MERCOSUR/GMC/RES N° 85/00

REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION SOCIOLABORAL DEL

MERCOSUR (COMISIONES NACIONALES)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR y la Resolución GMC N° 15/99.

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento Interno de la Comisión Sociolaboral del MERCOSUR/Sección Regional, aprobado por la Resolución GMC Nº 12/00, prevé la definición de Reglamento Interno para las Secciones Nacionales de dicha Comisión.

Que es necesario establecer criterios para el funcionamiento de las Secciones Nacionales de la Comisión Sociolaboral del MERCOSUR, así como para su relacionamiento con la Sección Regional de esa Comisión.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Sociolaboral del MERCOSUR (Comisiones Nacionales).

XL GMC Brasilia, 7/XII/00