procesos de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países.

12. — Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.

13. — Participar en la promoción de los consorcios de exportación de Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando su acceso a mercados internacionales, participando en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia.

14. — Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando los trámites necesarios para la realización de las mismas, en un accionar coordinado con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

15. — Analizar, coordinar y proponer políticas específicas de apoyo a la internacionalización comercial de las Pequeñas y Medianas Empresas, priorizando los mercados de la región.

16. — Contribuir a la consolidación y participación de las Pequeñas y Medianas Empresas en los polos productivos del interior del país y en el desarrollo de los corredores productivos ubicados en las economías regionales y promover su inserción en el mercado internacional.

17. — Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización administrativa en los trámites que las Pequeñas y Medianas Empresas deban realizar ante los organismos del Estado Nacional, especialmente en lo concerniente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y proponiendo en los casos que diere lugar el sistema de ventanilla única.

18. — Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Pequeñas y Medianas Empresas a través de las áreas competentes en la materia.

19. — Establecer delegaciones en las distintas regiones del país con el fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Secretaría y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados vinculados a la actividad de las Pequeñas y Medianas Empresas.

 

XIX - MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de las políticas de recursos humanos, organización de sistemas administrativos e informáticos.

6. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

7. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada tramite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

8. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, y otros actos administrativos que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

 

SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION Y TECNOLOGÍA

1. Entender en la coordinación y conducción de la investigación clínica básica y aplicada en ciencias de la salud.

2. Entender en la aceptación, normalización y supervisión de los proyectos de investigación científica en salud.

3. Supervisar el estricto cumplimiento de las normas a seguir en la investigación científica.

4. Entender en el fomento y promoción de las relaciones de intercambio de investigadores con instituciones científicas del país y del extranjero.

5. Promover la investigación epidemiológica y definir las alternativas de solución para las patologías mas significativas en el país

 

SECRETARIA DE ATENCION SANITARIA

1. Proponer las normas y programas para la atención de la salud de la población comprendiendo la promoción y la protección de la salud, la prevención de las enfermedades, la asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud.

2. Promover la recolección de datos estadísticos y censos para responder con celeridad y eficiencia ante cualquier emergencia sanitaria.

3. Supervisar y coordinar el accionar de los organismos descentralizados de atención de la salud.

4. Desarrollar los programas de carácter nacional referentes a la prevención y promoción

 

SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD

1. Entender en la formulación, programación y coordinación de acciones en el primer nivel de atención.

2. (Modificado: objetivo n° 2 trasladado a la Subsecretaría de Programas de Prevención y Promoción de la Secretaría de Atención Sanitaria, por Decreto N° 1106/2000 B.O. 30/11/2000)

3. Promover la realización de programas de primer nivel de atención y coordinar las acciones correspondientes.

 

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

1. Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales prioritarios encuadrados en las políticas específicas definidas.

2. Programar y coordinar las acciones relacionadas con el proceso de transformación del modelo de atención médica.

3. Proponer y conducir las acciones tendientes a garantizar la calidad de la atención médica.

4. Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y adolescente.

5. Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de vacunación y campañas de inmunización. (Modificado: objetivo incorporado por Decreto N° 1106/2000 B.O. 30/11/2000)

 

SECRETARIA DE POLITICAS Y REGULACION SANITARIA

1. Asistir al Ministro de Salud en la gestión operativa e Institucional, en la elaboración de políticas de salud, y en la planificación sanitaria.

2. Entender en la regulación y fiscalización sanitaria, en el registro de normas y en la preparación de cuerpos ordenados de las mismas.

3. Entender en materia de Sistema de Obras Sociales y en todo lo que no se encuentre delegado expresamente en esta materia en otros organismos.

4. Supervisar el accionar de la Superintendencia de Servicios de Salud.

5. Entender con la problemática relacionada con la infraestructura, equipamiento, aparatos, drogas, medicamentos y alimentos, conforme a la normativa vigente.

6. Entender en las relaciones y normativa de las entidades de medicina prepaga.

7. Entender en la cooperación técnica, en los convenios sanitarios internacionales, en las relaciones con los organismos internacionales de salud.

8. Entender en la conducción de las actividades del Consejo Federal de Salud y en la coordinación de las Delegaciones Sanitarias Federales.

 

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION, CONTROL, REGULACION Y FISCALIZACIÓN

1. Asistir en la planificación sanitaria global, realizar el control de gestión de planes, programas y proyectos que se ejecuten en función de lo planificado, evaluando los resultados e impacto social de los mismos y brindar la apoyatura técnica a las reuniones del Gabinete Ministerial.

2. Entender en la organización de las estadísticas de salud y los estudios de los recursos disponibles, oferta demanda y necesidad así como en el diagnóstico de situación necesaria de planificación estratégica del sector salud.

3. Coordinar las acciones para el desarrollo de las organizaciones institucionales con organismos dependientes de los poderes Legislativo y Ejecutivo del ámbito Nacional, Provincial y Municipal y con instituciones públicas, privadas y organizaciones no gubernamentales del sector salud.

4. Coordinar la evaluación con las áreas competentes de las distintas jurisdicciones los aspectos normativos y operativos con el fin de mejorar la eficiencia de los programas.

5. Coordinar la elaboración de normas y desarrollo de mecanismos adecuados de fiscalización de los recursos de salud con el fin de garantizar la eficiencia y calidad de los mismos y de los sistemas y servicios de salud.

6. Mantener y actualizar el registro y los controles sanitarios relacionados con la infraestructura, equipamiento, aparatos, drogas, medicamentos y alimentos, conforme a la normativa vigente.

7. Entender en la fiscalización y control de la actualización periódica del registro de los profesionales de la salud, de los establecimientos asistenciales y de otros establecimientos relacionados con la salud.

8. Coordinar la normalización y fiscalización de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y transporte.

9. Normatizar y controlar las actividades relacionadas con los reconocimientos médicos de los agentes de la administración pública nacional.

 

XX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE:

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

6. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

7. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

8. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

9. Orientar y coordinar con las restantes jurisdicciones y con los Organismos Internacionales, la gestión de los proyectos de cooperación técnica del Ministerio en el marco de las pautas acordadas con los Ministerios con competencia primaria en materia de financiamiento y política de cooperación internacional.

10. Controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por Organismos del Estado Nacional, Estados Provinciales y/o Municipales y Organismos Descentralizados y/o autónomos en lo relativo a proyectos internacionales en el área de competencia del Ministerio.

11. Asistir al Ministro de Desarrollo Social y Medio Ambiente en el seguimiento, la evaluación y el control estratégico de la ejecución de las políticas, programas y proyectos del Ministerio.

 

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES

1. Planificar y fiscalizar todo lo relativo a la promoción, integración y desarrollo de los grupos humanos con problemas nutricionales, desarrollo local y mejoramiento de la infraestructura social básica.

2. Coordinar y ejecutar políticas de asistencia para el fortalecimiento de los niveles locales, en forma directa o a través de las provincias, municipios y organizaciones no gubernamentales.

3. Gestionar convenios para la provisión de fondos con las provincias o municipios. Administrar dichos fondos de acuerdo con la ley de administración financiera y de los sistemas de control del sector público.

4. Mejorar las condiciones de vida y el acceso a una alimentación adecuada a los sectores nutricionalmente vulnerables a través del aporte complementario de alimentos u otros medios.

5. Obtener y administrar los recursos destinados a los programas de viviendas sociales, desarrollando técnicas y sistemas para los sectores vulnerables y administrar el Programa Arraigo.

6. Financiar, en el ámbito de su competencia, proyectos de inversión social en localidades y municipios de extrema pobreza que den respuesta a las necesidades más apremiantes de la comunidad.

7. Desarrollar capacidades locales de gestión a través de experiencias participativas y concretas en formulación, gestión y rehabilitación de obras de saneamiento básico, educación y salud y otro tipo de instalaciones menores de tipo comunitario.

 

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social y Medio Ambiente en el diseño de las políticas destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar las acciones tendientes a la integración y desarrollo de sectores comunitarios con problemas sociales comunes en el marco de las políticas sociales.

2. Evaluar y monitorear el seguimiento de las políticas, programas y proyectos sociales vinculados a los objetivos del área en los diversos sectores del país.

3. Programar, ejecutar y controlar actividades tendientes a reactivar conjuntos sociales a través de la paulatina delegación de responsabilidades sociales en la comunidad, siguiendo los principios de subsidiaridad.

4. Mejorar las condiciones de vida de grupos poblacionales específicos como adultos mayores, discapacitados y niños, enfermos crónicos o terminales que se encuentran en situación de riesgo social y facilitar la satisfacción de sus necesidades básicas.

5. Contribuir a disminuir la exposición a riesgo social y mejorar la calidad de vida de los grupos más vulnerables de la población pobre de los grandes aglomerados urbanos y los núcleos de población indígena del país, a través de la implantación de un modelo de gestión participativo a nivel local y la articulación con iniciativas comunitarias basadas en el fortalecimiento de los organismos locales públicos y de la sociedad civil.

6. Diseñar y coordinar la política de promoción y protección de las comunidades indígenas y ejecutar las tareas de asistencia a este grupo social

7. Diseñar y coordinar la política de promoción y protección de personas con necesidades especiales.

8. Diseñar y coordinar la política de promoción integral de la minoridad y la familia.

9. Contribuir a mejorar las condiciones de vida de los niños y adolescentes en circunstancias especialmente difíciles, brindándoles la oportunidad de desarrollar su potencial físico, psicológico y social, orientándolos hacia el ejercicio pleno de sus derechos a través de la ejecución de proyectos por parte de organizaciones no gubernamentales y del fortalecimiento de las áreas gubernamentales provinciales y/o municipales, con incumbencia en la temática de la niñez y adolescencia.

10. Fortalecer la capacidad operativa y de gestión de las organizaciones comunitarias de base a través de la capacitación y del apoyo técnico financiero a las iniciativas que ellas impulsen.

11. Amparar la situación de niños y familias con grave riesgo social para los primeros, como consecuencia del abandono, abuso, maltrato, adicciones y conductas que importen infracción a la ley penal.

12. Elaborar las normas necesarias para el cumplimiento de los objetivos propuestos y que permitan reglamentar las acciones vinculadas a la temática de la juventud.

13. Fortalecer la capacidad de los jóvenes en la formulación y ejecución de proyectos a partir del impulso de prácticas solidarias de grupos juveniles que tengan como objeto el mejoramiento de las condiciones de vida de los sectores sociales en situación de pobreza estructural o vulnerabilidad social.

14. Coordinar las reuniones de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente vinculadas a la temática.

 

SUBSECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL

1. Elaborar planes y programas destinados a planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones destinadas a la promoción, protección, integración y desarrollo de sectores comunitarios con problemas sociales comunes en el marco de las políticas sociales.

2. Planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones destinadas a las temáticas relacionadas con el menor y la familia, las comunidades indígenas y personas con necesidades especiales y otras acciones de protección social.

3. Asistir al Secretario de Desarrollo Social en el diseño de las políticas destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar las acciones tendientes a la integración y desarrollo de sectores comunitarios con problemas sociales comunes en el marco de las políticas sociales.

 

SECRETARIA DE TERCERA EDAD Y ACCION SOCIAL

1. Definir las políticas específicas de promoción, protección, integración social y desarrollo de las personas de la tercera edad.

2. Desarrollar programas que den respuestas a las necesidades detectadas de acuerdo a las prioridades y supervisar su implementación e impacto. Mantener a tal efecto vínculos con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y provinciales, municipales e internacionales.

3. Instrumentar mecanismos que permitan recopilar datos estadísticos que faciliten la adecuada información para definir y desarrollar políticas pertinentes en forma sistemática y consolidada.

4. Elaborar normas que reglamenten las actividades relacionadas con la temática y fiscalizar aspectos tales como la atención médica, las residencias geriátricas y la integración social y el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

5. Prevenir y resolver estados de necesidad social que afectan a personas, grupos y comunidades focalizando la acción en las áreas geográficas de mayor concentración de pobreza y en zonas y grupos sociales que presentan hipótesis de riesgo y/o situaciones de emergencia derivados de siniestros o desastres naturales.

6. Coordinar las acciones de asistencia directa a personas en situación de riesgo social.

7. Coordinar el otorgamiento de subsidios institucionales y la asistencia a poblaciones en situación de emergencia.

 

(Objetivos de la Secretaría de Deporte y Recreación derogados por art. 6° del Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001. La citada Secretará fue trasladada al ámbito del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte. )

SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL

1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social y Medio Ambiente en todo lo inherente a la preservación y recuperación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales renovables tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

2. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales renovables, en su área.

3. Entender en la propuesta y elaboración de los regímenes normativos relativos a la conservación y desarrollo sustentable de los recursos naturales renovables y los referidos a sus restantes fines, a través de la fijación del nivel de su aprovechamiento.

4. Entender en la propuesta y elaboración de las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental.

5. Entender en la propuesta y elaboración de las normas y reglamentos relacionados con la contaminación ambiental, con intervención de los organismos públicos que correspondan.

6. Entender en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la situación ambiental nacional, a nivel regional y de los asentamientos humanos, en coordinación con otros organismos nacionales, provinciales y municipales.

7. Entender en la promoción del desarrollo ambientalmente sustentable de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida, disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

8. Entender en el establecimiento de métodos tendientes a la evaluación y control de la calidad del medio ambiente en los asentamientos humanos, así como indicadores y pautas para verificar el uso de los recursos naturales renovables.

9. Entender en el registro, clasificación, certificación ambiental y fiscalización de los generadores, operadores y transportistas de residuos peligrosos, de conformidad con la legislación nacional y los tratados internacionales vigentes en la materia.

10. Entender en las acciones tendientes a la promoción del desarrollo de la conciencia de la comunidad sobre los problemas ambientales del país, a través de una educación sistemática inserta en los programas regulares de la educación común y de una adecuada difusión por los medios de comunicación social, fomentando una participación activa de sus integrantes en las tareas de preservación y mejoramiento del medio ambiente, en coordinación con los organismos pertinentes.

11. Coordinar con los organismos nacionales y provinciales competentes, la investigación y los programas de educación en las ciencias medio ambientales, promoviendo activamente las más avanzadas experiencias técnicas en el campo del medio ambiente y del desarrollo sustentable.

12. Entender en el establecimiento de un sistema de información al público sobre el estado del ambiente, sobre las políticas que se desarrollen y sus programas respectivos y sobre los temas ambientales, que conduzcan a la realización de audiencias públicas.

13. Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental o vinculadas al desarrollo sustentable y el registro de las mismas, para garantizar la participación ciudadana en los temas de su competencia.

 

SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL

1. Relevar, conservar, recuperar, defender y promover el desarrollo de los recursos naturales renovables, en el ámbito de su competencia.

2. Elaborar regímenes normativos relativos a la conservación y desarrollo sustentable de los recursos naturales renovables y los referidos a sus restantes fines, a través de la fijación del nivel de su aprovechamiento.

3. Intervenir en la elaboración de las normas y reglamentos relacionados con la contaminación ambiental, con intervención de los organismos públicos que correspondan.

4. Asistir en la promoción del desarrollo sustentable de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida, disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

5. Desarrollar metodologías de evaluación y control de la calidad del medio ambiente en los asentamientos humanos, así como indicadores y pautas para verificar el uso de los recursos naturales renovables.

6. Administrar el registro, clasificación, certificación ambiental y fiscalización de los generado res, operadores y transportistas de residuos peligrosos, de conformidad con la legislación nacional y los tratados internacionales vigentes en la materia.

7. Asistir en la promoción de la concientización de la comunidad sobre los problemas ambientales del país, en las tareas de preservación y mejoramiento del medio ambiente, en coordinación con los organismos pertinentes.

8. Promover las relaciones con las organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental o vinculadas al desarrollo sustentable y administrar el registro de las mismas, para garantizar la participación ciudadana en los temas de su competencia.

9. Asesorar en los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios internacionales en los asuntos propios de su área juntamente con las áreas competentes.

 

XXI — MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE. (Apartado incorporado por art. 8 del Decreto N°1612/2001 B.O. 10/12/2001 con sus secretarías y subsecretarías.)

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

5. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

6. Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las áreas que conforman el MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE y las entidades descentralizadas dependientes del mismo.

7. Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos, organización y sistemas administrativos, ordenar la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios, supervisar las actividades correspondientes.

8. Fiscalizar los procesos administrativos y técnicos dirigidos a la percepción, depósito y fiscalización de todos los impuestos, tasas y contribuciones, cuya percepción correspondiera a la jurisdicción.

9. Efectuar el seguimiento de aquellos temas específicos que sean considerados prioritarios por el Ministro de Turismo, Cultura y Deporte, informando su desarrollo y resultados en función de los objetivos y metas fijados.

10. Coordinar con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, tanto públicas como privadas, las acciones que incidan positivamente en el desarrollo de las actividades del Ministerio.

11. Intervenir en la realización de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación, coordinando las actividades previas y la ejecución de los programas de trabajo que de la firma de los mismos se deriven.

SECRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION

1. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deporte en la promoción y desarrollo de las políticas culturales y en las de coordinación de los derechos que le corresponden al PODER EJECUTIVO NACIONAL por su participación en el capital del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, proponiendo las normas que requiera la implementación de una legislación moderna y adecuada y asegurando su cumplimiento.

2. Elevar propuestas de lineamientos y acciones vinculados a la presencia de la cultura argentina en el exterior, a su difusión y a la cooperación internacional en la materia.

3. Elaborar y prom over políticas de participación institucional en la defensa de la identidad cultural nacional.

4. Entender en la difusión en el país y hacia el exterior de los hechos culturales, promoviendo su heterogeneidad.

5. Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura.

6. Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado.

7. Promover y organizar, con las instituciones nacionales y organismos provinciales y municipales competentes en materia de cultura, sistemas conjuntos de programación, organización, asistencia, financiación y fiscalización de las actividades de desarrollo de la cultura.

8. Promover la producción e intercambio del conocimiento científico de temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados.

9. Coordinar las acciones de los entes de nivel central y organismos desconcentrados y supervisar el accionar de los entes descentralizados, en su ámbito.

SUBSECRETARIA DE GESTION Y LEGISLACION CULTURAL

1. Entender en los aspectos relativos a la gestión de acciones culturales mediante la elaboración de propuestas que fomenten la integración regional.

2. Asistir al Secretario de Cultura y Medios de Comunicación en los proyectos de normas y acciones vinculadas con la actividad sustantiva de la Secretaría de acuerdo a las metas y objetivos fijados.

3. Fomentar la armonización de las normas jurídicas culturales internas y las emanadas de los órganos del MERCOSUR a efectos de posibilitar y determinar conductas que respeten los derechos culturales y posibiliten la concreción de los mismos en la cotidianeidad.

4. Participar en la elaboración de proyectos normativos relacionados con el financiamiento de la cultura, la protección del Patrimonio Cultural, e Industrias Culturales.

5. Coordinar y supervisar la planificación general de la Secretaría de Cultura y Medios de Comunicación.

6. Coordinar la instrumentación de las políticas culturales de las administraciones provinciales y los organismos nacionales.

7. Recopilar y comparar la legislación cultural vigente nacional e internacional en la materia, especialmente en el ámbito del MERCOSUR y propiciar la suscripción de acuerdos y convenios en la materia.

8. Elaborar mecanismos de control y seguimiento del funcionamiento de todos los organismos culturales nacionales.

SECRETARIA DE TURISMO

1. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deportes en la promoción y desarrollo de la actividad turística interna, del turismo internacional receptivo, en el diseño de la política de transporte aerocomercial, proponiendo las normas que requiera la implementación de una legislación turística y aerocomercial moderna y adecuada, asegurando su cumplimiento.

2. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deporte en la elaboración y ejecución de la política nacional en materia de transporte aerocomercial supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

3. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas y planes de corto mediano y largo plazo en materia de transporte internacional aerocomercial, orientados a una adecuada coordinación con los demás países y, en especial, a favorecer la integración Latinoamericana.

4. Atender los aspectos funcionales de las oficinas de promoción, informes, publicidad y asesoramiento para turistas habilitadas.

5. Diseñar planes, programas y proyectos de desarrollo orientados a lograr una adecuación de la oferta brindada por el país a la demanda del turismo internacional receptivo.

6. Elevar propuestas de lineamientos y acciones vinculadas con la difusión y la cooperación internacional en materia de turismo y transporte aerocomercial.

7. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deporte en la supervisión, el control y fiscalización de los servicios de transporte aerocomercial, asegurando la calidad del servicio y la protección al usuario en condiciones razonables de economicidad.

8. Supervisar el accionar de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES.

9. Regular y fiscalizar el accionar de los prestadores de servicios turísticos, desarrollar programas de turismo destinados a escolares, familias de escasos recursos, discapacitados y personas de la tercera edad, fomentar el turismo base en sus distintas modalidades y atender el desenvolvimiento de las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.

10. Atender el funcionamiento, la regulación y la coordinación del sistema de transporte aerocomercial, los acuerdos interempresarios y el otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

1. Elevar propuestas de políticas referidas al transporte aerocomercial, coordinar la ejecución y controlar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

2. Participar en la negociación de acuerdos bilaterales y en reuniones de consulta y técnicas que se celebren con autoridades del transporte aerocomercial de otros países.

3. Participar en reuniones convocadas por organismos internacionales para el tratamiento de temas vinculados a la materia de su competencia.

4. Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte aerocomercial, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los usuarios.

5. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, el régimen tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

6. Coordinar las acciones dirigidas a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial, así como las orientadas a actualizar o modificar la legislación pertinente.

7. Intervenir, en materia de transporte aerocomercial, en las cuestiones referidas al análisis económico de las operaciones y a los acuerdos interempresarios.

8. Participar en el otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

9. Supervisar el accionar y el funcionamiento de las empresas aerocomerciales en cuyo capital social el Estado Nacional tiene participación accionaria.

10. Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con autoridades del transporte aerocomercial de los demás países.

11. Participar en el funcionamiento del Registro de Operadores de Transporte Multimodal.

SECRETARIA DE DEPORTE Y RECREACION

1. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deporte en el diseño de las políticas destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, asistir, ordenar y fiscalizar la actividad deportiva y recreativa del país en todas sus formas, proponiendo las normas que requiera la implementación de una legislación deportiva moderna y adecuada.

2. Asistir al Ministro de Turismo, Cultura y Deportes en la asignación de los recursos que integran el Fondo Nacional del Deporte, fijar las condiciones a las que deben ajustarse las instituciones para recibir subsidios, subvenciones o préstamos destinados al fomento del deporte y fiscalizar el cumplimiento de las condiciones previstas para su otorgamiento.

3. Promover y normalizar, con las instituciones nacionales y organismos provinciales y municipales competentes en materia de deporte y educación sistemas conjuntos de programación, organización, asistencia, financiación y fiscalización de las actividades deportivas y recreativas en todo el país, a fin de orientar el entrenamiento y coordinar el desarrollo de competencias, como así también las actividades físicas relacionadas con la utilización del ocio y tiempo libre en contacto con el medio natural.

4. Promover el cuidado de la salud y la mejora del rendimiento de los deportistas, cualquiera sea su nivel competitivo, arbitrando las medidas necesarias para la aplicación de las normas médico sanitarias, en especial las referidas a la prevención y control del uso indebido de drogas en la práctica y competencia deportivas.

5. Elevar propuestas de lineamientos y acciones vinculados a la presencia de deportistas argentinos en el exterior, a la difusión del deporte argentino y a la cooperación internacional en la materia.

6. Promover la producción e intercambio del conocimiento científico de temas relacionados con el deporte, auspiciar la creación de bibliotecas, hemerotecas y museos deportivos y elaborar, en coordinación con las autoridades educativas competentes, un sistema que unifique y perfeccione los títulos habilitantes para el ejercicio de las profesiones vinculadas al deporte, la educación física, la recreación y otras especialidades afines a la materia.

7. Administrar el Registro Nacional de Instituciones Deportivas y ejercer las funciones que, con relación a ellas, asigne al organismo la legislación vigente.

8. Coordinar acciones con las autoridades que tengan responsabilidad en la coordinación, supervisión y/o ejecución de las medidas atinentes al control de seguridad, prevención y/o accidentes en los espectáculos deportivos; y promover sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva a nivel nacional.