Ministerio de Infraestructura y Vivienda

DELEGACION DE FACULTADES

Resolución 62/2001

Deléganse en el Subsecretario de Transporte Terrestre las funciones y facultades que emanan del Decreto Nº 958/92, modificado por su similar Nº 808/95, en relación con el transporte por automotor de pasajeros por carretera que se desarrolla en el ámbito de la Jurisdicción Nacional.

Bs. As., 2/2/2001

VISTO el Expediente Nº 178-000134/2000 del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995, se aprobó el régimen normativo del transporte por automotor de pasajeros por carretera que se desarrolla en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, con exclusión del transporte de personas que se realiza exclusivamente en la Región Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires.

Que en dicha norma se clasifican los servicios en CUATRO (4) categorías: Servicios Públicos, Servicios de Tráfico Libre, Servicios de Transporte para el Turismo y Servicios Ejecutivos.

Que el Decreto Nº 958/92, en el Artículo 44, señala como autoridad de aplicación a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que dicho decreto estipula en el Artículo 34 que los servicios de transporte para el turismo requerirán la habilitación previa de la autoridad de aplicación.

Que la Ley Nº 25.233 aprobó la nueva composición de los Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional, sustituyendo su número y competencias.

Que el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 aprobó la nueva estructura de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretarías, así como los objetivos de sus Unidades Organizativas.

Que el Decreto Nº 772 de fecha 04 de septiembre del año 2000 aprobó la Estructura Organizativa de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría, hasta el primer nivel operativo del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que en la norma mencionada precedentemente se establece como uno de los objetivos de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de transporte terrestre, aerocomercial, fluvial y marítimo, y actividades portuarias y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

Que en el marco de la consolidación de la modernización y la transparencia de la actividad estatal, se ha identificado al mejoramiento de la calidad institucional del Estado Nacional como uno de los pilares sobre los que se asienta la sustentabilidad de las políticas públicas.

Que a efectos de permitir el cumplimiento de los objetivos de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE con mayor eficiencia administrativa y celeridad, resulta conveniente delegar las facultades y funciones dispuestas por el Artículo 34 del Decreto Nº 958/92.

Que dicha delegación se sustenta en la importancia de incrementar la calidad de la acción estatal, a fin de contribuir con el fortalecimiento de las capacidades de gestión de la Administración Pública Nacional en beneficio de los ciudadanos.

Que el Servicio Jurídico del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establece la Resolución Nº 1 de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION de fecha 06 de enero del año 2000.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 (T.O. 1991).

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA E INTERINO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Deléganse en el Señor Subsecretario de Transporte Terrestre las funciones y facultades que emanan del Artículo 34 del Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.